Derecho Contratos
Enviado por alexxwell • 3 de Septiembre de 2014 • 905 Palabras (4 Páginas) • 171 Visitas
El contrato. Definición y tipos.
Miércoles, 30 abril 2008 | Categoría: Obligaciones y contratos - 229.614 lect.
Un contrato es un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo suscriben. El contrato es un tipo de acto jurídico en el que intervienen dos o más personas y está destinado a crear derechos y generar obligaciones. Se rige por el principio de autonomía de la voluntad, según el cual, puede contratarse sobre cualquier materia no prohibida. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y las obligaciones que nacen del contrato tienen fuerza de ley entre las partes contratantes.
¿Quién puede firmar el contrato?
Es elemento esencial para la validez del contrato que las partes tengan capacidad legal para contratar y que cumplan con la actitud jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones. Pueden ser partes del contrato:
Los mayores de edad (18 años).
Los menores de 18 años legalmente emancipados.
Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo (si viven de forma independiente, con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores).
No pueden firmar un contrato los menores no emancipados ni los incapacitados.
Clasificación de contratos
Unilaterales y bilaterales
Onerosos y gratuitos
Conmutativos y aleatorios
Principales y accesorios
Instantáneos y de tracto sucesivo
Consensuales y formales o solemnes
Públicos y privados
Nominados o típicos e innominados o atípicos
Contratos más comunes
Arrendamiento.- El arrendador se obliga a la entrega de un bien mueble o inmueble para que su contraparte, el arrendatario, la tenga a nombre y en lugar del dueño, y use y goce de ella, pagando al arrendador un precio de forma periódica.
Compraventa.- Una de las partes (el vendedor) se obliga a entregar una cosa determinada y la otra parte (el comprador) paga por ella un precio cierto en dinero o signo que lo represente.
Depósito.- Una de las partes (el depositante) cede la posesión de una cosa o varias de su propiedad a otro (el depositario) para que se encargue de guardarla y restituirla cuando se la reclame. Se puede pactar un precio por la guarda y custodia de la cosa depositada.
Donación.- Una de las partes (el donante) transfiere gratuitamente total o parcialmente sus bienes hacia la otra parte (el donatario).
Fianza.- Contrato de garantía personal mediante el cual un tercero se compromete a responder ante un acreedor del cumplimiento de la obligación asumida por un deudor.
Franquicia.- Una de las partes (el franquiciador) cede a otra (el franquiciado) la licencia de una marca así como los métodos de hacer negocios a cambio de una tarifa periódica.
Hipoteca.- Es un contrato unilateral del que sólo pueden ser objeto bienes inmuebles y derechos reales enajenables.
Obra y servicio.- Se pacta la realización de una obra o prestación de un servicio determinado a cambio de un precio.
Matrimonio.- Enlace o unión
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