Contrato de derechos de aguas.
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Nombre: Francisco Ernesto Medina De La O
Matricula: 460026494
Materia: Derecho corporativo.
Profesor: María de Montes de Oca Garrido.
Unidad 5- Las obligaciones y contratos mercantiles.
Actividad 8 – Avance 3 Proyecto integrador final.
Contrato de cesión de derechos de Aguas nacionales.
CONTRATO DE CESION PARCIAL Y DEFINITIVA DE DERECHOS DE AGUA DE TITULO DE CONCESION DE AGUAS SUBTERRANEAS OTORGADA POR LA COMISION NACIONAL DEL AGUA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE “AZUCARERA DE OCCIDENTE Y DERIVADOS SA DE CV” REPRESENTADA EN EL ACTO POR EL SEÑOR FRANCISCO ERNESTO MEDINA DE LA O A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “LA CEDENTE”, POR OTRA PARTE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALA, JALISCO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS CIUDADANOS C. JUAN PABLO VEGA CASTRO, C. LUIS HUMBERTO PEREIRA RAMOS, C. JUAN BASURTO CARRERA, C. GUSTAVO CALDERON RAMIREZ, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL. SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO Y TESORERO MUNICIPAL RESPECTIVAMENTE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CESIONARIO”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.
DECLARACIONES
- Manifiesta “LA CEDENTE” por conducto de su apoderado:
a) Que es una sociedad anónima de capital variable constituida de conformidad con las leyes de los estados Unidos Mexicanos, mediante escritura 674563 de fecha 14 de Mayo de 2006, ante la fe del Licenciado Juan Carlos Molina Castro, Notario Público número 14 con ejercicio en Guadalajara , Jalisco inscrita en el Registro Público de la propiedad y de Comercio de la Ciudad de Guadalajara, bajo el numero 126 a fojas 176 del volumen 456 libro 3°, boleta registral 309035 de fecha 15 de Enero de 2007.
b) Que ha otorgado su representación legal al Sr. Jacobo Peña Villaseñor para que actué de forma individual o mancomunada, lo cual acredita con la escritura pública 45 656 de fecha 25 de mayo de 2008, pasada ante la fe del Licenciado Roberto Ortiz Andrade, Notario Público número 79 de Guadalajara, debidamente inscrita bajo el folio mercantil número 125364, manifestando que dichas facultades no le han sido revocadas, ni limitadas a la fecha de la firma del presente contrato. Así mismo continua declarando que mediante escritura pública número 36525 de fecha 13 de junio de 2010, pasada ante la fe del Licenciado Oscar Alejandro Pedraza Chavez notario público titular número 80 de Guadalajara, el señor Jacobo Peña Villaseñor en representación de la empresa “Azucarera de Occidente y Derivado SA de CV.” Otorgó poder especial al señor Francisco Ernesto Medina De La O para actos de dominio respecto al título de concesión número “30JAL142569/13MEOF01” expedido a su representada por la Comisión Nacional del Agua.
c) Que es titular único del derecho consignado en el TITULO DE CONCESION N° 30JAL142569/13MEOF01, con anexos 2.1 y 2.2 otorgado por el Poder Ejecutivo Federal por conducto de la COMISION NACIONAL DEL AGUA, el día 14 ju Julio de 2009, y que en lo sucesivo y para los efectos de este contrato se le denominará “LA CONCECION”, la cual se agrega al presente acuerdo de voluntades como ANEXO UNICO, formando parte integrante del mismo.
d) Que “LA CONCECION” se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Derechos de Agua “REPDA”, bajo número de registro JAL140523, folio 2, tomo 1, foja 035, con fecha 10 de Marzo de 2010.
e) Que las características de la citada “LA CONCECION” son:
VOLUMEN:
1 356 251 00 M3
COORDENADAS DE LOS PUNTOS DE EXTRACCION:
LATITUD 35°28°65.0, LONGITUD: 136°14°17.0 (Anexo 2.1)
LATITUD 35°28°42.0, LONGITUD: 136°16°08.0 (Anexo 2.2)
VOLUMEN DE EXTRACCION POR AÑO:
1 356 251 00 M3
60 000 M3
USO INICIAL:
INDUSTRIAL
CUENCA:
RIO AMECA-GUADALAJARA
ACUIFERO:
TALA JALISCO
REGION HIDROLOGICA:
LERMA-SANTIAGO
ENTIDAD FEDERATIVA:
JALISCO
MUNICIPIO:
TALA
LOCALIDAD:
TALA JALISCO
f) Que la “LA CONCECION” se encuentra vigente, en virtud que no le ha sido revocada ni caducada, y no se ha incurrido en alguna de las causales de suspensión o terminación señaladas en la Ley de Aguas Nacionales o en cualquier otra disposición aplicable. Así mismo, manifiesta que al momento de la firma de este instrumento, no se han realizado anteriormente otras transmisiones.
g) Que todos los derechos derivados de “LA CONCECION” se encuentran libres de gravamen y responsabilidad de cualquier índole, manifestado bajo protesta de decir verdad que sus derechos no se encuentran sujetos a litigio o controversia legal alguna, por lo que no tiene impedimento legal alguno para formalizar el presente convenio.
h) Que es su deseo ceder en forma parcial y definitiva a “EL CESIONARIO” los derechos de agua derivados de la “LA CONCECION” para explotación, uso y aprovechamiento por un volumen correspondiente a 980 000.00 m3 (Novecientos ochenta mil metros cúbicos) anuales anexos 2.1.
i) Que su apoderado legal, el ciudadano Francisco Ernesto Medina De La O comparece a la celebración del presente acto jurídico en representación legal de la persona jurídica denominada “AZUCARERA DE OCCIDENTE Y DERIVADOS SA DE CV.” Toda vez que le ha sido conferido PODER ESPECIAL PARA ACTOS DE DOMINIO respecto al título de concesión número 30JAL142569/13MEOF01, expedido por el Poder Ejecutivo Federal a través de la Comisión Nacional del Agua, según consta en escritura pública 36525 de fecha 13 de junio de 2010, pasada ante la fe del Licenciado Oscar Alejandro Pedraza Chavez notario público titular número 80 de Guadalajara.
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