El Derecho De Asilo
Enviado por 24220 • 15 de Enero de 2014 • 7.551 Palabras (31 Páginas) • 345 Visitas
El DERECHO ASILO
El Derecho de Asilo: Concepto
Se entiende por derecho de asilo la institución mediante la cual un delincuente político queda exento del control da la jurisdicción local por el hecho de conseguir refugio en la sede de una Embajada o Legación que reconozca este derecho o se le conceda albergue en territorio extranjero.
Es esta institución muy generalizada desde la antigüedad, la cual ha caído en completo desuso en algunos Estados de Europa y en los Estados Unidos, pero que ha sido practicada con mucha frecuencia en los países latinoamericanos, España y Portugal. El fundamento esencialmente humanitario que informa la institución y el hecho las especiales condiciones porque han atravesado estos pueblos latinoamericanos de encendidas luchas políticas han determinado su figuración y perfeccionamiento desde el punto de vista jurídico en el Derecho Internacional Americano.
Por lo tanto entendamos al asilo como un resguardo. El asilo pudiésemos llamarlo como un derecho a una protección de la cual solicita cualquier ciudadano a otra nación o a otro territorio, ¿por qué? bueno porque el mismo se ve amenazado en su integridad física que corre peligro, como consecuencia de esto, él se ve obligado a pedir ayuda ante otras naciones, ¿por qué eso es así? Porque eso a través de los tratados es reconocido internacionalmente así.
En el texto Constitucional, en su artículo 69, aparece el reconocimiento del derecho de asilo en los siguiente términos “La República Bolivariana de Venezuela reconoce y garantiza el derecho de asilo y refugio”. Asimismo la disposición número 4, numeral 2, consagro la obligación de sanción a la Asamblea Nacional, del régimen legal aplicable en materia de protección a los refugiados o refugiadas y asilados o asiladas, acorde con los términos de la constitución y los tratados internacionales sobre la materia, ratificados por la república.
¿Qué es el asilo desde nuestros tiempos históricos?
Era una institución que se otorgaba, o una protección que se otorgaba a cualquier ciudadano que lo solicitara.
En la antigüedad, el asilo se daba por delitos comunes, por cualquier conducta atípica que requiera un individuo en cualquier área y esta persona se acercaba o lograba llegar a unos sitios o a unos espacios, a unos estados, que eran considerados pagados en la antigüedad, si esa persona lograba estar mal de esos espacios, era protegido ante la comisión de esos delitos.
¿Cuáles son los delitos comunes?
Los que están recogidos en el código penal, son los delitos comunes; Entonces, en la antigüedad, era una institución más que todo religiosa, se daba sobre todo en las partes Asiática, Árabe, y en las partes Europeas, donde se encontraban estas instituciones, entonces, aquellas personas que cometían un delito común eran amparados y si lograban llegar a un espacio que era considerado como tierra santa religiosa, era cubierto, protegido por la comisión de ese delito, entonces, quedaba excluido de la aplicación de aquel rey de la sanción, quedaba excluido porque no podía meterse con aquel individuo.
En el transcurrir del tiempo, esta institución fue cambiando, y dejó de ser juzgada por delitos comunes a ser juzgada por delitos políticos, entonces, el asilo nada más se da a los que les llaman delincuentes políticos, ¿por qué? porque si alguien trata de utilizar, la figura o esta institución de asilo con la comisión de un delito común y se va a Colombia y determina que es un delito común y está solicitando asilo, ¿Qué le sucede a esa persona? Es extraditado a Venezuela.
Entonces, históricamente el asilo era una institución religiosa que se otorgaba a aquellas personas por la comisión de cualquier tipo de delitos, llámese común y lograba acercarse, introducirse dentro de una iglesia o en unas áreas, terrenos que eran considerados como santos, esta persona al llegar allí gozaba de un asilo, gozaba de una protección y dejaba de ser perseguido siempre que estuviera en esas áreas, eso es en cuanto a la historia.
Hoy, por hoy, el asilo no se da por delitos comunes sino por delitos políticos, entonces, era una institución religiosa. Tanto es así que la constitución establece que Venezuela reconoce el derecho de asilo y el refugio.
El Salvoconducto: Concepto
Es un documento que entregan las autoridades legalmente constituidas para permitir el libre tránsito o acceso y sin ningún riesgo para el portador de la misma. Así mismo el salvoconducto sirve en caso de guerra como un permiso para pasar a través de las líneas enemigas y es un permiso especial que entregan las autoridades militares, para poder tener un libre tránsito en el territorio y no ser molestado. Este documento expedido por una autoridad recuerda durante la Edad Media que aseguraba el paso libre y seguro de viajeros y mercancías.
Un ejemplo de lo que es un salvoconducto, es una VISA, documento que permite a un extranjero transitar por un país diferente al suyo.
Clases de Asilo
Han existido tres clases de asilo:
1. ¿Cuál es el asilo religioso?
El asilo religioso, tenía por objeto la impunidad del individuo por el hecho de haber estado en contacto con una cosa divina o relacionada con la divinidad.
En pleno apogeo del cristianismo el asilo fue practicado en las iglesias y catedrales en razón de la indefectible intercesión del prelado en favor del refugiado ante las autoridades locales. Poco después los concilios regularizaron esta práctica y emperadores como Teodosio y Justiniano trataron de reglamentarlo también. En el siglo XII Graciano reglamentó esta materia, lo mismo hizo el Concilio Tridentino en su vigesimoquinta reunión y los papas Gregorio XIV y Benedicto XIII; con la experiencia anterior, lo reglamentaron, determinando qué crímenes quedaban exceptuados y la consagración de que la calificación del delito correspondía siempre al Obispo o al Tribunal Eclesiástico mediante una instancia preliminar. El advenimiento de la Reforma quebrantó completamente esta práctica generalizada, pues las instituciones se laicizaron notablemente y los países que quedaron fieles a Roma no tardaron en negociar y obtener a través de concordatos las dispensas especiales para la abolición de esta práctica religiosa.
En su derecho, la Iglesia ha mantenido vigente su prerrogativa. El canon 1179 lo consagra expresamente: “la Iglesia goza del derecho de asilo en tal forma que los reos que en ella se refugien no han de sacarse de allí, a menos que la necesidad sea urgente, sin el asentimiento del Ordinario al menos del rector de la Iglesia”.
Sin embargo, este canon debe considerarse derogado, pues la declaración de la Santa Sede en la conclusión del
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