Cálculo de cotización adicional diferenciada por estadísticas de accidentabilidad
Enviado por Tavo1978 • 8 de Enero de 2015 • Síntesis • 371 Palabras (2 Páginas) • 501 Visitas
Cálculo de cotización adicional diferenciada por estadísticas de accidentabilidad
Jorge Aravena Diaz
Legislación de Prevención
Instituto IACC
22-12-2014
Desarrollo
Lea el caso que se presenta a continuación y luego realice los cálculos solicitados:
La empresa fabricadora de muebles de madera “El Sillón Regalón”, se encuentra cotizando en
la ACHS durante varios años, por lo que desea acogerse a una rebaja de su cotización adicional.
Según usted, ¿esta empresa puede acogerse al beneficio de disminuir el pago del monto de
cotización a pagar mensualmente?, la cotización pagada actualmente corresponde al monto de
de 2,72 %, según Decreto Supremo 110.
1. Calcule la cotización adicional diferenciada.
2. Determine si aumenta o disminuye la cotización que debe pagar la empresa según lo
establecido en el decreto supremo 110: cotización por riesgo natural de la empresa.
1)- Información de accidentabilidad en los tres periodos estadísticos
1er Periodo 2do Periodo 3er Periodo
Promedio Trabajadores Promedio Trabajadores Promedio Trabajadores
317 392 446
Dias Perdidos Dias Perdidos Dias Perdidos
125 70 90
Estadistas de Accidentabilidad
Julio 30% Diciembre 15 % Julio 30%
Agosto 40% Enero 65% Agosto 30%
Diciembre Muerte Febrero 20% Septiembre 20%
Enero 30% Enero 25%
Taza de Siniestralidad Dias Perdidos X 1OO
Promedio Trabajadores
125 X 100 = 39,4 70 X 100 =18 90 X 100 = 20,1
317 + 392 + 446
77,5 = Taza promedio de Siniestralidad
Julio 30% = 0,50 Diciembre 15% = 0,25 Julio 30% = 0,50
Agosto 40% = 1 Enero 65% = 1 Agosto 30% = 0,50
Diciembre Muerte = 2,50 Febrero 20% = 0,25 Septiembre 20% = 0,25
Enero 30% = 0,50 Enero 25% =0,25
(4,5 x 100) =1,41 + 1,25 X 100 = 0,31 + 1,5 X 100 = 0,33
317 392 446
2,04 = 280 Taza de invalidez o Muerte
La suma de la tasa promedio de Siniestralidad +La tasa de invalidez o muerte
77,5 + 280 = 357,5
Vamos a la planilla y nos da la cotización Adicional
Esta es 3,06
Mas la cotización Basica de 0,95 la suma de estas es
4,01
Y esta es la cotización que debe pagar de las remuneraciones imponibles por el total de los trabajadores al organismo administrador.
En Resumen
La taza de cotización Adicional diferida es de 4,01
Según D.S. 110 es de 2,55
Por lo tanto esta aumenta.
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