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Derecho A La Vida


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2014  •  1.448 Palabras (6 Páginas)  •  174 Visitas

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1. DERECHO A LA VIDA

1.1. CONCEPTO

El derecho a la vida no es ni puede ser entonces concebido como un simple subproducto de la humanidad y no nace ni de la voluntad, ni del deseo antojadizo del sujeto vivo, ni mucho menos del ordenamiento jurídico.

Renunciar al derecho a la vida es materialmente imposible y por esa razón las personas no pueden, aunque lo pretenda, tomar decisiones con base en una renuncia inválida.

Es por ello, que ninguna autoridad puede validar esta renuncia, si bien es cierto, las personas sólo pueden quitarse la vida, pero no pueden renunciar a su derecho natural a la vida; solo estando muertas pierden ese derecho, antes no.

A demás de lo anteriormente mencionado el derecho a la vida es un derecho jurídicamente inviolable, si bien no debemos olvidar que la sociedad nació de las necesidades comunes y de su mayor necesidad de mantenerse vivo.

Tenemos entonces que la principal función de una sociedad es garantizar la vida de la sociedad mediante la protección de su derecho natural a la vida, la sociedad se fundamenta entonces sobre el derecho natural a la vida y ese derecho constituye la premisa sobre la cual el Estado primitivo genera diversas obligaciones y derechos subjetivos que solo tienen sentido si en conjunto garantizar primero y sobre todo el Derecho a la vida.

La inviolabilidad del derecho a la vida de los demás impone al Estado la obligación no negociable de defender la vida de los demás incluso ante la pretendida renuncia de éste derecho, pero no le impone la obligación de no permitirle matarse.

El derecho a la vida, es el derecho primario, básico y sobretodo natural que posee la persona, y justamente por esta razón es que debe ser protegido por la sociedad y el Estado.

El ser humano goza y disfruta de éste derecho, que le es inherente simplemente por ser tal, por el hecho de haber sido concebido. Debemos tener en cuenta que, tenemos el derecho a la vida, pero no sobre ella. Es decir, no podemos privar de ella a otros

El derecho a la vida está expresamente contenido en el ordenamiento jurídico, es consecuencia por tanto de una exigencia existencial.

El derecho a la vida es un derecho natural, por lo que debe entenderse que no es un derecho atribuido por el derecho positivo, es un derecho como se mencionó anteriormente inherente a la naturaleza de la persona humana, es por ello que nadie puede ser despojado arbitrariamente, salvo en los casos excepcionales fijados por la ley.

El homicidio-como también el aborto- es moral y jurídicamente punible, en razón que implica la privación de una vida ajena sobre la cual no existe derecho o facultad alguna por parte del agresor, inclusive en el caso del denominado homicidio consentido, con excepción de la legítima defensa debidamente justificada y acreditada (Inciso 23 del Art.2 de la Constitución de 1993)

El derecho a la vida incluye el de llevar una existencia digna y sobre todo una vida en la que se pueda disponer de elementos esenciales para que la hagan posible.

Lo primero que podemos recalcar es que es una realidad radical en el sentido de que en ella hacemos referencia a todos los demás derechos, ya que los demás derechos tienen que aparecer de alguna u otra manera en ella.

El derecho a la vida, a pesar de su importancia puede legalmente ser avasallado en caso de guerra, por aplicación de la pena de muerte en aquellos estados que ya la tengan establecida, y también en aquellos países que consideran el aborto como no punible. En la mayoría de los casos, se privilegia el bienestar de la patria por sobre la vida de los ciudadanos, como en el caso de la guerra.

La pena de muerte es una excepción penal de aplicación decreciente que los instrumentos internacionales tratan de limitar y eliminar progresivamente.

El derecho a la vida, es incluso anterior al Estado y a la Sociedad, es así que éste derecho debe ser reconocido incluso si la Ley no lo menciona explícitamente. El Estado democrático social de Derecho para ser tal, requiere proteger la vida y la mejor calidad de vida de todas las personas. Es por consiguiente que éste derecho es protegido por diversos documentos y acuerdos, el Tribunal Constitucional ha establecido que el Hábeas Corpus es un instrumento privilegiado para la protección del derecho

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