Delitos Culposos
Enviado por juamari • 10 de Noviembre de 2014 • 300 Palabras (2 Páginas) • 315 Visitas
Delitos que no se pueden cometer culposamente y que se refieren a los siguientes incisos:
a) En los que se exija la forma dolosa de culpabilidad (A sabiendas de que se está incurriendo en una falta y se persigue un lucro).
Ejemplo:
Contra la salud (en su modalidad de comercialización).
Secuestro.
b) De tendencia (Existe un elemento subjetivo).
Los delitos de tendencia son aquellos en los cuales es necesario que la acción esté animada por un particular impulso subjetivo del autor, de tal manera que sólo resulta delictiva si su ejecución externa se halla dominada por esa especial dirección subjetiva.
Ejemplo:
Tráfico de menores.
Extorsión.
c) que requieran un elemento subjetivo del "injusto" (aquellos que se da una calificativa al sujeto activo para eximir o agravar la responsabilidad del delito).
Elementos subjetivos del injusto
Así como el dolo es el elemento fundamental de la tipicidad subjetiva de los delitos dolosos, el error (de tipo) lo es el de los imprudentes. Pero la tipicidad subjetiva de los delitos dolosos no se agota en la constatación de que la conducta histórica concreta colma los elementos del dolo (conocimiento del riesgo). Eso sucederá allá donde la tipicidad subjetiva no prevea más elementos subjetivos que el dolo. En algunos casos, el propio tipo, en su faceta interna incluye otros elementos de carácter subjetivo. En la doctrina penal se entiende por elementos subjetivos del injusto aquellos requisitos de carácter intencional distintos del dolo que en ocasiones se emplean para describir los tipos.
Por ejemplo, el ánimo de lucro define el Robo, entre otros elementos: la apropiación dolosa de cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño no constituye todavía Robo, pues el tipo exige además que tal apropiación se haya realizado con ánimo de lucro. El ánimo de lucro es un "elemento subjetivo del injusto", o con más precisión, del tipo o de la tipicidad.
Ejemplo:
Robo.
Fraude.
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