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Derecho . Cuarto Avance de Proyecto


Enviado por   •  8 de Marzo de 2021  •  Informe  •  1.632 Palabras (7 Páginas)  •  58 Visitas

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DBA408| Amparo

Salvador Chavez Navarro

Derecho

Cuarto Avance de Proyecto

Vanessa Ramirez Gonzalez

El juicio de amparo ha sido el medio más eficaz que tiene el gobernado para defenderse de la actuación de la autoridad. En este artículo se hace un repaso histórico en el que se muestra la evolución de este medio de control de la constitucionalidad de los actos del Estado mexicano, hasta llegar a lo que tenemos hoy en día, describiéndose las reglas de procedencia, principios y efectos de las sentencias de amparo. Finalmente, se analizan los cambios que en el pasado reciente se han dado en busca de un nuevo juicio de amparo que subsane o corrija los vicios acumulados, tratando de hacerlo más eficaz y extender su alcance a los gobernados que por un exceso de formalismos quedan muchas veces en estado de indefensión. Así, se analiza la reforma constitucional de diciembre de 2010 y la propuesta de nueva ley de amparo presentada a inicios de 2011 en el Congreso de la Unión.

El juicio de amparo en México se ha venido desarrollando de manera paulatina en la historia constitucional, hasta llegar a ser el principal medio de defensa con el que contamos los gobernados frente al poder público, si bien ya también es necesario que se ajusten algunas de sus figuras e instituciones con el afán de que se actualice a la realidad de nuestra sociedad en el inicio ya de la segunda década del siglo XXI.

Aun cuando el nacimiento del amparo en México se ha situado siempre en la Constitución de Yucatán de 1841, en las Constituciones federales previas se vislumbraban intentos de establecer una figura similar a lo que conocemos hoy en día como los medios de control constitucional o de la constitucionalidad de los actos de las autoridades.

Los articulos 145 y 177 refieren ana de las tres situaciones juridicas que se pueden constituir con motivo del primer auto del juicio de amparo: El desechamiento de plano de la demanda de garantias.

Este proveido debe forzosa y necesariamente dictarse, aunque la demanda de amparo sea notoriamente improcedente, pues es una obligacion publica de carácter constitucional, la que tiene cualquier organo del estado de contestar las solicitudes que le dirigen o elevan los particulares, que son titulares de la garantia individual en el derecho de petecion contenido en el articulo 8 de la constitucion.

¿Cómo debe actuar el órgano jurisdiccional que conoce del juicio de amparo cuando admite a trámite la demanda? A mi percepcion y la logica debe de actuar neutralmente.

La autoridad presenta su informe justificado 15 dias.

Las pruebas se presentan 5 dias antes de la audiencia prsentanco los documentos en la oficilia de partes.

          Demanda de Amparo                                                      [pic 1]

              (15 a 30 dias)                                             Se rinden informes justificados, se da  

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