CONTRATOS EN EL DERECHO ROMANO
Enviado por arelygomero • 29 de Mayo de 2013 • 1.155 Palabras (5 Páginas) • 753 Visitas
LA EVOLUCIÓN EN LOS CONTRATOS
Para su desarrollo en la sociedad, el hombre requiere del intercambio de bienes y servicios, sin los cuales económica y socialmente quedaría aislado . Tal intercambio, que provoca que el ser humano se enriquezca y perfeccione, se realiza, entre otros medios, a través de los contratos.
Las relaciones económicas ocasionaron que en un principio la regulación jurídica fuera espontánea; sin embargo con el desarrollo cultural esta última se ha ido perfeccionando poco a poco, y de leyes rudimentarias ahora existen modernas codificaciones, mismas que han servido para establecer frenos que evitan abusos e irresponsabilidad.
La reglamentación de los contratos nace de la necesidad de buscar, por un lado la autonomía de la voluntad y por el otro, la equidad en las transacciones, de suerte que constituya y cristalice el minimum ético deseable.
Bajo esta concepción, quienes intervienen en un contrato han gozado siempre de la facultad de auto regularse y estipular en él diversas modalidades o cláusulas penales, o simplemente se adaptan a los contratos "tipo" reglamentados por la ley, los que contemplan un ideal dentro de la contratación. Así por ejemplo, en el contrato de compraventa "tipo", basta que las partes se pongan de acuerdo en precio y cosa, para que supletoriamente se apliquen lugar y tiempo de la entrega del pago y de la cosa; el saneamiento para el caso de evicción y por vicios ocultos; etcétera. Por ello cuando se habla de los contratos "tipo" se dice que "la definición y regulación de los contratos en el Código Civil, es un servicio público que se presta a la comunidad".
1.- Nociones generales
Los juristas clásicos califican de contratos a aquellos acuerdos de voluntades generadores de obligaciones sancionadas por el ius civile, es decir, aquellos acuerdos de voluntades a los que el ordenamiento jurídico vinculaba el efecto de producir obligaciones.
Existieron los contratos verbales de estipulatio, los de mutuo, los contratos literales, los consensuales (en los que la obligación nace del mero consentimiento, es decir, compraventa, arrendamiento, sociedad y mandato). Todos los demás convenios reciben de los juristas el nombre de “pactos” y, por lo general, carecen de acción dentro del ius civile.
2.-CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA
El contrato de hospedaje es el negocio jurídico que regula las relaciones entre el empresario y el cliente.
Algunos autores estiman que cuando la empresa es un apartamento turístico, en lugar de contrato de hospedaje nos encontramos ante un arrendamiento urbano de tipo especial, pero la mayoría de la doctrina considera que cualquier cesión de unidad de alojamiento (apartamentos turísticos, habitación de hotel, parcela…) a cambio de precio es CONTRATO DE ALOJAMIENTO U HOSPEDAJE.
Históricamente el contrato de alojamiento surge desde el momento en que el hombre deja de ser nómada.
En la época Romana el hospedaje sufre un auge importante y se definía el “hospitium” como: la relación que vinculaba a un ciudadano romano como un viajero, luego, era un turismo receptor. En aquella época el contrato se reguló en el código de Justiniano, estaba vinculado a los más pobres; el viajero rico llevaba consigo todo lo necesario y se desplazaba a una 2ª residencia de su propiedad. El hospedaje profesional surge para las clases más desfavorecidas y las primera empresas profesionales son las mansiones o “stationes”, posteriormente surgen las posadas, que recorrían todas las vías del imperio, por tanto, en esa etapa el contrato de alojamiento de hospedaje alcanza un desarrollo tan amplio como el del imperio, económica y jurídicamente, es decir, se obtienen beneficios y se regula exhaustivamente. (Los conflictos de hospedaje en la no regulada expresamente por las normas romanas se solucionaban por la vía pretoriana.)
La Edad Media tiene un contrato de hospedaje como
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