El Matrimonio
Enviado por 15480271 • 17 de Mayo de 2014 • 3.743 Palabras (15 Páginas) • 198 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Programa Municipalizado de Derecho
Misión Sucre-U.N.E.R.G.
Calabozo Edo Guárico
EL MATRIMONIO
Prof. Bachilleres:
Abg. Lervis Camacho Abreu Eliana. CI.22.613.198
3° año trimestre 1 Bastidas Juliana. C.I.16.384.963
Sección 1 F/S Castro Raquel. CI. 15.480.271
Díaz Yelimar C.I. 22.183.686
Flores Rafael. CI. 17.164.094
Solórzano Argelia CI. 8.627.192
Mayo, 2014
EL MATRIMONIO:
Concepto:
El matrimonio es la institución fundamental y quizás la más importante del derecho de familias, puesto que, es la base de la familia y, por ende, de la sociedad; esto hace que el matrimonio sea el eje de todo el sistema jurídico familiar. Es una institución natural y anterior al Estado, que difiere mucho en cada cultura, credo y sociedad
Importancia del Matrimonio
El matrimonio es la base fundamental del Derecho de Familia, puesto que la mayoría de las relaciones jurídicas que constituyen esta rama del derecho, están fundadas o derivan en una u otra forma del vínculo matrimonial, y, si bien es cierto que existen situaciones especiales (concubinato, por ejemplo), que el derecho de Familia no puede ignorar, éstas se encuentran en un orden inferior y en todo caso asimiladas a las relaciones jurídicas que el matrimonio genera.
A través de todos los tiempos se ha dado esta importancia especial al matrimonio por parte de los filósofos del Derecho, y ya Cicerón dice que el matrimonio es el principio de la sociedad y el fundamento de la cosa pública (principium urbis et quasi seminarium rei publicae) “El matrimonio es el centro de la familia y las demás instituciones que integran el Derecho de Familia no son más que consecuencias o complementos de aquél”.
Clases de Matrimonio
De las diversas clasificaciones que se han hecho del matrimonio, la más importante es sin duda la que lo divide en religioso y civil, según se celebre conforme a las disposiciones de la religión profesada por los contrayentes o siguiendo las normas legales vigentes en el Estado de que se trate.
Sin embargo, conviene conocer, aunque sea a título meramente ilustrativo, las otras clasificaciones que a través de los tiempos se han hecho de esta institución, siguiendo diferentes puntos de vista. Es así que se habla de matrimonio solemne o público y secreto o de conciencia, según que se le dé o no publicidad. De acuerdo a la posición social de los contrayentes, se han dividido en igual y morganático. Por las condiciones en que se realice, en ordinario y extraordinario. Cuando se toma en cuenta el aspecto carnal, se habla de matrimonio consumado y matrimonio rato. Según su valor legal, es nulo, anulable o válido. Finalmente, si se han dejado de cumplir determinados requisitos, y dependiendo del conocimiento o no de estas irregularidades, se clasifica el matrimonio en nulo y putativo.
Características
Las características del matrimonio son:
Es un contrato, por tal motivo requiere del acuerdo de quienes contraen el matrimonio y el cumplimiento de derechos y deberes.
Es solemne, se formaliza el acto del matrimonio en un documento y se realiza ante un oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación, sea en el recinto del Servicio o en la casa de uno de los cónyuges.
Se efectúa entre un hombre y una.
Es una unión actual e indisoluble.
La finalidad es vivir juntos y procrear. Por tanto vivir bajo el mismo techo, asistirse uno al otro en las buenas y en las malas y tener hijos.
Requisitos tanto de Fondo como de Forma:
Requisitos de fondo: son aquellos necesarios para que el matrimonio pueda ser válido.
Clasificación:
1.- Diversidad de sexos: Debemos recordar que el matrimonio es un hecho natural reconocido jurídicamente, es por ello que la diversidad de sexos es un requisito de la esencia del matrimonio, esta unión necesariamente tiene que ser entre un hombre y una mujer Art. 44 CC: “El matrimonio no puede contraerse sino entre un solo hombre y una sola mujer. La Ley no reconoce otro matrimonio contraído en Venezuela sino el que se reglamenta por el presente Título, siendo el único que producirá efectos legales, tanto respecto de las personas como respecto de los bienes”.
2.- Consentimiento: Es el acuerdo entre los contrayentes de tomarse recíprocamente por marido y mujer. En materia de matrimonio, es esencial que haya habido consentimiento, independientemente de cómo se haya conseguido que el cónyuge consintiera en casarse, prueba de ello es que si hay vicios en el consentimiento, el matrimonio será anulable
3.- Capacidad: se refiere a que se debe poseer capacidades mentales, psíquicas, físicas y fisiológicas para contraer matrimonio. Esto abarca ciertos aspectos como: la Pubertad, Discernimiento, Sexualidad y Cordura
La capacidad requiere poder entender lo que es el matrimonio, poder querer el matrimonio que se va a realizar y tener potencia sexual para cumplir con las obligaciones matrimoniales.
4.- AUSENCIA DE IMPEDIMENTOS: son obstáculos legales para el ejercicio de la capacidad matrimonial, se refiere a que no debe existir obstáculos legales para contraer matrimonio. en presencia de los impedimentos matrimoniales la persona, a pesar de ser capaz para contraer matrimonio, no puede hacerlo porque la ley no se lo permite
Requisitos de Forma.
Son aquellos que se relacionan directamente con su celebración; trata pues, de las solemnidades o formalismos del acto jurídico matrimonial. Estos requisitos son dos Los Esponsales (y su publicación) y el acto propiamente dicho de la celebración.
Los Esponsales.
Es la promesa mutua de matrimonio, constituye una afirmación de que los contrayentes realmente se quieren casar. Es además y, esto es lo más importante, una PUBLICIDAD de que las personas se quieren casar. Art. 66 CC:“Las personas que quieran contraer matrimonio lo manifestarán así ante uno de los funcionarios de la residencia de cualquiera de los contrayentes, autorizados para presenciarlo e indicarán el que han escogido, entre los facultados por la Ley, para celebrarlo; y expresarán, además, bajo juramento, su nombre, apellido, edad, estado, profesión y domicilio, y el nombre y apellido del padre y de la madre de cada uno de ellos, de todo lo cual se extenderá un acta que firmarán el funcionario, las partes u otro a su ruego, si ellas no pudieren o no supieren hacerlo, y el Secretario.
Cuando el futuro contrayente fuere
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