Contrato de sección de derechos
Enviado por luisantoniodelun • 6 de Julio de 2017 • Monografía • 600 Palabras (3 Páginas) • 1.343 Visitas
En la ciudad de Aguascalientes a 26 de Junio de 2017 reunidos por una parte en su carácter de vendedor el ciudadano LUIS ANTONIO DE LUNA GANDARA y por otra parte la ciudadana ARMIDA YOLANDA AVILA RENDON, mayor de edad y con capacidad legal con dirección en AVENIDA POZO BRAVO 834 FRACC VILLA TERESA Aguascalientes, Ags. Persona que adquiere esta sesión de derechos posesorios.
DECLARACIONES
Declara el cedente ciudadano Luis Antonio de Luna Gándara, que es actual propietario en posesión de manera pacifica continua públicamente y de buena fe de un terreno rustico que se encuentra ubicado en el municipio EL LLANO, en la comunidad DE FRANCISCO SARABIA, AGUASCALIENTES y que dicho lote lo adquirió mediante contrato de compraventa privado de cesión de derechos posesorios.
Declara el cedente de cesión de los derechos posesorios del presente contrato y asevera que las medidas y colindancias de dicha fracción de terreno son las siguientes 51.89 metros al frente por 38.55 metros de fondo medidas que suman un total de 2000 metros cuadrados SIENDO ESTOS LOS LOTES 7 Y 8.
En este mismo orden de ideas el cedente bajo protesta de decir verdad declara que la fracción en venta no la ha gravado ni enajenado a ninguna otra persona o cualquier otra forma de transmitir la posesión del inmueble.
Manifiesta en este acto el ciudadano LUIS ANTONIO DE LUNA GANDARA cede a la ciudadana ARMIDA YOLANDA AVILA RENDON, quien adquiere los derechos posesorios y de propiedad respecto a la fracción de terreno descrito en líneas anteriores con todas sus costumbres y servidumbres si lo hubiera con todo lo de hecho y por derecho le corresponda al citado terreno estando ambas partes de común acuerdo.
Ambas partes manifiestan que el precio convenido de la operación será por $60,000.00 (sesenta mil pesos M.N. 00/100) que será pagado de la siguiente manera.
a)La cantidad de $45,000.00 (cuarenta y cinco mil pesos M.N. 00/100) efectivo a la firma del presente contrato.
b) La cantidad de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) el día catorce de julio.
El contrato privado de cesión de derechos posesorios se sujeta a las condiciones naturales es por ello que el cedente se obliga al saneamiento en caso de evicción en los términos que cita el código civil vigente aplicable en el Estado de Aguascalientes.
Ambas partes manifiestan que no ha existido mala fe, error, dolo ni se ha sufrido lesión o ignorancia es por ello que ambas partes renuncian a no invocar la nulidad por posesión del presente documento.
El cedente manifiesta que se obliga a garantizar una posesión útil y a intervenir sobre cualquier tercero que ostente de tener mejor o igual derecho a los derechos de posesión que cede haciendo valer sus derechos ante cualquier autoridad por cualquier controversia que se suscite.
El cedente desde la firma del presente contrato privado de cesión de derechos posesorios entrega la posesión física y jurídica del terreno antes mencionado.
Firman de conformidad
LUIS ANTONIO DE LUNA GANDARA
CEDENTE
ARMIDA YOLANDA AVILA RENDON
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