EXTRANJERIA, DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Enviado por jrql • 10 de Agosto de 2012 • 1.269 Palabras (6 Páginas) • 1.222 Visitas
LOS EXTRANJEROS COMO PERSONAS FISICAS
Derecho de ingreso y de permanencia en la Republica
• 2011= se emitió “Ley de migración” (antes de esta ley, esto se regulaba en la Ley General de Población.”
o Protección de los derechos de los migrantes.
• En México para que un extranjero pueda ingresar y permanecer, son necesarias;
o 1. Internación.
Ingresar adecuadamente y cumplir con los requisitos de internación.
o 2. Permanencia/ Estancia.
Una vez ingresado y dependiendo de la calidad migratoria = tiene restringida su campo de actuación conforme a la calidad migratoria.
o 3. Sujeto a las leyes mexicanas por lo que cualquier vulneración estará sometido a las sanciones correspondientes.
• Si no se cumplen estos requisitos, las sanciones son;
o 1. Deportación.
Dejar de tener la calidad migratoria necesaria para poder permanecer por haber violado los requisitos específicos para mantenerla.
o 2. Expulsión.
Art. 33 CPEUM = Facultad del ejecutivo federal para hacer retirar a un extranjero que lo considere pretencioso, previa audiencia (antes era por cualquier circunstancia cuando lo consideraba pretencioso sin ningún juicio, la persona iba a juicio y lo seguía fuera del país)
o 3. Extradición.
• En principio un extranjero que entre a México sin cumplir requisitos de internación = es considerado ilegal.
o Sus únicos derechos son los Derechos Humanos establecidos en la Constitucion.
o En principio no tiene capacidad jurídica para llevar a cabo actos en México, salvo algunos porque no necesitan acreditar calidad migratoria;
• La capacidad jurídica
o Se determina con requisitos de integración y estancia.
ACTIVIDADES DE LOS EXTRANJEROS
ANALISIS DE LA LEY DE POBLACION
CALIDADES MIGRATORIAS
Existen conforme la ley de población 3 calidades migratorias:
1. No inmigrante.
• La calidad que se otorga a los extranjeros que pretenden internarse en el país de manera temporal.
• La ley presupone que la voluntad del extranjero es siempre permanecer de modo temporal.
• Lo que define esta calidad = TEMPORALIDAD
Calidades especificas;
o 1.1. Turistas.
Persona que se interna en el país con fines de recreo, salud para actividades artísticas, culturales o deportivas no remuneradas ni lucrativas.
Temporalidad máxima = 6 meses improrrogables.
o 1.2. Migrantes de tránsito.
El extranjero en tránsito hacia otro país.
Temporalidad máxima = 30 días improrrogables.
Comprobar que tienes requisitos para ir al otro país.
o 1.3. Ministros de Culto o asociación religiosa.
Para ejercer el ministerio o realización de labores de asistencia social que coincidan con los fines de la asociación religiosa que pertenezca
Tiene que;
• A) Existir el culto;
• B) Estar registrado en México y
• C) Acreditar que eres ministro.
Permiso previo de Secretaria de Gobernación.
Que posea la calidad de ministro de culto anteriormente.
Temporalidad máxima = hasta un año (4 prorrogas, hasta 5 años).
o 1.4. Refugiados
Distinción entre refugiados y asilados políticos;
• Tema social.
• Asilado político = persona individual que corre riesgo.
• Refugiados = grupo de personas que corre el peligro de perder la vida o libertad.
o 1.5. Visitantes.
El extranjero que se interna en el país para dedicarse al ejercicio de una actividad lucrativa o no siempre que sea licita.
Temporalidad máxima = hasta un año (4 prorrogas, hasta 5 años).
o 1.6. Visitante distinguido.
Científico o humanista extranjero a quien la SG de manera excepcional otorga permisos de cortesía para internarse y residir en el país.
Temporalidad máxima = 6 meses (prorrogables).
Te permite hacer más cosas que el turista (solo puede actividades de recreo).
o 1.7. Visitante provisional.
Secretaria autoriza como excepción en su desembarco provisional donde llegare a puertos de mar o aeropuertos internacionales.
Tiempo máximo = 30 días.
• Transmigrante= no puedes cambiar calidad migratoria.
• Visitante provisional = puede pedir cambio de calidad migratoria.
o 1.8. Visitante local.
Extranjero autorizado para visitar puertos marítimos o ciudades fronterizas.
Temporalidad máxima = 3 días prorrogables).
Parecido a transmigrante.
• Transmigrante = no se puede otorgar prorrogas.
• Visitante locales = si es prorrogable.
o 1.9. Corresponsal
Actividades propias de la profesión de periodista.
Para cubrir un evento especial o ejercicio de la profesión.
...