DERECHO FAMILIAR
Enviado por aguilas1 • 5 de Febrero de 2014 • 1.755 Palabras (8 Páginas) • 491 Visitas
De la lectura del libro Derecho de Familia y Sucesiones de Edgar Baqueiro Rojas, Editorial Oxford, páginas 5 a la 13, conteste los siguientes requerimientos.
1. Desarrolle en el siguiente cuadro el concepto jurídico de familia.
Concepto jurídico: aspecto que atiende a las relaciones derivadas del matrimonio y parentesco y a las que la ley reconoce ciertos efectos (crean derechos y deberes entre sus miembros).
Dicho de otra manera, el concepto jurídico de familia lo comprende la simple unión de una pareja, ya que esta constituye una familia con derechos y deberes recíprocos, aun llegando a faltar los progenitores.
Como comentario:
El concepto jurídico de familia, es posible definirlo a partir de sus elementos, siendo estos: sujeción (de los integrantes de la familia a uno de sus miembros), la convivencia (los miembros de la familia viven bajo el mismo techo, bajo la dirección y con los recursos del jefe de la casa), el parentesco (conjunto de personas unidas por vínculo jurídico de consanguinidad o de afinidad), la filiación (conjunto de personas que están unidas por el matrimonio o la filiación, aunque excepcionalmente por la adopción).
2. Indique la definición del Derecho de Familia (máximo 20 palabras)
La regulación jurídica de los hechos biosociales derivados de la unión de los sexos a través del matrimonio y concubinato y la procreación de los hijos por la institución de la filiación.
Dicho de otra manera:
Conjunto de normas que rigen la constitución, organización disolución de la familia como grupo, en sus aspectos personales y de orden patrimonial.
O bien, conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros.
3. Emita su opinión de la autonomía del Derecho de Familia en nuestro País.
La sociedad humana en diferentes aspectos de su organización o actividad y las leyes de su desarrollo son objeto de estudio de muchas ciencias, denominadas ciencias sociales humanitarias, en las que tiene un significado especial el enfoque filosófico que se aplica en la explicación de la ciencias de los fenómenos sociales y la base metodológica de las investigaciones.
Dentro de las ciencias sociales el Derecho ocupa un lugar importante. Es el reflejo de numerosas relaciones sociales, de formaciones socioeconómicas indisolublemente ligadas a la superestructura; de manera que el Derecho se nutre de la sociedad en cuestión, a la vez que sirve de instrumento de transformación social. Es en ese sentido que se concibe como un fenómeno complejo y multimensional.
No obstante, dentro del Sistema de Derecho, el Derecho de Familia ostenta una carga altamente social, ética y moral, impuesta por la clase de relaciones que regula de tipo personales y le imprime características peculiares, que lo hacen diferente del resto de las ramas del Derecho. Tiene la importante misión de normar jurídicamente la mayoría de las relaciones que tienen lugar en la institución humana más antigua que se conoce “la familia”; que por demás es un producto de la sociedad y responde a la estructura económica social que le sirve de marco.
La familia es la institución humana más antigua que se conoce. Sin embargo, su derecho regulador tiene lugar en un momento del desarrollo de la humanidad, posterior al surgimiento del Estado, y adquiere características peculiares en dependencia de la evolución experimentada por la familia en cada formación económica social.
Es preciso señalar que la institución familiar, en su amplio devenir histórico, ha transitado por la familia consanguínea, típica del advenimiento de la civilización que descansaba en el principio de la consanguinidad uterina; pasando por algunos otros aspectos hasta la monogamia patriarcal, en la que se reduce el papel de la mujer a madre y servidora en el núcleo familiar y donde el matrimonio y la familia garantizaban la transmisión hereditaria y la legitimidad de la paternidad.
De lo anterior y en la actualidad, en nuestro estado se debate sobre la autonomía del Derecho Familiar, tratando de independizarlo del Derecho Civil. Si bien aún la legislación los contempla como un conjunto, debemos establecer que existen ciertas diferencias entre que comprueban la soberanía del Derecho Familiar.
Para empezar con la comparación debemos conocer el objeto que tiene el Derecho Civil y el Derecho Familiar. El Derecho Civil se define como el conjunto de normas que regulan las relaciones patrimoniales entre particulares (obligaciones, contratos, sucesiones), lo cual nos dice que el fin del Derecho Civil se enfoca al aspecto patrimonial y los derechos y obligaciones que se derivan.
En cambio el Derecho Familiar se define como el conjunto de normas que rigen la constitución, organización disolución de la familia como grupo, en sus aspectos personales y de orden patrimonial. Por lo tanto vemos que tiene por objetivo tutelar las cuestiones referentes a la familia (matrimonio, concubinato, alimentos, patria potestad, tutela etc.).
Así podemos determinar que el Derecho Familiar destaca la relación personal de los miembros de la familia teniendo en cuenta la condición y estado que ocupan en ella; en cambio el Derecho Civil alberga disposiciones destinadas a regular las relaciones referentes al patrimonio.
De lo anterior, es importante el reconocimiento de la autonomía de la materia familiar para propiciar la creación de un nuevo código familiar, esto con la finalidad de reforzar las figuras ya existentes en la legislación actual e incluir nuevas figuras que van surgiendo conforme
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