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Derechos Y Obligaciones De Los Trabajadores

CarlosGabino9 de Julio de 2015

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Índice

Introducción 2

Derechos y obligaciones del trabajador 3

Derechos de los trabajadores 4

Días de descanso 4

Vacaciones 6

Normas protectoras y privilegios del salario 9

Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas 10

Habitaciones para los trabajadores 12

Derechos de preferencia, antigüedad y ascenso 12

Obligaciones de los trabajadores 13

Artículo 135 15

Conclusión 16

Introducción

Se entiende por trabajo digno o decente aquel en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador, no existe descremación por origen étnico o nacional, genero, edad, discapacidad, condición social, condición social y se percibe un salario remunerador y se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.

El trabajo digno o decente también irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga, y de contratación colectiva. Por lo anterior no se podrán establecer condiciones de discriminación entre los trabajadores por origen étnico, nacional, género, edad, discapacidad, condiciones sociales o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.

En los derechos estipulados por la ley federal del trabajo se estipula que ningún trabajador debe de ejercer labores en condiciones infrahumanas, también se estipula que un trabajador tiene derecho a prestaciones tales como el seguro médico, seguro de vida, fondo de ahorro para el retiro entre otras.

Al mismo tiempo que lo trabajadores tienen múltiples derechos por parte de la ley deben de cumplir ciertas obligaciones que garanticen el bienestar de la empresa y sus alcances en cuestión de desarrollo competitivo en el mercado. Los trabajadores deben de cumplir con ciertos lineamientos y políticas establecidas por las empresas donde laboran, si las empresas cumplen con darles capacitación contante los trabajadores deben de cumplir con la productividad que la empresa requiere para garantizar su subsistencia en el sector empresarial.

Derechos y obligaciones del trabajador

Los derechos de los trabajadores se consideran algo fundamental en el sector productivo ya que si estos se cumplen la producción se incrementa por que los empleados se sienten bien además de que es un factor que ya ley no permite. La violación de estos derechos se considera para la ley una falta la cual merece un castigo que puede llegar hasta una pena de cárcel.

Es de interés social promover y vigilar la capacitación, adiestramiento, la formación para y en el trabajo, la certificación para las competencias laborales, la productividad y la calidad del trabajo, la sustentabilidad ambiental, así como los beneficios que estas deban generar tanto a los trabajadores como a los patrones.

Se considera una violación a los derechos de los trabajadores los actos que van en contra de sus intereses personales, remunerables por el trabajo que prestan a las empresas y hostigamiento o abuso de parte de los patrones o jefes de las áreas.

Para efectos de las leyes se entiende por violación de los derechos a:

I. Hostigamiento, al ejercicio del poder de una relación se subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, física o ambas.

II. Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente que se realice en uno o en varios eventos.

Derechos de los trabajadores

Según el artículo 40 de la ley federal del trabajo no se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se dedique a la profesión, industria o comercio que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de estos derechos solo podrá vedarse por resolución de la autoridad competente cuando se ataquen los derechos de tercero o se ofendan los de la sociedad.

El artículo 14.- de la ley federal del trabajo dice que las personas que utilicen intermediarios en la contratación de los trabajadores serán responsables de las obligaciones que deriven de esta ley y de los servicios prestados. Los trabajadores tendrán los siguientes derechos:

I. Prestaran sus servicios en las mismas condiciones de trabajo y tendrán los mismos derechos que correspondan a los trabajadores que ejecuten trabajos similares a la empresa o establecimiento.

II. Los intermediarios no podrán recibir ninguna retribución o comisión con cargo a los salarios de los trabajadores.

Días de descanso

Artículo 69.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.

Artículo 70.- En los trabajos que requieran una labor continua, los trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo los días en que los trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal.

Artículo 71.- En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo.

Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

Artículo 72.- Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de trabajo de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana preste sus servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiese trabajado o sobre el que hubiese percibido de cada patrón.

Artículo 73.- Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:

I. El 1o. de enero;

II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

IV. El 1o. de mayo;

V. El 16 de septiembre;

VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;

VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

VIII. El 25 de diciembre, y

IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Artículo 75.- En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje.

Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

Vacaciones

Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Artículo 77.- Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.

Artículo 78.- Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos.

Artículo 79.- Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración.

Si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados.

Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

Artículo 81.- Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

Artículo 82.- Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

Artículo 83.- El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera.

Tratándose de salario por unidad de tiempo, se establecerá específicamente esa naturaleza. El trabajador y el patrón podrán convenir el monto, siempre que se trate de un salario remunerador, así como el pago por cada hora de prestación de servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal y se respeten los derechos laborales y de seguridad social que correspondan a la

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