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Derecho Civil III


Enviado por   •  4 de Marzo de 2015  •  619 Palabras (3 Páginas)  •  163 Visitas

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Distintas formas de hacer testamento

Posted on December 12, 2012 by Oscar Cardozo in Finanzas // 1 Comment

Este es un “guest post” escrito por la notaria Rosana Ber, cuyas oficinas están en Montreal. Puede visitar su sitio web en www.montreal-notario.ca

En nuestras dos anteriores entregas (1. Todos necesitamos un testamento, y 2. Las ventajas de hacer un testamento) hablábamos de la posibilidad que brinda la ley en Quebec, al consagrar la libertad de testar y las ventajas que ello ofrece al testador.

Hoy abordaremos cuales son las formas que han sido previstas por la ley en Quebec. En efecto, una vez tomada la decisión de hacer testamento, la ley nos ofrece la posibilidad de testar de tres diferentes formas, cada una de ella rodeada de distintas formalidades, y ofreciendo diferentes ventajas o inconvenientes, según el caso.

Tres formas de testar

La ley prevé tres formas de testar:

1) Testamento ológrafo: es el testamento enteramente escrito y firmado por el testador, sin recurrir a un mecanismo técnico;

2) Testamento ante testigos: es el testamento escrito por el testador o un tercero, firmado por el testador y dos testigos mayores;

3) Testamento por acto notarial: es el testamento hecho ante notario, en minuta y con los testigos que la ley exige para los distintos supuestos.

Además de las distintas exigencias que cada forma requiere, las formas de los testamentos van a diferenciarse también en el procedimiento que los herederos deberán llevar a cabo para que ese testamento sea legalmente declarado válido, una vez fallecido el testador.

Así, tanto el testamento ológrafo como el testamento ante testigos deberán ser sometidos a la verificación, procedimiento judicial, al que son citados los herederos y sucesibles del difunto, quienes podrán además impugnar la validez del mismo.

El testamento ante notario, por el contrario, no necesita ser verificado, y en forma casi inmediata al fallecimiento permitirá la apertura de la sucesión.

Ventaja del Testamento hecho ante notario, por oposición a los dos otras formas

1) La primera de las ventajas es que el Testador contará con la experiencia y conocimiento legales del notario, quien podrá asesorarlo de la mejor manera, teniendo en cuenta su situación particular.

2) La segunda ventaja se refiere al procedimiento que los herederos deberán llevar a cabo para que ese testamento sea legalmente declarado válido, una vez fallecido el testador: Ya se trate del testamento ológrafo como el testamento ante testigos estos deberán ser sometidos a la verificación, (procedimiento judicial) al que son citados los herederos y sucesibles

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