ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EXTRANJERIA, DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO


Enviado por   •  10 de Agosto de 2012  •  1.269 Palabras (6 Páginas)  •  1.222 Visitas

Página 1 de 6

LOS EXTRANJEROS COMO PERSONAS FISICAS

Derecho de ingreso y de permanencia en la Republica

• 2011= se emitió “Ley de migración” (antes de esta ley, esto se regulaba en la Ley General de Población.”

o Protección de los derechos de los migrantes.

• En México para que un extranjero pueda ingresar y permanecer, son necesarias;

o 1. Internación.

 Ingresar adecuadamente y cumplir con los requisitos de internación.

o 2. Permanencia/ Estancia.

 Una vez ingresado y dependiendo de la calidad migratoria = tiene restringida su campo de actuación conforme a la calidad migratoria.

o 3. Sujeto a las leyes mexicanas por lo que cualquier vulneración estará sometido a las sanciones correspondientes.

• Si no se cumplen estos requisitos, las sanciones son;

o 1. Deportación.

 Dejar de tener la calidad migratoria necesaria para poder permanecer por haber violado los requisitos específicos para mantenerla.

o 2. Expulsión.

 Art. 33 CPEUM = Facultad del ejecutivo federal para hacer retirar a un extranjero que lo considere pretencioso, previa audiencia (antes era por cualquier circunstancia cuando lo consideraba pretencioso sin ningún juicio, la persona iba a juicio y lo seguía fuera del país)

o 3. Extradición.

• En principio un extranjero que entre a México sin cumplir requisitos de internación = es considerado ilegal.

o Sus únicos derechos son los Derechos Humanos establecidos en la Constitucion.

o En principio no tiene capacidad jurídica para llevar a cabo actos en México, salvo algunos porque no necesitan acreditar calidad migratoria;

• La capacidad jurídica

o Se determina con requisitos de integración y estancia.

ACTIVIDADES DE LOS EXTRANJEROS

ANALISIS DE LA LEY DE POBLACION

CALIDADES MIGRATORIAS

Existen conforme la ley de población 3 calidades migratorias:

1. No inmigrante.

• La calidad que se otorga a los extranjeros que pretenden internarse en el país de manera temporal.

• La ley presupone que la voluntad del extranjero es siempre permanecer de modo temporal.

• Lo que define esta calidad = TEMPORALIDAD

Calidades especificas;

o 1.1. Turistas.

 Persona que se interna en el país con fines de recreo, salud para actividades artísticas, culturales o deportivas no remuneradas ni lucrativas.

 Temporalidad máxima = 6 meses improrrogables.

o 1.2. Migrantes de tránsito.

 El extranjero en tránsito hacia otro país.

 Temporalidad máxima = 30 días improrrogables.

 Comprobar que tienes requisitos para ir al otro país.

o 1.3. Ministros de Culto o asociación religiosa.

 Para ejercer el ministerio o realización de labores de asistencia social que coincidan con los fines de la asociación religiosa que pertenezca

 Tiene que;

• A) Existir el culto;

• B) Estar registrado en México y

• C) Acreditar que eres ministro.

 Permiso previo de Secretaria de Gobernación.

 Que posea la calidad de ministro de culto anteriormente.

 Temporalidad máxima = hasta un año (4 prorrogas, hasta 5 años).

o 1.4. Refugiados

 Distinción entre refugiados y asilados políticos;

• Tema social.

• Asilado político = persona individual que corre riesgo.

• Refugiados = grupo de personas que corre el peligro de perder la vida o libertad.

o 1.5. Visitantes.

 El extranjero que se interna en el país para dedicarse al ejercicio de una actividad lucrativa o no siempre que sea licita.

 Temporalidad máxima = hasta un año (4 prorrogas, hasta 5 años).

o 1.6. Visitante distinguido.

 Científico o humanista extranjero a quien la SG de manera excepcional otorga permisos de cortesía para internarse y residir en el país.

 Temporalidad máxima = 6 meses (prorrogables).

 Te permite hacer más cosas que el turista (solo puede actividades de recreo).

o 1.7. Visitante provisional.

 Secretaria autoriza como excepción en su desembarco provisional donde llegare a puertos de mar o aeropuertos internacionales.

 Tiempo máximo = 30 días.

• Transmigrante= no puedes cambiar calidad migratoria.

• Visitante provisional = puede pedir cambio de calidad migratoria.

o 1.8. Visitante local.

 Extranjero autorizado para visitar puertos marítimos o ciudades fronterizas.

 Temporalidad máxima = 3 días prorrogables).

 Parecido a transmigrante.

• Transmigrante = no se puede otorgar prorrogas.

• Visitante locales = si es prorrogable.

o 1.9. Corresponsal

 Actividades propias de la profesión de periodista.

 Para cubrir un evento especial o ejercicio de la profesión.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (9 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com