DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Enviado por hecteanis • 13 de Noviembre de 2014 • 1.515 Palabras (7 Páginas) • 189 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Aldea Universitaria “Las Cúpulas”
Cabimas – Edo – Zulia
Informe
Nombre:
Hecteanis Navas
C.I: 21.043.034
Cabimas, noviembre del 2014
1.-El Derecho internacional privado
Es aquella rama del Derecho que tiene como objeto los conflictos de jurisdicción internacionales, los conflictos de ley aplicable, los conflictos de ejecución y determinar la condición jurídica de los extranjeros.
Esta rama del Derecho analiza las relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un interés privado. Esta relación jurídica tiene la particularidad de tener un elemento extraño al derecho local, que suscita ya sea conflictos de jurisdicción o de ley aplicable, y su fin es determinar quien puede conocer sobre el tema y que derecho debe ser aplicado. En algunos países a esta rama del derecho se le conoce como Derecho Civil Internacional.
Según Bustamante “Es el conjunto de principios que determinan los límites en el espacio de la competencia legislativa de los estados, cuando ha de aplicarse a relaciones jurídicas que puedan estar sometidas a más de una legislación.”
2.-Cuáles son las ramas del derecho:
El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales.
La principal división consiste en distinguir entre:
Derecho Público y Derecho Privado.
- Derecho Público: son normas de subordinación que regulan la organización y actividad del Estado, los entes públicos y la relación con los particulares.
Dentro del Derecho Público las ramas que encontramos son:
*Derecho Constitucional: conjunto de normas que regulan la organizacion y funcionamiento de los poderes del Estado.
*Derecho Administrativo: disciplina del derecho cuyo objeto es la función administrativa del Estado
*Derecho Penal: conjunto de normas que determinan cuales son los delitos y las penas que la realización de delitos acarrea.
*Derecho Procesal: conjunto de reglas destinadas a la aplicación de las normas del Derecho a casos particulares. Deriva de proceso, proceso es el conj. de actividades realizadas por los tribunales y por los particulares haciendo valer sus derechos.
*Derecho Internacional Público: conj. de normas que rigen las relaciones entre los estados o entre un estado y un organismo internacional.
Derecho Privado: regula las relaciones entre los particulares. Son normas de coordinación
Dentro del Derecho Privado las ramas que encontramos son:
*Derecho Civil: conj. de normas que regulan las relaciones entre los particulares como personas en general.
Se divide en especialidades:
a) Derecho de las personas: regula la personalidad jurídica, capacidad, domicilio, estado civil y todos los derechos personalísimos (nombre, identidad)
b) Derecho de familia: regula el matrimonio, divorcio, patria potestad, adopción, tutela, etc.
c) Derecho Sucesorio: regula lo referido a testamentos, legados, etc.
d) Derecho de las obligaciones: regula los hechos y los actos jurídicos, obligaciones y derechos emergentes, etc.
e) Derecho Contractual: regula las relaciones contractuales, su forma y modo.
f) Derecho Real: regula sobre los bienes, su clasificación, posesión, derecho de propiedad y el desmembramiento por ej: el usufructo
*Derecho Comercial: conj. de normas relativas al estatuto de los comerciantes y a los actos de comercio
*Derecho Social o del Trabajo (Laboral): conj. de normas que regulan las relaciones jurídico-laborales. Establece los requisitos del contrato de trabajo, regula el salario, la suspensión y el despido, obras sociales, sistema jubilatorio, accidentes de trabajo, etc.
*Derecho Internacional Privado: conj. de normas que resuelven conflictos entre particulares cuando se reúnen en una relación jurídica una pluralidad de legislaciones. Por ej: divorcio de una pareja brasilera en Paraguay.
Otras disciplinas del derecho:
*Derecho ambiental y de los recursos naturales
*Derecho bancario
*Derecho de la negociación y de la mediación
*Derecho empresario
3.-Naturaleza jurídica:
Parte de la comunidad jurídica actual afirma que el proceso constituye una relación jurídica que se denomina relación jurídica procesal, la cual explica la unidad del proceso y su estructura. A pesar de eso algunos dicen que no es una relación sino una situación jurídica, siendo para muchos una relación jurídica pública, entre ellos Chiovenda, Rocco, Bulow y otros. Carnelutti, por su parte, dice que no es propiamente una relación jurídica, algunos le dan otra denominación, establecimiento, fundación, etc. Es una cuestión importante, en la medida en que determina la normativa supletoria a aplicar en los casos de lagunas legales. En torno a la naturaleza jurídica, han existido dos corrientes contrapuestas; las privatistas y las publicistas.
4.-Relación
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