DEMANDA VIA DE APREMIO
Enviado por • 2 de Febrero de 2014 • 1.613 Palabras (7 Páginas) • 5.226 Visitas
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
------------- de treinta y tres años de edad, soltera, guatemalteca, Ama de Casa, y de este domicilio; actúo en calidad de madre y representante legal de mi menor hijo ------------, bajo la dirección de la Abogada ----------, que me auxilia en su calidad de Asesora del Bufete Popular de la Universidad Mariano Gálvez de Guatemala, Centro Universitario de Guastatoya, El Progreso, y la procuración de la Maestra de Educación Primaria Urbana ------------, Pasante del Bufete Popular de la citada Universidad, adjuntando la acreditación correspondiente, Señalo como lugar para recibir citaciones y notificaciones, la sede del Bufete ubicada en la segunda calle tres guión veintiuno de la zona cinco del Barrio El Porvenir, Guastatoya, El Progreso. Por este medio comparezco ante usted con todo respeto a promover JUICIO EJECUTIVO EN LA VIA DE APREMIO en contra del señor UBALDO PICÓN GABRIEL, de quien se ignora el lugar de residencia pero puede ser notificado y requerido en casa de su actual conviviente situada en la Colonia Nueva Vida, del Municipio de Guastatoya, Departamento de El Progreso, (conocida como calle ocho), siendo como referencia la casa de la señora Delfina Revolorio; Y con todo respeto.
EXPONGO:
1.- QUE EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISON SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO, se dictó sentencia dentro del Juicio Oral de Fijación de Pensión Alimenticia, en donde se condenó al ahora ejecutado ----------a favor de nuestro hijo -------------, dicha sentencia se dictó dentro del proceso número CIENTO TREINTA Y CINCO GUIÓN DOS MIL SEIS, oficial segundo, notificador primero, del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia de la Ciudad de Guastatoya del Departamento de El Progreso, en donde se fija que el
ahora ejecutado demandado debe de pagar en concepto de pensión alimenticia la cantidad de CUATROCIENTOS QUETZALES (Q.400.00), a favor de nuestro hijo --------------, en forma mensual y anticipado, dentro de los primeros cinco días de cada mes. - - - -
2.- Pero es el caso señor Juez, que el ahora demandado ha incumplido con dicha obligación de pago, durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año dos mil diez y los meses de enero y febrero del presente año, en su totalidad son ocho mensualidades atrasadas de cuatrocientos quetzales cada una, por lo que hace un total de TRES MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q.3,200.00), en concepto de pago de pensiones Alimenticias atrasadas, a pesar que lo he requerido de forma verbal, para que haga efectivo el dinero de dichas pensiones, pero se ha negado a pagar lo adeudado, por lo que me veo en la necesidad de promover la presente Ejecución en la Vía de Apremio, para lograr que el ahora ejecutado cumpla con lo estipulado en la Sentencia del Juicio Oral de Fijación de Pensión Alimenticia número ciento treinta y cinco guión dos mil seis, oficial cuarto, notificador primero. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
3.- COMO MEDIDA PRECAUTORIA; solicito a usted que se le TRABE EMBARGO sobre el salario que percibe el ahora ejecutado por la cantidad que me adeuda; El señor -------, es identificado con el número de empleado ciento dos mil trescientos veintiuno (102,321) de la Embotelladora la Mariposa ubicada en la ciudad de Cobán; La cantidad que me adeuda de tres mil doscientos quetzales (Q 3,200.00), y una vez se le haya descontado dicha cantidad, se le continúe descontando en forma mensual la cantidad de cuatrocientos quetzales (Q. 400.00) , para garantizar el pago de las futuras pensiones alimenticias, y para el efecto se mande el oficio al Jefe de Recursos Humanos de la Embotelladora La Mariposa, ubicada en Cuarenta y tres calle, uno guión diez, zona doce, de la Colonia Monte María I, de la Ciudad de Guatemala, solicitando que la cantidad descontada se me deposite en la cuenta del Organismo Judicial, número doscientos cuarenta y seis mil trescientos treinta (246330), la cual ha sido aperturada a mi nombre por el Organismo Judicial. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
FUNDAMENTO DE DERECHO:
Artículo 278 del Código Civil, preceptúa, La denominación de alimentos comprende todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y también la educación e instrucción del alimentista cuando
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