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Criminologia


Enviado por   •  15 de Julio de 2015  •  1.032 Palabras (5 Páginas)  •  139 Visitas

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1.- CONCEPTO DE DELITO.

Según nuestro código penal; delito es la acción u omisión típica, antijurídica y culpable sancionada por las leyes penales.

Lo cual quiere decir que un delito es toda acción que cometamos o ignoremos y que vaya contra la ley, lo cual significará una sanción por las leyes penales.

2.- ELEMENTOS DEL DELITO

El Delito tiene diversos elementos que conforman un todo, los cuales pueden tener un aspecto positivo o negativo.

2.1.- CONDUCTA.

La conducta es el primer elemento del delito, y es el comportamiento humano voluntario, ya sea positivo o negativo, con un un propósito. Lo que significa que sólo los seres humanos pueden cometer conductas positivas o negativas, ya sea una actividad o inactividad respectivamente. Es voluntario dicho comportamiento porque es decisión libre del sujeto y es encaminado a un propósito porque tiene una finalidad al realizarse la acción u omisión.

La conducta tiene tres elementos:

1) un acto positivo o negativo (acción u omisión).

2) un resultado.

3) una relación de causalidad entre el acto y el resultado.

Sujeto activo de la conducta

Es la persona física que comete el delito; se llama también delincuente, agente o criminal.

Sujeto pasivo y ofendido

Sujeto pasivo es la persona física o moral sobre quien recae el daño o peligro causado por la conducta del delincuente. Por lo general, se le denomina también víctima u ofendido, en cuyo caso una persona jurídica puede ser sujeto pasivo de un delito, como en los delitos patrimoniales y contra la nación, entre otros.

2.2.- TIPICIDAD.

La tipicidad es la adecuación de la conducta al tipo penal.

La tipicidad se encuentra fundamentada en el artículo 14 Constitucional, párrafo tercero, que a la letra dice: "En los juicios de orden criminal, queda prohibido imponer, por simple analogía y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata".

Función de la tipicidad

Las funciones que se le atribuye a la tipicidad son tres:

Garantista: la tipicidad es expresión del principio de legalidad y da seguridad jurídica. Una conducta, por muy reprochable que parezca, si no encaja en el molde que nos da el legislador, es un hecho atípico, no se puede perseguir.

De Motivación: permite que el destinatario de la norma pueda conocer cuál es la conducta prohibida de cuya realización debe abstenerse.

Indiciaria: La constatación de que un acto típico no debe presuponer que es antijurídico.

Aspecto negativo del tipo y la tipicidad

El aspecto negativo de la tipicidad es la atipicidad. La atipicidad es la falta de adecuación de la conducta al tipo penal.

2.3.- ANTIJURICIDAD.

La antijuricidad la podemos considerar como un elemento positivo del delito, es decir, cuando una conducta es antijurídica, es considerada como delito. Para que la conducta de un ser humano sea delictiva, debe contravenir las normas penales, es decir, ha de ser antijurídica.

La antijuricidad es lo contrario a Derecho, por lo tanto, no basta que la conducta encuadre en el tipo penal, se necesita que esta conducta sea antijurídica, considerando como tal, a toda aquella definida por la ley, no protegida por causas de justificación, establecidas de manera expresa en la misma.

Aspecto negativo y causas de justificación

La causa de justificación, es cuando es un hecho presumiblemente delictuoso falta

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