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Derecho Personas Fisicas Y Morales


Enviado por   •  27 de Abril de 2015  •  14.557 Palabras (59 Páginas)  •  480 Visitas

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INDICE

INTRODUCCIÓN 2

ANTECEDENTES del concepto de persona 3

PERSONA FISICA 4

DEFINICIÓN 4

Inicio y fin de la persona física 4

INICIO DE LA EXISTENCIA DE PERSONA LA PERSONA FÍSICA 5

FIN DE LA EXISTENCIA DE LA PERSONA FÍSICA 6

Atributos de la persona física 6

EXTRACCIÓN DE LOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO CIVIL DE COAHUILA 17

PERSONAS MORALES 18

DEFINICIÓN 18

Nacimiento de la personalidad jurídica 18

Registro de una persona moral en MÉXICO 19

Organismos rectores 19

Principales Teorías acerca de las personas morales 19

Las Personas Morales en nuestro Derecho 20

Atributos de las personas morales 20

INTRODUCCIÓN

Los seres humanos como personas físicas poseemos ciertos atributos propios que nos identifican como seres pensantes y razonables, haciéndonos diferentes a los demás seres vivientes que se encuentran a nuestro alrededor.

El ser humano, como ser pensante siempre a necesitado de la convivencia con las personas que lo rodean para satisfacer sus necesidades, organizarse de una mejor manera y llevar acabo acciones en conjunto que traigan algún beneficio mutuo. Por tal motivo, desde la aparición del hombre, este siempre se a organizado comunidades y grupos que le traigan algún beneficio. De esta forma es como comienza a figurar el concepto de persona moral dentro de la vida del hombre físico dentro de su marco social.

La importancia de estos dos conceptos es tal que son el fundamento y base de las principales formas de derecho contemporáneo. El derecho ni la vida del hombre se pueden concebir sin estos dos conceptos fundamentales como base.

En la presente investigación se expondrán los conceptos básicos de la persona moral y física, sus orígenes, características principales y las diversos formas en que lo encontramos en nuestro código civil

ANTECEDENTES DEL CONCEPTO DE PERSONA

Etimológicamente, el término "persona" viene del latín persōna, este del etrusco phersu, y este del griego πρόσωπον, hacen referencia a la careta que utilizaban los actores griegos (y posteriormente romanos) en sus representaciones de teatro, la que cumplía una doble función, servía para ampliar su volumen de voz y de otra parte, como en el teatro clásico griego y romano un reducido número de actores representaban todos los papeles, el cambio de careta indicaba al público el personaje dramático que estaba representado. De esta última función de individualización de los diferentes seres humano proviene el significado actual del término persona. Si bien es cierto que actualmente se sobreentiende que todo miembro del género humano es persona, en el pasado no siempre ha sido así, puesto que personas pertenecientes a diferentes grupos culturales, religiosos y étnicos, no han sido considerados como personas y, por ende, privado de todos sus derechos. De esta manera resulta la particularidad de la persona física al estructurar su definición. En Roma para ser considerado persona física tenias que tener tres status; status libertatis (ser libre), status civitatis (ser ciudadano) y estatus familiae (no estar bajo ninguna potestad. La falta de un status se le conocía como capitis deminutio. La teoría de las personas físicas o naturales implica el examen del status personarum u hominum, es decir, de la condición en que se encuentra una persona respecto a una determinada situación (status). La situación (el status) puede afectar decisivamente a la capacidad jurídica, en cuanto que no goza de ésta quien no tiene libertad (status libertatis) o la ciudadanía (status civitatis). De otra parte, sólo la distinta situación en la familia (no la situación familiar misma, el status familiae) influye en la capacidad jurídica. En la antigued el esclavo no es una persona: es una cosa (res). Su condición personal es lamentable. La esclavitud es la negación de la personalidad. El esclavo en el origen (homo, servus, mancipium) no es una persona, no tiene familia: su unión (contubernium) es un puro hecho, no un matrimonio (matrimonium); no tiene patrimonio; no puede comparecer en justicia. Siendo una "res, puede ser objeto de propiedad exclusiva o colectiva. Pertenece a una persona que ejerce sobre él la "Dominica potesta".

PERSONA FISICA

DEFINICIÓN

¿QUE ES?

Art. 29 del código civil de Coahuila “Las personas jurídicas pueden ser físicas o morales. La persona física es todo ser humano nacido vivo y viable”

Persona física (o persona natural) es un concepto jurídico, cuya elaboración fundamental correspondió a los juristas romanos. Cada ordenamiento jurídico tiene su propia definición de persona, aunque en todos los casos es muy similar. En términos generales, es todo miembro de la especie humana susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. En algunos casos se puede hacer referencia a éstas como personas de existencia visible, de existencia real, física o natural Su origen etimológico viene de persona-ae, que era aquella máscara (per sonare, es decir, para hacerse oír) que llevaban los actores en la Antigüedad y que ocultaba su rostro al tiempo que hacía sonar su voz. Esto es, una ficción que se sobrepone al ser que la porta. Ello es así porque no todos los seres humanos -especialmente en otros tiempos- podían ser considerados personas. Actualmente, y dependiendo del sistema legal que se considere, el nasciturus o "que está por nacer" disfruta de una consideración jurídica propia distinta de la de persona física, y por tanto sometido a un régimen distinto de derechos. Hoy, las personas físicas tienen, por el solo hecho de existir, atributos dados por el Derecho. La personalidad abre la puerta de la titularidad de derechos, de modo que sólo

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