Delitos Contra La Industria
Enviado por sanp • 7 de Diciembre de 2012 • 734 Palabras (3 Páginas) • 943 Visitas
DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
La propiedad industrial viene a constituir el conjunto de derechos que emanan de la actividad innovativa del hombre (nuevos productos, nuevos procedimientos, diseños)
Artículo 222
Fabricación o uso no autorizado de patente
BIEN JURÍDICO: El derecho de uso o explotación exclusiva de que goza el titular o cesionario de los derechos de propiedad industrial; y, el funcionamiento socioeconómico del mercado industrial.
Artículo 273.- Peligro por medio de incendio o explosión
BIEN JURÍDICO: La seguridad común
bienes en común, es decir no se protege la amenaza de un solo bien sino a los bienes en general
TIPICIDAD OBJETIVA:
●SUJETO ACTIVO: Cualquier persona.
●SUJETO PASIVO: La sociedad, por cuanto este tipo no prevé lesión alguna de bien específico y concreto.
●COMPORTAMIENTO: Incendio, Explosión, Liberación de energía: Combustión (pólvora); comprensión (vapor), etc.
TIPICIDAD SUBJETIVA: El DOLO
Artículo 274.- Conducción en estado de ebriedad o drogadicción
BIEN JURÍDICO: La seguridad en el tráfico rodado como instrumento para tutelar la vida, la integridad física y la salud de las personas.(delito pluri ofensivo)
TIPICIDAD OBJETIVA:
SUJETO ACTIVO: Cualquier persona ( la norma no hace referencia a estar autorizado para manipular un vehículo).
SUJETO PASIVO: La sociedad.
COMPORTAMIENTO: compuesta de dos elementos necesarios:
La conducción, operatividad o maniobra de un vehículo motorizado.
Encontrarse en estado de ebriedad (alcohol en la sangre - mayor a 0,5 gramos-litro), o bajo el efecto de estupefacientes.
TIPICIDAD SUBJETIVA:
El DOLO
Artículo 274-A.- Manipulación en estado de ebriedad o drogadicción
BIEN JURÍDICO: La seguridad pública.
TIPICIDAD OBJETIVA:
SUJETO ACTIVO: Cualquier persona que debe actuar bajo los efectos del grado de alcohol señalado por el legislador o bajo los efectos de las drogas indicadas en la operatividad o manipulación de cualquier herramienta, máquina u análogo, que represente peligro o riesgo.
SUJETO PASIVO: La sociedad.
TIPICIDAD SUBJETIVA: DOLO
CONSUMACIÓN: Delito de peligro, donde la realización de la mera actividad, de operar o maniobrar instrumentos, herramientas, máquinas u otro análogo, bajo la influencia del alcohol o de las sustancias indicadas hace incurrir en el tipo.
Artículo 279.- Fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos
BIEN JURÍDICO: La seguridad pública
TIPICIDAD OBJETIVA:
SUJETO ACTIVO: Cualquier Persona.
SUJETO PASIVO: La Sociedad.
TIPICIDAD SUBJETIVA:
DOLO
Artículo 280.- Atentado contra los medios de transporte colectivo o de comunicación
BIEN JURÍDICO: La seguridad común
TIPICIDAD OBJETIVA:
●SUJETO ACTIVO: Cualquier persona.
●SUJETO PASIVO: La sociedad, por cuanto este tipo no prevé lesión alguna de bien específico y concreto.
TIPICIDAD SUBJETIVA:
● Es un tipo penal eminentemente DOLOSO, que debe abarcar el conocimiento del medio empleado y la voluntad de causar ese peligro.
Artículo 284.- Abandono de servicio de transporte
...