Contratos
Enviado por ROBERTOCESAR • 5 de Octubre de 2011 • 1.410 Palabras (6 Páginas) • 529 Visitas
5.3 CLASIFICACION DE LAS CONTRIBUCIONES
Artículo 2 CFF.- Las contribuciones se clasifican en Impuestos, Aportaciones de Seguridad Social, Contribuciones de Mejora y Derechos.
IMPUESTO FRACC. I
Son las contribuciones establecidas en Ley que deben pagar personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho previstas por la misma y que sean distintas a las señaladas en las fracciones II, III y IV.
Prestación en dinero o en especie que establece el Estado, conforme a la Ley, con carácter obligatorio, a cargo de personas físicas y morales para cubrir el gasto público y sin que haya para ellas contraprestación o beneficio especial, directo o inmediato.
CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS
IMPUESTOS DIRECTOS O INDIRECTOS:
Directos: Aquellos que gravan periódicamente situaciones que presentan una cierta permanencia y estabilidad. Ejemplo ISR sobre sueldos y salarios.
Indirectos: Aquellos que gravan hechos aislados o accidentales y como se refiere a situaciones transitorias no es posible hacer una lista de padrón de contribuyentes. Ejemplo ISR sobre premios y sorteos.
IMPUESTOS REALES Y PERSONALES:
Reales: Son los que se establecen atendiendo a los bienes o cosas que gravan, es decir se desentienden de las personas.
Personales: Se establecen en atención a la persona sin importarlos bienes o las cosas que posean o de donde deriva el ingreso gravado. Ejemplo ISR sobre sueldos y salarios.
IMPUESTOS ESPECIFICOS Y AD VALOREM:
Específico: Es aquel que se establece en función de una unidad de medida o calidad del bien grava¬do. Ejemplo IVA
Ad Valorem: Es el que se establece en función del valor del bien gravado.
IMPUESTOS GENERALES Y ESPECIALES:
General: Es el que grava diversas actividades u operaciones, pero que tienen un denominador co¬mún, por ser de la misma naturaleza;
Especial: Es el que grava una actividad determinada en forma aislada.
IMPUESTO CON FINES FISCALES Y CON FINES EXTRAFISCALES.
Con Fines Fiscales: Son aquellos que se establecen para recaudar los ingresos necesarios para satisfacer el Presupuesto de Egresos.
Con Fines Extrafiscales: Son aquellos que se establecen sin el ánimo de re¬caudarlos ni de obtener de ellos ingresos para satisfacer el presupuesto, sino con una finalidad diferente, en ocasiones de carácter social, econó¬mico, etcétera.
En México es criticable el establecimiento de impuestos con fines exclusivamente extrafiscales, pues como ya hemos dicho una de las ca¬racterísticas esenciales del impuesto, derivada de la Constitución Polí¬tica del país, es que se decreten para satisfacer el Presupuesto de Egresos, es decir, la Constitución no prevé ni autoriza el establecimiento de im¬puestos con fines diferentes de la satisfacción del Presupuesto de Egresos.
ALCABALATORIOS:
Son aquellos que gravan la libre circulación de mercancías de una entidad a otra, o, inclu¬sive, dentro de una misma entidad. Las principales formas de impuestos alcabalatorios son los siguientes: Impuestos al tránsito, que gravan el simple paso de las mercancías por el territorio de una entidad, vinien¬do de otra y destinadas a una tercera. Impuestos de circulación, son los que gravan la simple circulación de la mercancía en una misma entidad.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR):
Aquel que grava la renta o los ingresos percibidos por las personas y las sociedades o empresas. Impuesto aplicado sobre los enriquecimientos anuales netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie.
IMPUESTO AL ACTIVO (IAC):
Aquel que están obligados a pagar tanto personas físicas como morales, residentes en México, por el activo que tengan, incluyendo los extranjeros por los inventarios que tengan dentro del territorio nacional, para ser transformados o que ya hayan sido transformados.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA):
Impuesto que grava el valor agregado creado en cada fase de la comercialización de un bien o servicio.
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IESPS):
Grava actividades que generan efectos sociales negativos, como es el consumo de bebidas alcohólicas y el tabaco los cuales producen problemas de salud que deberán ser solventados en buena medida por el gobierno, mediante gasto público en salud, y también grava el consumo de combustibles generadores de contaminación. Es decir, el IEPS grava aquellas actividades que por sus características específicas generan un costo social o externalidades negativas, pero que son lícitas; por esta razón son acreedoras a un impuesto especial con tasas igualmente especiales que determina la ley en cuestión.
La base del IEPS es el valor o el precio realizado en la compraventa y por lo regular se considera
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