DERECHO NATURAL
Enviado por Jacqueline Milagro • 7 de Octubre de 2021 • Apuntes • 1.994 Palabras (8 Páginas) • 70 Visitas
LA FORMULA DE LA JUSTICIA:
“dar a casa uno lo suyo”, el análisis de cada termino
- ¿Qué SIFNIFICA DAR?
- - Tiene un sentido genérico.
- Equivale a entregar, respetar, devolver, transferir o desalojar.
- Acción u omisión donde una cosa pasa a efectivo poder de quien corresponda.
- Todo ello en virtud de un título jurídico.
- ¿DAR ES UN ACTO O NORMA?
- sí “dar” debe ser un “debe darse” y la justicia sería una norma.
- La frase inicial para Kelsen es “vana tautología” porque la justicia sería una virtud, pero también una norma.
- El verdadero enunciado sería “debe darse a cada uno lo que se debe de dar” porque confunde a la virtud con la norma
- La fórmula inicial decía “dar” y esto designa un acto.
- Toda virtud consiste en una disposición de las potencias del sujeto o habito.
- En la justicia se debe distinguir: la virtud, precepto y la cosa suya.
- La virtud de la justicia: disposición habitual de la voluntad.
- Precepto: ley o norma
- Cosa suya: la cosa debida.
- Las virtudes son disposición a cumplir con la ley natural o positiva.
- La virtud de la justicia el deber nace de que lo suyo es una deuda.
Y ¿Cómo SABER SI UN DERECHO ES JUSTO O INJUSTO?
- El derecho preexiste a la justicia por lo tanto ella se predica en esa relación
- Esa predicación atañe a dar o no dar a alguien lo suyo
- El derecho positivo seria justo o injusto en relación al derecho natural.
- A la gran tragedia del positivismo jurídico es la negación del derecho natural
- Por lo tanto, el cumplimiento de la ley es justo.
- A cada uno
- - La justicia moderna poco ve con la justicia de dar a casa uno lo suyo.
- La justicia da lo suyo a cada titular de un derecho y los mira uno a uno.
-Por ello, el arte del derecho consiste en el arte de discernir lo justo en las personas.
- El arte del jurista es el arte del juez
- El fin último de la ciencia jurídica no es la explicación de instituciones, propiedad o - relación jurídica
- - Dar su derecho a CADA UNO significa que la virtud de la justicia no conoce la discriminación.
- No lo discrimina por su circunstancia o clase social
- La justicia según Florencia y lo dice LEV 19,15 no cometas injusticia en juicio
- - Decir “a cada uno lo suyo” es sentar el principio de no discriminación
- Responde a ese principio si cuando el trato no obedezca razones objetivas de titularidad de un derecho.
- Lo suyo
- CICERÓN: la justicia consiste en “lo suyo”
- Lo suyo es una cosa
- ¿QUÉ TIPO DE COSA?
- Puede ser bienes, cosas corporales todo lo que el hombre puede decir mío, tuyo, suyo (objeto de relación interhumanas) y se pueda predecir el derecho
- - COSAS EXTERNAS
- la exterioridad significa algo que esta fuera del sujeto, mejor dicho, la titularidad, posesión o uso de una cosa.
- Esa cosa puede ser interferido por otra persona
- la justicia su objetivo ha de notar la exterioridad.
- Exterioridad basta por una manifestación exterior sea objeto de relaciones.
- - Aunque el “suyo” evoque a propiedad, lo correcto es que constituye un derecho del sujeto.
- una misma cosa puede ser suya en relación a la forma de titularidad.
- Lo suyo es todo de lo que una persona es titular en concepto de alguien tipo de derecho.
LO JUSTO
- - Noción: “lo justo” para el lenguaje vulgar es todo aquello que se adecue a la justicia.
- Lo justo es el objeto de la justicia. Aquella virtud que la justicia impele a dar a otro por constituir lo suyo.
- El arte del jurista consiste en determinar dentro de una relación social que cosa corresponde en derecho a cada uno y a esas cosas que corresponde se llama lo justo.
- lo justo es lo mismo que lo suyo.
- lo justo es un conjunto de cosas
- en el lenguaje de los juristas romanos lo justo, lo suyo o la cosa se les nombra IUS.
