Derecho Internacional Privado
Enviado por Zainie • 18 de Febrero de 2015 • 2.930 Palabras (12 Páginas) • 189 Visitas
INTRODCCION
Por medio de este ensayo pretendo ampliar mi conocimiento en lo referente a la importancia del derecho internacional privado y profundizar todo lo concerniente al tema, familiarizar conceptos, analizar las relaciones jurídicas que existen entre los diferentes estados y resolver algunas dudas acerca de los conflictos de jurisdicción internacionales, conflictos de ley aplicable y los conflictos de ejecución, determinar la condición jurídica de los extranjeros y analizar las relaciones jurídicas internacionales, además saber que derecho debe ser aplicado en cada territorio.
El Derecho Internacional Privado, Tiene una importancia trascendental, ya que a través del mismo se han ido estableciendo sistemas adecuados a las épocas en todo lo que conciernen a lo que son los objetos de sus estudios, nacionalidad: condición de los extranjeros, conflictos de leyes, conflictos de jurisdicciones, haciendo posible las relaciones entre estados, con objetivos, objeto y sujetos específicos que le distinguen.
Podemos decir que el Derecho internacional privado no soluciona los conflictos, simplemente determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia. Modernamente la doctrina esta cambiando hacia una posición sustancia lista, en donde dentro del DIPr se incluyen Normas que resuelven directamente los casos que se puedan plantear, y centra el estudio de esta rama del derecho, no ya en la "Norma indirecta o de conflicto" sino en las relaciones Jurídicas Privadas Internacionales que es donde realmente radican las controversias de las que se hará cargo el Derecho Privado Internacional.
Definición De De Derecho Internacional Privado
El Derecho internacional privado es aquella rama del Derecho que tiene como objeto los conflictos de jurisdicción internacionales, los conflictos de ley aplicable, los conflictos de ejecución y determinar la condición jurídica de los extranjeros.
Esta rama del Derecho analiza las relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un interés privado. Esta relación jurídica tiene la particularidad de tener un elemento extraño al derecho local, que suscita ya sea conflictos de jurisdicción o de ley aplicable, y su fin es determinar quien puede conocer sobre el tema y que derecho debe ser aplicado.
En algunos países a esta rama del derecho se le conoce como Derecho Civil Internacional.
Cabe recalcar que el Derecho internacional privado no soluciona los conflictos, simplemente determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia (Posición Normativista). Modernamente la doctrina está cambiando hacia una posición sustancia lista[cita requerida], en donde dentro del DIPr se incluyen Normas que resuelven directamente los casos que se puedan plantear, y centra el estudio de esta rama del derecho, no ya en la "Norma indirecta o de conflicto" sino en las relaciones Jurídicas Privadas Internacionales que es donde realmente radican las controversias de las que se hará cargo el Derecho Privado Internacional.
Trata también temas de gran importancia sobre las relaciones jurídicas entre los Estados. En este orden de cosas, regula el exequátur y la extradición.
Podemos decir que el Derecho internacional privado no soluciona los conflictos, simplemente determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia. Modernamente la doctrina esta cambiando hacia una posición sustancia lista, en donde dentro del DIPr se incluyen Normas que resuelven directamente los casos que se puedan plantear, y centra el estudio de esta rama del derecho, no ya en la "Norma indirecta o de conflicto" sino en las relaciones Jurídicas Privadas Internacionales que es donde realmente radican las controversias de las que se hará cargo el Derecho Privado Internacional.
Existen relaciones Internacionales que no tienen cabida en el Derecho Internacional Público, por ser de orden privado. Las reglas que norman esas relaciones tienen como destinatarios a entes o personas privadas Personas físicas o Personas Morales o Jurídicas. Las relaciones Jurídicas Internacionales de Orden Privado esencialmente al amparo de la diversidad de las legislaciones particulares de los diferentes Estados, corresponde a los Estados unilateralmente su reglamentación mediante sus propias Leyes Nacionales o recurriendo a la Concertación de Tratado
Características
Es un Derecho nacional: Cada país dicta sus propias normas de derecho internacional privado, lo cual puede llevar a conflictos entre los países.
Es un Derecho positivo: Sus normas se encuentran en diversos textos legales, preferentemente en los Códigos Civiles. Pero también, y tal vez la más importante de las fuentes es la que se encuentran en los tratados en los que los países a través de esas convenciones determinan la forma de resolver los conflictos de leyes.
Contiene un elemento particularizante que es el elemento extranjero dentro de la relación.
Forum shopping: Consiste en la práctica de los abogados de plantear la solución de sus controversias internacionales ante aquel de entre los distintos tribunales que pueden ser competentes que, a tenor de la ley aplicable, le dará una respuesta jurídica más favorable a sus intereses
Podemos decir que el Derecho internacional privado no soluciona los conflictos, simplemente determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia. Modernamente la doctrina esta cambiando hacia una posición sustancia lista, en donde dentro del DIPr se incluyen Normas que resuelven directamente los casos que se puedan plantear, y centra el estudio de esta rama del derecho, no ya en la "Norma indirecta o de conflicto" sino en las relaciones Jurídicas Privadas Internacionales que es donde realmente radican las controversias de las que se hará cargo el Derecho Privado Internacional.
Existen relaciones Internacionales que no tienen cabida en el Derecho Internacional Público, por ser de orden privado. Las reglas que norman esas relaciones tienen como destinatarios a entes o personas privadas Personas físicas o Personas Morales o Jurídicas. Las relaciones Jurídicas Internacionales de Orden Privado esencialmente al amparo de la diversidad de las legislaciones particulares de los diferentes Estados, corresponde a los Estados unilateralmente su reglamentación mediante sus propias Leyes Nacionales o recurriendo
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