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El Asilo Diplomatico


Enviado por   •  20 de Enero de 2014  •  1.211 Palabras (5 Páginas)  •  289 Visitas

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EL ASILO DIPLOMATICO

Doctrina Política Bolivariana

El asilo se define, en términos generales, como la protección que un Estado ofrece a personas que no son nacionales suyos y cuya vida o libertad están en peligro por actos, amenazas o persecuciones de las Autoridades de otro Estado o por personas o multitudes que hayan escapado al control de dichas Autoridades. El asilo diplomático es una institución regional de algunos Estados iberoamericanos, regulada en varios Convenios internacionales, de los cuales el más avanzado es la Convención de Caracas de 1954 sobre Asilo Diplomático.

Esta norma internacional regional entiende que el asilo diplomático puede concederse, entre otros lugares, en las legaciones (entendidas en sentido amplio: sede de Misión Diplomática ordinaria –excluidos, por tanto, los Consulados-, residencia de los Jefes de Misión y locales habilitados para habitación de los asilados). La concesión del asilo es una facultad del Estado asilante (Ecuador) pero no una obligación; de ahí que éste pueda calificar unilateralmente los motivos de la persecución, que debe tener carácter político, así como la urgencia de la protección. El asilo diplomático se concede por el tiempo estrictamente necesario para que el asilado salga del país con las seguridades otorgadas por el Gobierno del Estado territorial. Esto significa que el Estado territorial (Reino Unido) estaría obligado a facilitar la salida del asilado (Julian Assange) mediante el oportuno salvoconducto a fin de que no peligre su vida, su libertad o su integridad personal.

Ahora bien, el caso Assange plantea varios interrogantes:

En primer lugar, estamos ante una institución sólo reconocida y practicada por determinados Estados iberoamericanos. Ello conlleva que la decisión de otorgar asilo diplomático a Julian Assange no tiene efectos jurídicos frente a Reino Unido; podría, pues, negarse legítimamente a facilitar la salida del país, pues la Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas sólo le obliga a respetar la inviolabilidad de las Misiones Diplomáticas.

El caso Assange plantea varios interrogantes

En segundo lugar, en sentido estrictamente jurídico, Reino Unido pretende extraditar a Julian Assange a Suecia por su imputación en varios casos de delitos sexuales; ante esta situación, la Convención de Caracas de 1954 prevé expresamente la ilegitimidad de conceder asilo diplomático a los inculpados o procesados en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes. Si estas personas penetran en lugares adecuados para conceder asilo diplomático deben ser invitadas a retirarse o ser entregadas al gobierno local, previéndose expresamente que no podrán ser juzgadas por delitos políticos anteriores al momento de la entrega.

A la vista de las actividades de fuerte difusión mediática de Julian Assange, ¿podría decirse que estamos, de hecho, ante una persecución política disfrazada de imputación por delitos sexuales? ¿Debe Reino Unido respetar la decisión de Ecuador y facilitar la salida del país o, por el contrario, arrestar a Assange cuando abandone la Embajada de Ecuador para extraditarlo a Suecia?

Caso Assange: el asilo político, el asilo diplomático y el refugio

¿Por qué no considerar al asilo diplomático como una modalidad de refugio en aquellos países que no lo reconocen?

ÓSCAR VIDARTE

Internacionalista

Interesante es el debate que se ha producido en torno al asilo y el no reconocimiento de esta figura internacional por parte del Reino Unido. En términos básicos, no confundir el asilo diplomático del asilo político el primero de ellos otorgado en una misión diplomática (en virtud del principio de interés de la función, el mismo que genera una ficción de extraterritorialidad) y el segundo concedido en el territorio soberano de un país.

Lamentablemente, este mecanismo de protección no está presente en la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas de 1961, por lo que técnicamente no es parte del derecho

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