Devolución Fianza
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Toca Número I-226/2002
Formado con motivo al recurso de apelación interpuesto por el apoderado jurídico del Señor Pedro Vazquez Guzman, frente a la Sentencia Definitiva dictada dentro del juicio sumario civil que sobre rescisión y terminación de contrato de arrendamiento número 978/2001 que promovió en su contra y otro, la Señora Leticia Asunción Sánchez Chávez de Bátiz, ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Zamora, Michoacán
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C. MAGISTRADO DE LA QUINTA SALA CIVIL DEL
SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO
P R E S E N T E
DAVID MARTINEZ GOWMAN, con la personería que tengo reconocida en autos del toca al rubro citado; ante Usted con el debido respeto comparezco a,
E X P O N E R :
Como consta en autos del toca en que se actúa, ha transcurrido en exceso el término de 6 seis meses a partir que fueron notificadas las partes de la ejecutoria dictada con motivo de la interposición del amparo promovido por la parte que represento frente a la resolución dictada por su Señoría, sin que la tercero perjudicada, hubiere promovido incidente de reclamación para hacer efectiva la garantía otorgada para que en su momento surtiera efectos la suspensión concedida, ante tal circunstancia con fundamento en la última parte del artículo 129 de la Ley de Amparo, solicito se haga la devolución de la garantía otorgada, mediante la fianza respectiva, para lo cual autorizo a los Licenciados Pedro Carbajal González, José Antonio Mendoza Murillo y al Pasante de la Propia Licenciatura Juan Carlos Gutiérrez Ayala, para que reciban la citada poliza de manera indistinta, con las anotaciones de ley.
Por lo anteriormente expuesto y fundado; A UD. C. JUEZ RESPETUOSAMENTE LE PIDO:
Unico.- Hacerme la devolución de la poliza exhibida donde se contiene la fianza que se otorgó, en virtud de haber transcurrido el término de 6 seis meses a partir que fuimos notificados de la ejecutoria de Amparo, sin que la tercero perjudicada, hubiere presentado incidente de reclamación, autorizando para recibirla a los profesionistas citados de manera indistinta, previas las anotaciones que se realicen en la póliza respectiva.
Morelia, Michoacán a 23 veintitrés de junio del año 2003 dos mil tres.
A t e n t a m e n t e
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LIC. DAVID MARTINEZ GOWMAN
Archivo.- Devolución Fianza
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