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Derecho Administrativo Bases Frundamentales


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2011  •  8.566 Palabras (35 Páginas)  •  646 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GRADO DE ESTUDIOS JURÍDICOS

ALDEA REPUBLICA DEL URUGUAY

PROFESORA BACHILLERES:

DIEMELYS VELÁSQUEZ VELAZQUEZ NELSON V-15.335.117

LÓPEZ MARBELLA V-10.832.356

COVA YELITZA V.11.774.408

LÓPEZ YRAIMA V- 8.320.545

PONCE HEIDE V-13.916.830

SECCIÓN: ÚNICA

Maturín, SEPTIEMBRE 2011.

INTRODUCCION

El Derecho Administrativo, es ante todo un derecho estatal, es decir un Derecho del Estado en el sentido de que además emana de esté, está destinado a regular una parte esencial de su organización y actividad; particularmente de la Administración Pública como complejo orgánico, su organización y funcionamiento, el ejercicio de la función administrativa, siendo su objeto, por tanto, normar instituciones de carácter público y colectivo, situados por encima de los intereses particulares.

El Derecho Administrativo se presenta dentro de un Estado Social de derecho como el punto de equilibrio entre el poder, y la libertad.

DERECHO ADMINISTRATIVO

Se llega al concepto de derecho administrativo a través del concepto de Estado. El Derecho Administrativo es una rama del Derecho Público Interno (éste es público porque no existe lucro, e interno porque es diferente del internacional) y está compuesto por normas jurídicas que regulan la actividad administrativa del Poder Ejecutivo y la actividad materialmente administrativa del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y de los entes públicos no estatales.

La tarea del derecho administrativo es arbitrar los cauces jurídicos necesarios para la defensa de los derechos colectivos, asegurando la realización de los intereses comunitarios.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

El derecho administrativo se caracteriza por ser:

1. Contralor: A partir de la reforma de 1994 se han creado órganos que sólo tienen funciones de control, tales como la Auditoría General de la Nación, el Defensor del Pueblo, etc. Otros organismos ejercen funciones de control, por delegación del poder estatal; estos organismos tienen poder de policía, que es una función administrativa.

2. Común: Es un derecho que, al igual que el derecho civil, es común a todas las actividades (municipales, tributarias, etc.) y sus principios son aplicables a todas esas materias.

3. Autónomo: Es una rama autónoma del Derecho, tiene sus propios principios generales, se autoabastece; es decir es un sistema jurídico autónomo paralelo al derecho privado.

4. Local: Es un derecho de naturaleza local porque tiene que ver con la organización política en nuestro país; es decir que habrá un derecho administrativo provincial y un derecho administrativo nacional. Así, cumpliendo con lo dispuesto por el artículo % de la CNA cada provincia dicta sus propias normas administrativas.

4.3. BASES FUNDAMENTALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

4.3.1. BASES NORMATIVAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

RANGO CONSTITUCIONAL

Supremacía Constitucional:

LA CONSTITUCIÓN

La Constitución es la fuente formal por excelencia del Derecho Administrativo, en virtud de su supremacía y de la máxima jerarquía de su contexto normativo en la conformación del orden jurídico.

Todos los órganos de los niveles y ramas del poder público, así como la administración descentralizada y de administración con autonomía funcional, en cuanto a estructura, funciones o actividades, atribuciones o cometidos, deben estricta sujeción a los preceptos de la Constitución.

Constituciones de los Estados: Norman o rigen su aplicación en la jurisdicción dentro de los limites de cada Estado.

RANGO LEGAL

Representado por las Leyes, las cuales son elaboradas por la Asamblea nacional. Todos aquellos actos que sanciona la Asamblea nacional. Actuando como órgano legislador se llama LEY. El ART 202 CRBV “La ley es el acto sancionado por la Asamblea Nacional”

Ley en sentido formal: Se refieren a las formalidades

Ley en sentido material: Se refiere a su contenido de ley. (Ley de Presupuestos, Ley de Notarías, Art. 167:4 CBRV)

Leyes Orgánicas

RANGO SUBLEGAL

Decretos Ordinarios

Reglamentos

Resoluciones

Ordenes y Providencia

Instrucciones y Circulares

FUENTES COMPLEMENTARIAS

Jurisprudencia

Costumbre

Doctrina

FUENTE PROVENIENTES DEL PODER MUNICIPAL

Ordenanzas Municipales

Decretos

Reglamentos

Resoluciones

REGLAS TECNICAS

Reglas no jurídicas cuyas observaciones acarrean consecuencias de índole legal.

ORDENAMIENTO JURIDICO

Es el conjunto de normas jurídicas imperativas o atributivas que la autoridad

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