Contrato casa luna.
Enviado por Ana Paula Colman • 24 de Julio de 2016 • Trabajo • 1.502 Palabras (7 Páginas) • 514 Visitas
ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE “CASA LUNA S.R.L.”
Número CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO.
En la ciudad de Asunción , Capital de la República del Paraguay a los veinticinco días del mes de Septiembre del año Dos Mil Quince; ANTE MI GRACIELA MORENO DE CÁCERES , Escribana Pública y testigos que al final de mencionan ,comparecen los señores: VÍCTOR RAÚL ALARCÓN GALEANO ,de nacionalidad Paraguaya , mayor de edad , casado y con domicilio en Aviadores del Chaco casi República Argentina de la ciudad de Asunción ;FÉLIX JESÚS MENDOZA OLAZAR , de nacionalidad Paraguaya, mayor de edad , casado y con domicilio en José Asunción Flores n°745 casi Manuel Ortiz Guerrero de esta ciudad; ANALÍA BELÉN ROA ESPÍNOLA de nacionalidad Paraguaya ,mayor de edad, casada y con domicilio en Avenida Primer presidente n°897 casi Josefina Plá de la ciudad de Asunción. Todos ellos cumplieron con las leyes vigentes y hábiles de mi conocimiento del cual doy fe y dijeron: QUE por este instrumento vienen a constituir una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Que se regirá por las disposiciones de la Ley n°1034/83 del comerciante, El código Civil Paraguayo y las Bases y Condiciones siguientes:
ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad girará bajo la denominación de “CASA LUNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”
ARTICULO SEGUNDO: El Domicilio de la Sociedad y asiento Principal de sus negocios se fija en Asunción Capital de la República del Paraguay, pudiendo establecer sucursales en cualquier punto del interior del País o sucursales en el extranjero a decisión de su directorio.
ARTICULO TERCERO: El término de la Sociedad es de noventa y nueve años a partir de la fecha de la Escritura de Constitución de La Sociedad.
ARTICULO CUARTO: La sociedad tendrá por objeto principal la compra-venta de prendas de vestir y como ramos accesorios de importación, exportación, comisiones y
Consignaciones, además de todo acto licíto de comercio tanto en el país como en el extranjero.
ARTICULO QUINTO: El Capital Social se fija en la suma de Gs. 160.000.000 ciento sesenta millones, divididos en 160 cuotas de Gs. 1.000.000.000 cada uno quedado suscripto e integrado en este mínimo acto como sigue: VÍCTOR RAÚL ALARCÓN GALEANO, suscribe 50 cuotas de Gs 1.000.000 un millón de cada uno totalizado Gs. 50.000.000 cincuenta millones e integra en efectivo 37.500.000 treinta y siete millones quinientos mil y en muebles diversos para uso del negocio Gs. 12.500.000 doce millones quinientos mil . FÉLIX JESÚS MENDOZA OLAZAR suscribe 30 cuotas de 1.000.000 un millón cada uno totalizando Gs. 30.000.000 treinta millones e integra en efectivo Gs. 20.000.000 veinte millones y en quipos de informática Gs. 10.000.000 diez millones. ANALÍA BELÉN ROA ESPÍNOLA suscribe 40 cuotas de Gs. 1.000.000 un millón cada uno totalizado Gs. 40.000.000 cuarenta millones, e integran en efectivo Gs. 35.000.000 treinta y cinco millones y el saldo se compromete a completar en un plazo de 60 días. PEDRO RAÚL MEDINA VEGA suscribe 40 cuotas de Gs. 1.000.000 un millón cada uno totalizando Gs. 40.000.000 cuarenta millones, e integra en efectivo Gs. 8.000.000 ocho millones y transfiere a favor de la sociedad una camioneta marca Ford F1000 modelo 2004 por valor de Gs.32.000.000 treinta y dos millones.
ARTICULO SEXTO: La Sociedad será dirigida y administrada por un director compuesto por dos miembros titulares quienes durarán en el cargo dos años y tendrán la representación legal y el uso de la firma conjunta, separada o alternativamente. Los gerentes gozarán de una asignación mensual en concepto de salario que será fijada de común acuerdo entre los socios.
ARTICULO SEPTIMO: La contabilidad de la sociedad estará a cargo de un contador matriculado y será llevado de conformidad con los principios y normas legales.
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