- El arte del derecho consiste en determinar lo suyo de cado uno (IUS)
- la justicia no se define como la virtud de reconocer a cada uno su derecho subjetivo.
- Debe entender como la virtud de dar a cada uno su derecho.
- - LO JUSTO COMO DERECHO:
- la cosa que le es atribuida es debida y constituye una deuda
- Por ello, lo justo es algo debido y exigible. 15
- Porque es IUS es justo
- Lo que proviene de la justicia es el cumplimiento del derecho.
- se tiene que hablar del derecho en sentido realista o cosa justa.
- La cosa es debida y en consecuencia en alguno momento debe dar una exigencia.
- La estructura es: el hombre que se adueña de algo domina su entorno en virtud de su pode ontológico y se origina el deber de respeto.
- la facultad de exigir aparece en segundo momento respecto de la deuda.
- La cosa se hace Ius en virtud de su cualidad de debida y eso es cualidad de la cosa
- La cosa misma es debida y exigible.
- La juridicidad revela una relación, por ello todo lo que llamamos derecho tiene 2 nombre: de sustancia y relación
- DERECHO: ley en sustancia y derecho como apelativo de relación.
¿EN RELACIÓN A QUE?
- el derecho en sentido realista denota la relación de atribución de la cosa respecto dl sujeto.
Por ello, la ley es derecho en relación a la cosa justa.
- LO JUSTO COMO IGUAL
- Lo justo al ser lo debido es aquella cosa que corresponde al otro y tiene que darselo
- es lo debido
- si da mas es liberalidad y si da menos es injusticia
¿A QUE ES IGUAL LO JUSTO?
Lo que se da debe ser igual a lo que se adeuda
- se compara lo dado con lo adeudado
- lo justo es igual comparando las cosas que se intercambian
- La igualdad como característica de lo justo, se puede dar de 3 manera:
- Se da la identidad cuando lo que hay que dar es exactamente lo mismo que se le atribuye. Si te da un automóvil tiene que dar eso
- La relación de igualdad por equivalencia, la cosa es igual en cantidad y valor de la que se atribuye. Por ejemplo: si le das dinero no vas a devolver el mismo billete, sino otro. O en casos puede darse un trueque
- Forma de igualdad, lo debido se determinan en relación a la finalidad de los repartos. Y se mide la igualdad que es la proporción entre distintos sujetos y bienes repartidos. Por ejemplo: a los enfermos no s eles dará la misma medicina sino la que necesitan.
- El título, el fundamento y la medida de lo justo:
- el arte del jurista se resumen en conocer el titulo y la medida de lo justo.
EL TITULO
- Aquello en lo que tiene su origen el derecho, el dominio del sujeto sobre la cosa.
- Además, lo que atribuye la cosa al sujeto, que es suya (actividad, pacto o convenio).
- Para determinar lo justo, debe existir.
- Para averiguar si existe el derecho basta buscar el título.
- No se debe confundir el título con el fundamento del derecho.
- El fundamento es aquello que habilita para ser titular de derecho.
- El titulo otorga el derecho.
- Todo derecho se funda en la condición de persona propia del hombre.
- La medida del derecho es:
- La delimitación de la cosa.
- De que modo la cosa es del titular.
- Facultades jurídicas que le competen.
- Presupuestos de uso del derecho.
Abarca desde su conformación intrínseca al conjunto de su regulación.
[pic 1]
Existe entre dos o más sujetos por razón de sus derechos o cosas que les pertenecen.
- Titular el derecho.
- Posee la cosa que constituye el derecho, debe dársela al titular.
- Para que exista una relación se requiere que los sujetos sean iguales, permitiendo satisfacer la deuda.
- Aparece en distintos lugares la igualdad:
- La propia de lo justo, entre lo debido y dado. (cosas)
- Entre los sujetos de la relación. (sujetos)
- De la justicia y se refiere al trato otorgado. (reconocimiento)
- Tiene la nota de alteridad, llamada intersubjetividad.
- La relación de justicia requiere dos o más sujetos en distinta y complementaria posición, acreedores y deudore.
- La relación de justicia o jurídica, comprende:
- Los sujetos.
- El vínculo jurídico.
- El contenido o situaciones jurídicas.
El fundamento de la relación es la cosa justa o derecho en sentido realista.
La alteridad o intersubjetividad es relación entre dos sujetos distintos.
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