DESARROLLO DE DEMANDA Y EXCEPCIONES
Enviado por erikamedrano • 8 de Abril de 2016 • Tarea • 655 Palabras (3 Páginas) • 439 Visitas
[pic 1]
[pic 2]
[pic 3]
El procedimiento se inicia presentando el escrito de demanda ante la Oficialía de Partes o la Unidad Receptora de la Junta competente.
La junta, dentro de las 24 horas siguiente, contadas a partir del momento en que se recibió el escrito de demanda, dictara acuerdo, en el que señalará día y hora para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la demanda.
La falta de notificación de alguno o de todos los demandados obliga a la Junta a señalar nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.[pic 4]
La primera audiencia constara de 2 etapas:
- 1.- De conciliación.
- 2.- De demanda y excepciones.
ETAPA CONCILIATORIA
1.- Las partes comparecerán personalmente a la Junta y podrán ser asistidos por sus abogados, asesores o apoderados,
2.- la junta, por conducto del funcionario conciliador intervendrá para la celebración de pláticas entre las partes.
3.- si las partes llegaran a un acuerdo , se dará por terminado el conflicto
4.- si las partes no llegan a un acuerdo se procederá a pasar a la etapa de demanda y excepciones.
DESARROLLO DE DEMANDA Y EXCEPCIONES
1.- El conciliador insiste en que las partes resuelvan el conflicto mediante un arreglo conciliatorio.
2.- El actor expondrá su demanda, ratificándola, aclarándola o modificándola, precisando los puntos petitorios.
3.- El demandado procede a dar su contestación ya se a oral o escrita.
4.-En la contestación el demandado opondrá sus excepciones y defensas, debiendo de referirse a todos y cada uno de los hechos del escrito de demanda.
5.-La excepción de incompetencia no exime al demandado de contestar la demanda en la misma audiencia.
6.- Las partes podrán por una sola vez, replicar y contrarréplicar brevemente.
7.- si el demandado reconviene con el actor, este deberá contestar de inmediato.
8.- Al concluir el periodo de demanda y excepciones, se citara a la audiencia de ofrecimiento y admisión de pruebas, dentro de los 10 días siguientes
La audiencia de conciliación demanda y excepciones se llevara a cabo, aun cuando no concurran las partes.
OFRECIMIENTO Y ADMISIÓN DE PRUEBAS.
1.- El actor ofrecerá sus pruebas en relación con los hechos controvertidos; el demandado ofrecerá sus pruebas y podrá objetar de su contra parte y aquel del demandado.
2.- Las partes podrán ofrecer nuevas pruebas, siempre que se relacione con la de su contra parte así como las que justifican sus objeciones, mientras no se cierre la audiencia.
3.- concluido el ofrecimiento, la Junta resolverá inmediatamente sobre las pruebas que deseche o admita.
Concluida esta etapa solo serán admitidas las pruebas que se refieran a hechos supervenientes.
La junta señalara día y hora para la celebración de la audiencia de desahogo de pruebas que deberá efectuarse dentro de los 10 días hábiles siguientes.
...