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Contratos Innominados


Enviado por   •  4 de Junio de 2013  •  Informe  •  680 Palabras (3 Páginas)  •  319 Visitas

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Contratos Innominados

miércoles, 14 de noviembre de 2012

Los contratos innominados son aquellos que no se incluyen a los tradicionales negociales, constituyen un caso específico en cuanto a su forma o causa. Se perfeccionan por el cumplimiento efectivo de una prestación (Dare o facere), NO basta con el acuerdo de voluntades[1]. Son similares a los contratos de compraventa[2].

La obligación es aquella que diga la ley, si no está en la ley no tiene causa por lo tanto no es obligación, ya que no se encuentra tipificada.

Con la evolución del derecho romano, cuando no hay causa se puede convertir en pacto que inicialmente no tenía valor jurídico porque solo valían los contratos.

Con Justiniano, adquiere valor ya que causa, es denominada como aquella generadora de obligaciones y solo eran posibles las que se encontraban en la ley, pues les otorga una función económica social determinada.

El pretor concedía acciones in factum como medio para proteger este tipo de contratos especiales, estas debían aparecer en relación con la compraventa y antes del arrendamiento[3]. Con Justiniano, Lapraescriptis verbis sirve para reclamar una contraprestación de dar o hacer, por el que ha dado o hecho en virtud de una previa convención. Esta acción se aplica para todas las convenciones similares y se incluye como una de las acciones de buena fe.[4]

Haciendo un recuento en cuanto al sentido de la expresión, son contratos que se encuentran en el Digesto bajo el título de praescriptis verbis et in factum actionibus. Los contratos innominados son convenciones sinalagmáticas hechas ob rem, ob causum y en vista de una prestación que la contraparte se obliga a ejecutar, la denominación procede de los bizantinos y apareció por primera vez a finales del siglo V[5].

1. CONTRATOS BILATERALES

Los contratos bilaterales, llamados también sinalagmáticos son aquéllos en que las partes se obligan recíprocamente una respecto a la otra. Así el vendedor tiene la obligación de entregar la cosa, garantizando su pacífica posesión y disfrute, y el deudor tiene la obligación de pagarla. Por lo que ambas partes son a la vez acreedor y deudor.

1.1 CLASIFICACIÓN CONTRATOS BILATERALES:

1.1.1. Según las obligaciones de las partes:

•Bilaterales Perfectos: Son aquellos en los cuales todas las partes contratantes resultan obligadas al momento mismo de la celebración del contrato.

• Bilaterales Imperfectos: Son aquellos en los que al momento de su celebración solo una de las partes resulta obligada, pero durante su ejecución puede resultar obligada también la otra parte.

1.1.2. Según el tipo de contrato:

• Do ut des: Doy para que

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