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Contradiccion De Tesis


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2012  •  426 Palabras (2 Páginas)  •  851 Visitas

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II. CONCEPTO

En relación con el concepto de contradicción de tesis jurisprudenciales, la doctrina ha señalado varios significados; aun cuando no existe unanimidad en estricto sentido del término de referencia, sí existe una idea clara relacionada con los fines que persigue éste, entre los que se destacan de manera pertinente los siguientes: la necesidad de unificación de los razonamientos vertidos por órganos jurisdiccionales, con los cuales interpretan y aplican la ley a los casos concretos que son sometidos a su consideración, la certeza jurídica —como consecuencia inmediata— que se genera con la aplicabilidad obligatoria del resultado de ese procedimiento para casos futuros y el producto que el proceso de unificación arroja, es decir, la jurisprudencia por contradicción de tesis en sentido estricto.

Personalmente, considero que la jurisprudencia en México es una fuente formal del derecho, cuya formulación está depositada en los órganos jurisdiccionales colegiados del Poder Judicial de la Federación que consiste en la actividad interpretativa de obligatoriedad vertical, a través de la cual se fija el sentido y alcance de normas jurídicas con la finalidad de mantener el status quo del Estado y, en consecuencia, garantizar certeza en sus gobernados en relación a la aplicación de aquellos preceptos en los casos concretos.

Entonces, la resolución de contradicción de tesis surge de la necesidad de establecer un sistema de integración jurisprudencial; cuyo objeto consiste en preservar la unidad interpretativa de las normas que conforman el orden jurídico nacional a través de la intervención del Pleno o de las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por ello, es que por resolución de contradicción de tesis se ha entendido el procedimiento por el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación —funcionando en Pleno o en salas— resuelve criterios opuestos de jurisprudencia emitidos, bien por las salas de ese máximo tribunal o bien por los tribunales colegiados de Circuito que integran el Poder Judicial de la Federación en México, producto por el cual a través de las consideraciones en que se sostenga delimitarán el sentido de interpretación que deberán tener las diversas disposiciones legales positivas en el país.

Es de reiterarse que, la citada resolución constituye nueva jurisprudencia, cuya obligatoriedad atiende a un criterio jerárquico, es decir, de acatamiento en forma vertical, al que me referí en líneas anteriores; precisión que también quiere decir que, con independencia de que una controversia de esa naturaleza se suscite en un solo circuito, su obligatoriedad será para todo el territorio nacional y, por tanto, no es exclusiva del circuito o circuitos entre los que se haya presentado la controversia en cuestión.

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