Defensa Integral
Enviado por Maryuri24 • 30 de Septiembre de 2014 • 2.317 Palabras (10 Páginas) • 134 Visitas
Introducción
Mediante este trabajo daremos a conocer un poco más de lo que es El Ministerio del Poder Popular para la Defensa es un organismo del Estado venezolano encargado de coordinar, controlar, administrar y supervisar las operaciones y actividades de los componentes de la FAN. Tiene su origen en el Despacho de Guerra y Marina creado el 25 de abril de 1810 por la Junta Suprema de Caracas y su primer secretario fue el Capitán de Fragata Lino de Clemente y Palacios. Entre 1813 y 1863 en varias oportunidades la Secretaría de Guerra y Marina es individualizada por ramo, constituyéndose entonces como Secretaría de Guerra y Secretaría de Marina, Secretario o Ministro de Estado en los Despacho de Guerra y Marina. El Mariscal Juan Crisóstomo Falcón, Presidente de la República, separa los dos ramos de defensa, estableciendo en fecha 29 de Julio de 1863 el Ministerio de Marina. Durante once años los Ministerios tendrán, por separado, sus respectivos Ministros hasta que por Decreto emitido por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela en fecha 1º de Julio de 1874, se retoma la fusión de los ramos de defensa bajo la figura de Ministerio de Guerra y Marina.
Ministerio Del Poder Popular Para La Defensa.
Misión: El Ministerio del Poder Popular para la Defensa es el máximo órgano administrativo en materia de Defensa integral de la Nación, encargado de la formulación, adopción, seguimiento y evaluación de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del Sector Defensa, sobre los cuales ejerce su rectoría de acuerdo con lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; y su estructura interna será establecida en este Reglamento.
Función: El Ministerio del Poder Popular para la Defensa, es un organismo del Estado venezolano que tiene como función coordinar, controlar, administrar y supervisar las operaciones y actividades de los 5 componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
Componentes: Lo conforman los cuatro componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FAN) que son los siguientes: Ejército Nacional Bolivariano, Armada Nacional Bolivariana, Aviación Militar Nacional Bolivariana, Guardia Nacional Bolivariana. Milicia Bolivariana.
Organización:
Síntesis Histórica: Con el nombre de Secretaría de Guerra y Marina es conocida la primera institución que en fecha 25 de Abril de 1810, fue establecida en el país con un propósito análogo al del Ministerio de la Defensa. Formando parte de la Junta Suprema y siendo su primer conductor don Lino de Clemente y Palacios. Entre 1813 y 1863 en varias oportunidades la Secretaría de Guerra y Marina es individualizada por ramo, constituyéndose entonces como Secretaría de Guerra y Secretaría de Marina, Secretario o Ministro de Estado en los Despacho de Guerra y Marina. El Mariscal Juan Crisóstomo Falcón, Presidente de la República, separa los dos ramos de defensa, estableciendo en fecha 29 de Julio de 1863 el Ministerio de Marina. Durante once años los Ministerios tendrán, por separado, sus respectivos Ministros hasta que por Decreto emitido por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela en fecha 1º de Julio de 1874, se retoma la fusión de los ramos de defensa bajo la figura de Ministerio de Guerra y Marina. Transcurridos setenta y un años pasa a identificarse como Ministerio de la Defensa Nacional según Decreto Nº 348 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de 22 de Junio de 1945 y seis años más tarde, el 15 de Enero de 1951, se le recortó a Ministerio de la Defensa, manteniendo ésta denominación hasta enero de 2007, según Gaceta Oficial extraordinaria Nº 5.836 del 8 de enero, que pasa a denominarse Ministerio del Poder Popular para la Defensa.
Servicio Militar
Modalidades
1.- A tiempo completo
Artículo 31. El servicio militar a tiempo completo, es aquél que cumple todo venezolano y venezolana en edad militar, en forma regular, continua e ininterrumpida en las unidades militares operativas y administrativas que fije la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Los lapsos de prestación del servicio militar bajo esta modalidad, serán establecidos en el Reglamento de la presente Ley.
2.- A tiempo parcial, para fines educativos y de empleo. Con todos los beneficios de ley: Comida balanceada, alojamiento, seguro de vida, asignación mensual de acuerdo a la modalidad escogida, etc.
Artículo 32. Los venezolanos y venezolanas que se inscriban para prestar el servicio militar en forma parcial, permanecerán en los cuarteles durante un tiempo específico, que le permita realizar estudios o desempeñarse en un empleo, a los fines de garantizar su crecimiento profesional y la estabilidad económica y social propia y la de su núcleo familiar. Los lapsos de prestación del servicio militar bajo esta modalidad serán establecidos en el Reglamento respectivo. Continuación del servicio militar con fines educativos
Artículo 33. Se establece la continuidad del servicio militar con fines educativos para aquellos venezolanos y venezolanas que una vez cumplido con el mismo en cualquiera de las modalidades establecidas en esta Ley, deseen seguir en filas, para alcanzar un mayor nivel académico y desarrollo profesional. Cuotas para cada modalidad del servicio militar.
Artículo 34. El Ministerio del Poder Popular para la Defensa, a través de la juntas de conscripción y alistamiento, fijará las cuotas de alistados y alistadas que prestarán el servicio militar en las modalidades especificadas en la presente Ley.
Beneficios e Incentivos
Artículo 35. Los beneficios e incentivos para los venezolanos y venezolanas que presten el servicio militar, son los siguientes:
1.- El alistado o alistada que se encuentre en alguna misión social implementada por el Ejecutivo Nacional para el momento de su ingreso al servicio militar, permanecerá recibiendo los beneficios de la misma.
2.- Garantía de permanencia en las diferentes misiones sociales implementadas por el Ejecutivo Nacional.
3.- Pago de la ración mensual en función de la modalidad de prestación del servicio y jerarquía.
4.- Posibilidad de ingreso a escuelas de formación de oficiales de comando y técnicos y a las escuelas de formación de tropa profesional.
5.- Facilidades y apoyos para cursar estudios técnicos y universitarios.
6.- Posibilidad de ingreso como profesionales militares de la Milicia Bolivariana.
7.- Asistencia médico odontológica.
8.- Alojamiento confortable, vestuario y alimentación balanceada.
9.- Seguro de vida.
10.- Otros beneficios e incentivos que surjan como
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