CONTRATOS DERECHO ROMANO
Enviado por MARIANA6608 • 10 de Agosto de 2013 • 6.355 Palabras (26 Páginas) • 1.359 Visitas
Contratos Derecho Romano
INDICE
INTRODUCCION: 3
1.CONTRATOS VERBIS O VERBALES 4
DICTIO DOTIS 4
.Negocios per aest et libram: mancipatio y nexum 6
CONTRATOS LITTERIS O ESCRITOS 8
CONTRATOS NOMEN TRANSCRIPTICIUM: 8
SYNGRAPHA Y CHIROGRAPHA 9
CONTRATOS CONSENSUALES 11
COMPRAVENTA 11
ARRENDAMIENTO (locatio conductio) 13
CONTRATOS INNOMINADOS 15
PERMUTA 16
CONTRATO PRECARIO 17
PACTO 19
DELITO PRIVADO 20
CUASICONTRATO 21
CUASIDELITO 22
CONCLUSION: 23
BIBLIOGRAFIA: 24
INTRODUCCION:
En este trabajo se presentaran los distintos tipos de contratos hablando lógicamente de derecho romano, su evolución, a la par haciendo una breve comparación con el derecho civil vigente para conocer semejanzas y diferencias entre ambos derechos.
Los contratos analizados en este trabajo son dos tipos de contratos verbales de los cuales tomamos para el trabajo…… y….. , dos contratos litteris de los que se tomaron los NomenTranscripticium y los Syngrapha y Chirographa, tomamos dos tipos de contratos consensuales que fueron la compra- venta y el arrendamiento de los contratos innominados tomamos la permuta y el precario.
Hablaremos todo lo referente a los pactos, el delito privado que escogimos fue……. El cuasicontrato fue…….. y el cuasidelito fue…….
Hablando brevemente de lo que se hablara en este trabajo será del concepto de cada uno de los contratos mencionados comparándolos con la actualidad, así como sus antecedentes históricos, cómo e les designa a los sujetos en ambos derechos, explicando cuales son las obligaciones que deben cumplir ambos sujetos en los distintos derechos y detallando a qué tipo de obligaciones pertenecen de acuerdo a los sujetos, objeto y atendiendo al vínculo.
Y finalmente dando una explicación de a que fuentes de las obligaciones pertenecen se desarrollara este tema y al final se anexara una conclusión sobre el tema mencionado dando nuestro punto de vista sobre dicho trabajo.
1.CONTRATOS VERBIS O VERBALES
Los contratos verbis se forman por la pronunciación de palabras solemnes por medio de las cuales las partes se obligan palabras que hacen mas preciso y mas cierto el consentimiento de las partes.
DICTIO DOTIS
Consiste en la promesa que efectua un paterfamilias respecto de la dote que le entregara a su hija en matrimonio en el momento en que este contraiga matrimonio. Dicha promesa se lleva a cabo bajo las reglas de esta forma contractual, con el pronunciamiento de determinadas formulas.
Derecho Civil Vigente
No se establece un concepto en el derecho civil vigente
Semejanzas Y Diferencias
Este tipo de contratos era utilizado en la antigua roma y posteriormente desaparecieron en la actualidad no existen estos contratos.
Antecedentes Históricos
Cuando se habla de dotis datio nos estamos refiriendo a la constitución efectiva de la dote, y en el supuesto caso de que el matrimonio viniese a fallar procedería la condictio para volver a recuperar la propiedad ejercida sobre el conjunto de bienes dotales. Existen dos maneras diferentes de manifestarse la promesa de dotar, que son la forma estipulatoria (promissio dotis) o la forma de asignación oral de dote sin pregunta previa (dictio dotis), siéndo únicamente posible esta última a la mujer, a su padre o al deudor de la mujer por delegación de ella.
Aunque durante el transcurso de la época post-clásica las formas promisorias desaparecen, la dote se puede continuar constituyendo por medio de un pacto dotal documentado, llegando a considerarse como válido un pacto verbal desde el periodo justinianeo.
Sujetos que intervienen como se les denomina en ambos derechos.
Sujeto activo acreedor y sujeto pasivo o deudor
Obligaciones que tienen que cumplir ambos sujetos. Establecer semejanzas y diferencias entre ambos sujetos.
Esta es la forma de constitución real, y se cumple a través de los oportunos y acostumbrados modos de transmisión. Consiste en una transmisión de la propiedad de los bienes dotales, utilizando para ello la forma adecuada: mancipatio o in iure cessio, para las res mancipi; traditio, para las res nec mancipi. La transmisión de la propiedad tenía lugar automáticamente, aunque no se hubiera celebrado aún el matrimonio. Pero si éste no llegaba a celebrarse el marido debía restituir los bienes dotales, para evitar un enriquecimiento injustificado a costa de la mujer. Para reclamar la restitución disponía de una condictio.
A qué tipo de las obligaciones pertenecen atendiendo a los sujetos, objeto y vinculo
1.- Los Sujetos:
Un Sujeto Activo llamado Acreedor (creditor)
Un Sujeto Pasivo o Deudor (debitor)
2.- Vínculo Jurídico: Autoriza al acreedor a constreñir al deudor al cumplimineto de la prestación.
3.- El Objeto de la Obligación: Es la prestación que el deudor debe realizar en beneficio del acreedor
A que fuente de las obligaciones pertenece.
Como fuente de obligación pertenece al contrato ya que produce efectos jurídicos.
.Negocios per aest et libram: mancipatio y nexum
Concepto en Derecho Romano
Contrato por medio del cual con el pronunciamiento de determinadas palabras solemnes, la utilización de una balanza y un pedazo de bronce, se efectuaba el negocio deseado por las partes. .
El contrato de mancipatio y nexum se determinaba de acuerdo a el objeto contractual, si el objeto era sobre la transmisión de propiedad el contrato era un manciatio, por el contrario si se trataba solo de un préstamo pecuniario era un nexum.
Derecho Civil Vigente
No existe contrato equivalente
Semejanzas Y Diferencias
inexistentes
Antecedentes Históricos
el contrato de mancipatio era ya conocida antes de las XII tablas y era una venta ficticia basada en la solemnidad, en la ley de las XII tablas se confirma expresamente las clausulas formuladas en la declaración y en caso necesario esta puede ser probada por los testigos.
b) Sujetos que intervienen como se les denomina en ambos derechos.
En el derecho Romano
Los sujetos que intervienen son el Enajenante: que es quien sede la propiedad, y el Adquiriente: quien obtiene la propiedad, además de cinco Testigos y un Libripens (portabalanza).
c) Obligaciones que tienen que cumplir ambos sujetos. Establecer semejanzas y diferencias entre ambos sujetos.
Las partes deben reunirse delante de los cinco testigos y el portabalanza, si se trataba de
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