Disiplinas Juridicas Especiales
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UNICRECE
DISCIPLINAS JURIDICAS ESPECIALES
(SITIO CONGLOMERADO CON SU CULTURA POLITICA)
ALUMNO: MAESTRO:
Tomas Baz Mijangos JOSE LUIS HERNANDEZ VAZQUEZ
28 de septiembre de 2012
DISCIPLINAS JURIDICAS ESPECIALES
Las disciplinas jurídicas especiales es la distinción entre derecho privado y público con respecto a la jurisprudencia, son pertenecientes a los derechos constitucionales, administrativos, penales y procesales en materia: privada y mercantil, siendo el orden jurídico de cada estado. Dichas disciplinas son de aspecto nacional e internacional derivando los derechos público y derecho ambos internacionales.
Privado (penal internacional, mercantil internacional, administrativo internacional)
DERECHO INTERNO DERECHO INTERNACIONAL
DERECHO
PUBLICO DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO PENAL
DERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO
PRIVADO RAMAS ESPECIALES DEL
DERECHO PRIVADO DERECHO INTERNACIONAL
PRIVADO
DERECHO CIVL
La clasificación de las disciplinas jurídicas en materias de derecho público y derecho privado consistiendo en referir las normas de cada una de aquellas al derecho interno o al interestatal, cada una de las ramas especiales tanto en derecho interno como en derecho internacional, posee sus reglas procesales, es decir; derecho procesal internacional, procesal administrativo o del procesal constitucional.
El derecho político o constitucional es el conjunto de normas de un estado a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares.
Sentido formal.- el termino constitución se aplica al documento que contiene normas de un estado
Sentido material.- aplica a la misma estructura formal es decir a la organización política, a la competencia de los diversos poderes y los principios concernientes al estatus de las personas.
El estado tiene una constitución escrita o consuetudinaria. El estado constitucional suele aplicarse únicamente a las organizaciones políticas basando fundamentos no nada más para conocer cómo deben ser elegidos son que imponen restricciones eficaces a los poderes soberanos para proteger los derechos y defenderlos en caso de cualquier acción del poder arbitrario.
El derecho constitucional es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del estado, a las funciones de sus órganos y relaciones de estos entre sí y con los particulares, aludimos tanto a reglas escritas como a normas consuetudinarias.
DERECHO ADMINISTRATIVO.- El derecho administrativo es la rama objetiva en la administración publica concibiendo dos sentidos de esta, material y formal.
Formal: diversas funciones son definidas deacuerdo a los poderes; legislativa es atribuida al congreso; jurisdiccional a los jueces y tribunales y la administrativa a los órganos ejecutivos
Las funciones legislativas y jurisdiccionales ofrecen dos características comunes: la imparcialidad y objetividad.
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