Defensa Caso Salamanca
Enviado por neancear • 17 de Marzo de 2014 • 1.071 Palabras (5 Páginas) • 224 Visitas
LOTERIA PENSIONAL EN COLOMBIA
Una pensión (o seguro o subsidio), en relación con el seguro social o a la seguridad social, es un pago, temporal o de por vida, que recibe una persona cuando se encuentra en una situación, establecida por ley en cada país, que la hace acreedora de hecho de una cantidad económica, ya sea de los sistemas públicos de previsión nacionales o de entidades privadas. Por lo regular la base de trabajadores en activo es la que da sustento al pago de dichas pensiones
Ahora observaremos los diferentes requisitos para alcanzar el status pensional dentro de nuestro país, estatus que para el general de las personas colombianas es visto con cierto pesimismo cuando se les habla o se les pregunta por los temas que dejan entrever la materia pensional dentro de nuestro país; En Colombia operan dos modalidades para hacer las cotizaciones y son el Fondo Privado de Pensiones (AFP) y el Instituto de Seguros Sociales (ISS) dichas modalidades operan de la siguiente manera:
SEMANAS
Fondos privados
Los afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAI) no están obligados a cotizar un mínimo de semanas, ni a cumplir una edad determinada para obtener su pensión de vejez, pues es posible optar por una pensión de vejez anticipada si el capital acumulado en la cuenta de ahorro individual -conformada por los aportes y sus rendimientos obtenidos, así como por el valor del Bono Pensional, si a él hubiere lugar- permite financiar una mesada pensional superior al 110% del salario mínimo mensual legal vigente.
Sin embargo, los afiliados que a los 62 años de edad, si son hombres, y 57, si son mujeres, no hayan alcanzado a generar la pensión mínima, y hubiesen cotizado por lo menos 1.150 semanas tendrán derecho a que el Fondo de Garantía de Pensión Mínima del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, les complete la parte que haga falta para obtener dicha pensión.
ISS
En el Régimen de Prima Media con Prestación Definida, los afiliados deben haber cotizado un mínimo de 1.000 semanas en cualquier tiempo.
A partir del 1 de enero del año 2.005 el número de semanas se incrementó en 50 y a partir del 1 de enero de 2.006 se incrementó en 25 cada año hasta llegar a 1300 semanas en el año 2.015.
En este régimen, la edad para acceder a la pensión de vejez de las personas que al momento de entrar en vigencia el sistema, siendo mujeres tengan 35 o más años de edad, o 40 o más años de edad siendo hombres, o que tuvieran 15 o más años de servicios cotizados, será la establecida en el régimen anterior al cual se encuentren afiliados.
EDAD
Fondos Privados
En cualquier AFP los afiliados se pensionan a la edad que deseen, siempre y cuando el capital depositado en su cuenta individual de ahorro pensional alcance para financiar una pensión superior al 110% del salario mínimo mensual legal vigente. En caso contrario, debe acreditar la edad requerida y el número de semanas para acceder a la garantía estatal de pensión mínima.
ISS
Hasta el año 2.014, los afiliados al Régimen de Prima Media con Prestación Definida, deben haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad en el caso de las mujeres o sesenta
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