Diagnóstico General de las Condiciones de Seguridad y Salud del Trabajo - DGCSST
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INFORME TÉCNICO
Diagnóstico General de las Condiciones de Seguridad y Salud del Trabajo - DGCSST
“HÉCTOR CUSTODIO DELGADO PARDO”
Experto en Prevención:
Fecha Emisión Informe:
1. Antecedentes Generales de la Empresa
RUT empleador:
Nombre: Héctor Custodio Delgado Pardo
Dirección (de la U.L inspeccionada): Capitán Avalos N°
Código actividad Principal: 502080
Número trabajadores actual : 2
Tipo empresa: Vulcanización
Código actividad secundaria: -
Propiedad empresa: Propia
Comuna: Arica
Región: Arica y Parinacota
Fecha inspección en Terreno: 4 de Marzo 2013
Profesional Responsable Agencia P.de R:
Rut:
Comuna: Arica
Evaluación: Inicial
Fecha: 8 de Marzo de 2013
Objetivos del Informe para su empresa
El presente informe técnico tiene como objetivo comunicar al empleador sobre:
• Eventuales incumplimientos legales en materias de seguridad y salud en el trabajo, y entregar las medidas correctivas pertinentes.
• Probables factores de riesgo, tanto de accidentes como de enfermedades, que pudiesen estar presentes en el lugar de trabajo, e informar sobre las medidas que se deben adoptar para reducir los riesgos detectados.
• Describir las conclusiones o recomendaciones de cumplimiento por parte del empleador en los plazos más efectivos.
2. Resultados del Diagnóstico Inicial
2.1 Cumplimiento de la Normativa Legal Vigente; Ley 16.744 seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y decretos complementarios.
2.1.1. Evaluación Legal y de Gestión Básica (Ley 16.744, D.S. 40, Código del Trabajo Art. 184, D.S. 54).
- Debe informar a todos sus trabajadores de los riesgos inherentes a sus labores. Estos riesgos deben ser identificados y comunicados a los trabajadores a través de una capacitación o charla dejando registro de ella, acreditable ante la inspección del trabajo. Plazo de ejecución: 25 de Marzo 2013
- Toda empresa que tenga trabajadores contratados, debe contar con un Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad (10 o más trabajadores). Este debe ser adecuado a la realidad funcional de la empresa. Debe solicitar asesoría y formato tipo del Reglamento Interno al Organismo Administrador. Plazo de Ejecución 25 de Marzo de 2013.
- Dentro de su reglamento interno debe establecer las condiciones y forma del manejo de materiales, además de las cargas máximas y las medidas para la manipulación de cargas superiores a 50 kg. Plazo de Ejecución 25 de marzo de 2013.
- Una vez confeccionado el Reglamento Interno, el empleador deberá enviar una copia de él a la Seremi de Salud y otra a la Inspección del Trabajo. Plazo de Ejecución 25 de Marzo de 2013.
- Una vez confeccionado el Reglamento Interno debe ser entregado a cada uno de sus trabajadores, dejando registro de entrega acreditable ante la inspección del Trabajo. Plazo de Ejecución 25 de Marzo de 2013.
- La empresa debe asegurarse que los trabajadores conozcan el procedimiento para denunciar /actuar en caso de accidente del trabajo, trayecto y/o enfermedades profesionales. Debe estar descrito en su reglamento interno, también puede difundirlo a través del diario mural. Además debe informar sobre los lugares de atención más cercanos para sus trabajadores Para mayor información puede acercarse a nuestras oficinas o ingresar a nuestro portal en Internet. Plazo de ejecución: 18 de Marzo de 2013.
- Ud. debe definir a un integrante de su empresa (puede ser Ud. mismo) que sea responsable de llenar la Declaración Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) en caso de accidente o la Declaración Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), las cuales podrá imprimir directamente desde la página www.isl.gob.cl. Plazo de ejecución: 18 de Marzo de 2013.
- Debe tener en la empresa un registro de los accidentes ocurridos que tenga la siguiente información: nombre del accidentado, RUT, día del accidente, día de regreso al trabajo, días de licencia (días perdidos), causa del accidente y medida de control para evitar nuevos accidentes.
2.1.2. De las Condiciones Generales de Seguridad. (D.S. 594, Título III, Párrafo II).
- Su empresa deberá indicar claramente por medio de señalización visible y permanente la necesidad de uso de elementos de protección personal específicos cuando sea necesario. (D.S. 594, Titulo II, Art. 37).
Se sugiere la siguiente señalética:
Extintor : 02
Ingresar sólo personal autorizado : 01
No obstruir pasillos : 02
Primeros Auxilios : 01
Salida de emergencia : 01
Vía de evacuación derecha : 03
Vía de evacuación izquierda : 03
Zona de seguridad : 01
Mantenga la limpieza : 01
Precaución caída distinto nivel : 02
No retirar protección : 03
Use anteojos protectores : 02
Use calzado de Seguridad : 02
Mantenga Protección : 02
Precaución carga y descarga : 01
Peligro Riesgo de Corte : 02
Peligro : 01
Área Energizada : 02
Use pasamanos : 01
La empresa debe solicitar la señalización requerida a este Organismo Administrador. Plazo de Ejecución: 25 de Marzo 2013
- Se recomienda mantener en forma permanente los tableros eléctricos con sus respectivas tapas. Plazo de Ejecución 25 de Marzo de 2013.
- Como medida de protección las instalaciones eléctricas deben contar con protección automática que realice el corte de energía (automático-diferencial) y conexión a tierra tanto en las máquinas, como en el circuito eléctrico general.
- En el taller de Vulcanización, se recomienda que lleve a cabo un sistema de limpieza que sea oportuno, haciendo partícipe a sus trabajadores de la importancia de mantener los lugares de trabajos ordenados y limpios. D.S. 594 Art.
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