Demanda Multa Transito
Enviado por fafavelascog • 3 de Diciembre de 2013 • 2.263 Palabras (10 Páginas) • 1.064 Visitas
MAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL.
P R E S E N T E
---, promoviendo por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos, el ubicado en la calle de ---, autorizando con fundamento en el artículo 35 de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, al Licenciado ---, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente ocurso, vengo a interponer DEMANDA DE NULIDAD, y a efecto de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 50 de la Ley de la Materia, señalo lo siguiente:
ACTOS IMPUGNADOS:
1.- La resolución contenida en la Boleta de Infracción con número de folio 01082059962, de fecha nueve de mayo de dos mil ocho, a través de la cual el C. SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL me impuso una sanción económica por concepto de multa por presuntamente haber infringido el Reglamento de Tránsito Metropolitano.
2.- El ilegal pago de dicha multa, que ascendió a la cantidad de $530.00 (quinientos treinta pesos 00/100 M. N.), el cual fue recibido por la caja auxiliar de la TESORERIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL ubicada en el propio depósito vehicular “AÑIL”, el cual consta en el comprobante de pago número de folio 435492 de fecha nueve de mayo de dos mil ocho.
3.- El ilegal procedimiento llevado a cabo por las autoridades demandadas para emitir los actos impugnados e imponerme la multa descrita en los puntos anteriores, y liquidarme el crédito fiscal referido, sin que esto se justificara conforme a derecho.
Todo lo anterior, con respecto del automóvil con número de placas 771LXJ.
FECHA DE CONOCIMIENTO DE LOS ACTOS IMPUGNADOS:
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que tuve conocimiento de los actos impugnados el día nueve de mayo de dos mil ocho, (que fue la fecha en que se me impuso la multa impugnada, y realicé su respectivo pago), por lo que mi escrito de demanda se encuentra interpuesto dentro del término y formas como lo establece el artículo 43 de la ley que rige a este H. Tribunal.
AUTORIDADES DEMANDADAS:
1.- C. SECRETARIO;
2.- C. AGENTE DE LA POLICIA: JOSÉ GUILLERMO LÓPEZ HERNÁNDEZ, con placa número 870058,
3.- DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO,
4.- DIRECTOR DE CONTROL DE INFRACCIONES GRÚAS Y DEPÓSITOS,
5.- ENCARGADO DEL DEPOSITO VEHICULAR “AÑIL”, todos ellos dependientes de la SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL;
6.- TESORERO DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
7.- CAJA AUXILIAR DE LA TESORERIA DEL GOBIRNODE Distrito Federal UBICADA EN EL PROPIO DEPOSITO VEHICULAR AÑIL No. 509020.
TERCERO PERJUDICADO
No existe.
PRETENSIÓN QUE SE DEDUCE:
Que previo el procedimiento de ley, se dicte sentencia definitiva que declare la nulidad de los actos impugnados, a efecto de que se me restituya en el pleno goce de mis derechos indebidamente afectados de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 82 de la Ley de la Materia. Es decir, se obligue a las autoridades fiscales demandadas a devolverme la cantidad de $530.00 (QUINIENTOS TREINTA PESOS 00/100 M. N.), que indebidamente pagué.
INTERES LEGÍTIMO.
Acredito mi interés legítimo para ocurrir a juicio en términos del artículo 34 de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, con la COPIA CERTIFICADA DE LA FACTURA NÚMERO 4376, endosada a mi favor, que ampara la propiedad del vehículo materia de la controversia, MISMA DOCUMENTAL QUE DESDE ESTE MOMENTO SOLICITO SU INMEDIATA DEVOLUCIÓN, PREVIO COTEJO CON LA COPIA SIMPLE QUE PARA EL EFECTO ACOMPAÑO A LA PRESENTE DEMANDA.
HECHOS:
1.- El día nueve de mayo de dos mil ocho, de forma ilegal se me impuso por parte de las autoridades demandadas una multa por presuntamente haber cometido una infracción de tránsito, por lo que también de manera ilegal fue remitido el vehículo de mi propiedad al depósito vehicular “Añil”, el cual no pude retirar hasta haber pagado la referida sanción, y toda vez que dichos actos son ilegales, me veo en la necesidad de demandar su nulidad.
2.- Finalmente, NIEGO LISA Y LLANAMANTE haber cometido infracción alguna al Reglamento Metropolitano de Tránsito, por lo que hago valer los siguientes:
CONCEPTOS DE NULIDAD:
1.- Los actos impugnados, (todos ellos), devienen en ilegales y procede declarar su nulidad, ya que fueron ordenados y ejecutados por autoridades que carecen de facultades legales para ello, puesto que son inexistentes.
En efecto, de la lectura que esa H. Juzgadora realice a los actos impugnados, podrá advertir que en ninguno de ellos se citó el ordenamiento legal vigente y aplicable que conceda tanto existencia como facultades a las hoy demandadas para imponerme una multa de tránsito, intentar enviar mi vehículo al depósito vehicular y cobrarme la sanción de mérito, y ello obedece al hecho de que las autoridades demandadas son jurídicamente inexistentes e incompetentes al no estar contemplada su existencia en ordenamiento legal alguno, por lo que en consecuencia lógica jurídica carecen de facultades legales para haber actuado como lo hicieron en la especie, razón suficiente para declarar la nulidad de los actos impugnados.
2.- De la lectura a la boleta de sanción impugnada, esa H. Sala advertirá que no se puede aceptar jurídicamente que se esté en presencia de una resolución debidamente fundada y motivada en términos de lo que señalan los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación con los diversos artículos 38, 12, fracción IX, del Reglamento Metropolitano de Tránsito, toda vez que en la misma no se especifica exactamente en que consiste la presunta infracción cometida, ni mucho menos se hace referencia a las circunstancias especiales del caso (de tiempo, lugar y modo), infringiéndose con ello lo dispuesto en los referidos artículos tanto constitucionales como reglamentarios, arribándose a la conclusión de que la resolución impugnada no se encuentra debidamente fundada y motivada.
En efecto, todo acto de autoridad debe contener los anteriores requisitos, entendiéndose por fundamentación la cita precisa del precepto legal aplicable al caso concreto, es decir, la mención del artículo, fracción, inciso o subinciso de la Ley o Reglamento Gubernativo en que las autoridades responsables apoyen sus facultades para determinar sanciones como la combatida,
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