Derecho Penal Precortesiano
Enviado por rouss31 • 13 de Marzo de 2014 • 1.613 Palabras (7 Páginas) • 793 Visitas
DERECHO PENAL PRECORTESIANO.
A pesar de tener pocos datos precisos para poder construir una historia del Derecho antes de la llegada de los españoles, se puede saber, por los relatos de los primeros conquistadores y evangelizadores, que estando nutrido de gran severidad moral, el Derecho Penal Precortesiano halla similitud con la dureza del Derecho Penal oriental, por lo que algunos autores se atreven a calificarlo de “draconiano”. Código Penal de Netzahualcoyotl: El juez tenía amplia libertad para imponer las penas, que podían ser muerte, esclavitud, confiscación, destierro, suspensión o destitución de empleo, prisión, en cárcel o en el domicilio. Se imponía la pena de lapidación o estrangulación a los adúlteros sorprendidos in flagranti. Distinguió entre delitos intencionales y culposos, y la embriaguez completa se consideraba como excluyente o atenuante de la punibilidad; como excusa absolutoria la menor edad de diez años, en el robo, y el robo de espigas por hambre como excluyente por estado de necesidad. Se reconocieron a la venganza privada y al talión. Había diferenciación de penas si se trataba de nobles o de plebeyos. Existía tipificación y reglas procesales consignadas en códices. Los aztecas conocieron la acumulación de sanciones, la reincidencia y el indulto.
En esta época los delitos principales fueron la alcahuetería, el peculado, el adulterio, el homicidio, el cohecho de jueces, la traición de guerra, el espionaje, etcétera.
Entre las penas principales estaba la de muerte que era cometida por medio de ahorcadura, el degüello, el descuartizamiento, la esclavitud, los castigos infamantes, los corporales y el encarcelamiento.
Derecho Penal Tlaxcalteca: Existían la penas de privación de la libertas y la de muerte por lapidación, ahorcamiento, decapitación o descuartizamiento, la cual se imponía a quien faltara el respeto a los padres, al causante de grave daño al pueblo, al traidor del rey o el Estado, para el que en guerra usara las insignias reales, para el que maltratara a un embajador, guerrero o ministro del rey, para el que destruyera los límites impuestos en el campo, para el juez que sentenciara injustamente o contra la ley, entre otras acciones.
Derecho Penal Maya: La legislación de los Mayas no fue escrita, se establecía que el adúltero podía morir o ser perdonado, a elección del ofendido; la mujer tenía suficiente pena con la vergüenza, el robo de bienes insustituibles era sancionado con la esclavitud; sanciones benignas contra la sanción a los traidores: primeramente arrojarlos a una cueva para destruirles los ojos; la prisión no se consideraba un castigo, su propósito era detener al delincuente para aplicarle la pena impuesta, a los menores infractores se les aplicaban castigos que no fueran graves.
Nula fue la influencia del Derecho Penal Prehispánico, en la legislación penal colonial ni en la contemporánea, a no ser por el reciente reconocimiento constitucional (art. 2) y legal (C.P.F. arts. 51 y 52), de los usos y costumbres indígenas para la individualización de las penas.
-Me permití buscar otra opinión de un autor diferente, y aunque realmente no es mucha la diferencia si lo explica más detalladamente y es la siguiente:
México estaba dividido en reinos y señoríos así como por culturas y pueblos; Alfonso Caso dice sobre las culturas "el conocimiento del mundo de las culturas resulta indispensable para emprender el estudio a fondo de su visión del mundo y tratar de comprender su modo de reaccionar frente a la naturaleza y frente al hombre en el intenso drama de su historia “así como los aztecas que l derecho se manifestó en las costumbres, las cuales se relacionaban con la religión, así como estas muchas otras tuvieron procesos penales, el cual se hacía cumplir por una persona con poder en el pueblo o elegido por un dios, como tal, se tenía la pena de muerte, entre otras sanciones, fueron consideradas la esclavitud, los castigos corporales, el destierro, la confiscación, la privación de libertad, entre otras, el cual tuvo una legislación penal.
Nada o casi nada del derecho precortesiano ingreso en el orden jurídico moderno, sin embargo, hubo presencia indígena en la forma de entender y aplicar el derecho.
La diferencia de costumbres o el rechazo de grupos étnicos, han conducido a la adopción de normas que tengan relevancia general, o aplicación especifica en materia punitiva.
Historia en México
La historia del derecho penal, no se estudia por afán de exhibir una supuesta erudición en el sentido y en la utilidad, sino por el beneficio que reporta.
La historia en general es la narración ordenada y sistematizada de hechos importantes que han influido en la civilización de la humanidad
“Enorme interés es el estudio del derecho penal en los diversos países, de carácter elemental”2
Cultura Azteca
En algunas culturas como la azteca, el derecho se manifestó por medio de las costumbres, las cuales estaban ligadas muchos con la religión. Sin embargo, la inclinación habitual de la gran masa indígena ante el poder de los miembros creó una incertidumbre para la posición
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