Derecho Argentino Introduccion
Enviado por leafarias • 26 de Agosto de 2014 • 1.515 Palabras (7 Páginas) • 348 Visitas
Parcial 1 - Módulo 1 a 4
1) En una sociedad, los conflictos de intereses más relevantes se solucionan a través de diversas vías, que hemos trabajado en la actividad 1 del módulo 1. Conforme a ello señale con qué vía de solución de los conflictos de las allí estudiadas, se relacionan las siguientes situaciones. Fundamente sus respuestas:
a) Pedro Rodríguez, encarga a Felipe Pérez, corredor inmobiliario, la venta de un inmueble de su propiedad. Este contacta a Juan Taborda, que desea comprar una casa, le muestra la propiedad, y lo vincula a Pedro. Pedro y Juan prescinden luego de Felipe y perfeccionan la negociación entre sí, negándose a pagar a Felipe suma alguna por su tarea. Felipe inicia el cobro de su comisión por vía judicial.
Vía de heterocomposición: Proceso Jurisdiccional.
Ya que el caso fue llevado al poder judicial (es decir, la “organización social asume de manera obligatoria la función de llevar a cabo una justa y equitativa pacificación”) y, aún sin que ninguna de las partes haya elegido a la persona encargada de resolver el conflicto, se le otorgan a ésta las facultades necesarias para decidir por ellos y también para hacer cumplir su decisión (aún por la fuerza).
b) Pedro le debe $ 2.000 a Juan, documentado en un pagaré con vencimiento el 8/3/2006. Pedro no le paga, y Juan inicia una demanda ante el Tribunal de turno para lograr su cobro.
Vía de heterocomposición: Proceso Jurisdiccional.
(Justificación ídem punto 1.a.)
c) Ricardo es atropellado por Felipe, produciéndole lesiones que le impiden trabajar durante tres meses. Después de largas conversaciones, convienen en que Felipe le pagará $ 5.000 en concepto de indemnización por los perjuicios ocasionados.
Vía de autocompocición-negociación.
Porque el conflicto se resolvió entre las partes, sin necesidad de incluir a un tercero; y por medio de diversos acuerdos (negociaciones) se llegó a la pacificación y, mejor aún, se convino la satisfacción de ambos.
d) Uruguay y Argentina recurren al Tribunal de La Haya para solucionar el conflicto de la instalación de las pasteras sobre el río Uruguay
Vía de heterocomposición: Mediación.
Ya que ambos países acuden a La Haya para que proponga una alternativa al problema sin otorgarle facultades resolutorias, de lo contrario, si la decisión hubiese sido absoluta -por arbitraje- Argentina debería haber acatado la resolución sin haber podido expresar su contrariedad respecto de lo dictaminado por el Tribunal la primera vez (cosa que, de hecho, hizo).
2). El derecho como modelo o pauta de comportamiento corta transversalmente a todas las instituciones sociales, constituyendo las diversas ramas: el derecho civil, el derecho constitucional, el derecho comercial, el derecho penal, etc. Desde otra perspectiva el derecho constituye una institución social, que satisface la necesidad social de orden y de resolución de conflictos, entre otras. Desde diversas teorías o perspectivas son analizadas las funciones sociales del derecho en la sociedad. Relacione en no más de quince renglones las funciones sociales del derecho para las teorías funcionalistas con los caracteres del llamado "Estado de Derecho". Tenga en cuenta lo trabajado en las actividades 8, 9 y 13 del Módulo 2.
El enfoque Funcionalista, ve a la sociedad como a un todo en funcionamiento. Tomando en cuenta a las funciones sociales como a aquellas consecuencias objetivas y empíricas de los fenómenos sociales, la perspectiva funcionalista distingue una serie de funciones que cumpliría el derecho.
Las primarias, abarcan a aquellas que se encargan de la pacificación social, la prevención de disturbios (o promoción del orden); mientras que las secundarias integran a aquellas encargadas de restaurar el orden (como la protección de los individuos), las de planificación (ya sea la mentalidad de los miembros de dicha sociedad, con la socialización dentro de las escuelas, como también la planificación de las futuras condiciones de vida) y las relativas al poder, los cambios de orden, etc.
Sabiendo que para que hubiera un Estado de Derecho, se precisa al Estado mismo reglado por leyes; con las funciones de elaborar, ejecutar y aplicarlas divididas en tres poderes; cuya administración pública sea reglamentada por normas jurídicas; y en el cual se garantice formalmente la realización de los DDHH. básicos; podemos creer el enfoque funcionalista ideó sus “funciones del derecho” en base a un Estado de Derecho.
Lo cual cuadra perfectamente, ya que –siguiendo con la perspectiva funcionalista– para ser posible, ese “todo funcional” al que llamamos sociedad, necesita estar, sin excepción alguna, regido por el Derecho (leyes). Asimismo, este Derecho, para poder hacerse posible en la sociedad, deberá cumplir la ya mencionada serie de funciones,
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