El Proceso De Cristo
Enviado por blanliz • 19 de Agosto de 2013 • 7.620 Palabras (31 Páginas) • 482 Visitas
• 1. EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO El amparo directo o de única instancia procede contra:• Sentencias definitivas, laudos y resoluciones que ponen fin a juicio, pudiendo alegarse vicios al procedimiento (durante el desarrollo del juicio) o de fondo, o bien cuestiones sobre inconstitucionalidad de normas de carácter general –leyes, tratados internacionales, reglamentos, etc.-.
• 2. EL AMPARO DIRECTO ES COMPETENCIA DE:• Los Tribunales Colegiados de Circuito, cuya decisión es terminal o inatacable, salvo cuando:• La Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerce su facultad de atracción• Cuando el Tribunal Colegiado resuelve sobre la constitucionalidad de una ley, tratado internacional, reglamento). En este caso la Suprema Corte puede conocer a través del recurso de revisión que se plantee contra la sentencia.• O el Tribunal Colegiado realiza la interpretación directa de un precepto constitucional, pues, en este caso procede el recurso de revisión en contra de la sentencia definitiva.
• 3. REGULACIÓN DEL AMPARO DIRECTO• Se regula en el artículo 107, fracción V Constitucional, 158 de la Ley de Amparo y 37 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.• Del artículo 159 a 160 se regula la preparación del juicio del mismo, requisitos sine qua non indispensables para la procedencia de la acción de amparo directo.
• 4. LA PARTE QUEJOSA EN UN JUICIO DE AMPARO DIRECTO al impugnar unasentencia con las características de definitiva (laudos o resolucionesque le ponen fin al juicio), puede hacer impugnar la misma por viciospropios de la sentencia conocidos como errores in iudicando, asícomo violaciones cometidas durante el fallo denominadas inprocedendo.Del Castillo del Valle.- para efectos del juicio de amparo debeentenderse por vicio: «una violación a la garantía de audiencia porcontravenirse las formalidades esenciales del procedimiento».11. DEL CASTILLO DEL VALLE, Alberto, Segundo Curso de Amparo, Tercera Edición, Ediciones Jurídicas Alma, S.A. de C.V., P. 97.
• 5. LOS VICIOS IN IUDICANDO SON:• Violaciones que se cometen al momento de dictar la sentencia o laudo que constituye el acto reclamado. - pueden consistir en no haber aplicado la ley al caso concretoo no haber sentenciado conforme a letra de la ley, con base en lajurisprudencia o los principios generales del derecho.• Las violaciones más comunes son: - Las relativas a la valoración de las pruebas por parte deljuzgador de origen.
• 6. LOS VICIOS IN PROCEDENDO SON:• Aquellas que, como el nombre lo indica, se cometen al momento de substanciarse el juicio, esto es, durante el procedimiento de origen y que son susceptibles de ser reparadas en la sentencia o laudo.Humberto E. Ruiz Torres, son fácilmente identificables, porque seencuentran expresamente descritas en los artículos 159 y 160 de lapropia Ley de Amparo.22. RUIZ TORRES, Humberto Enrique, Curso General de Amparo, Primera Edición, Editorial Oxford, University Press, p. 550.
• 7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE AMPARO DIRECTOA) Postulatoria-Probatoria. La autoridad responsable en auxilio de la autoridad federal debe:1) Levantar constancia al pie del escrito, de la fecha en que se notifico la sentencia que constituye el acto reclamado, la fecha de presentación del escrito de demanda, el computo correspondiente, así como los días hábiles e inhábiles que transcurrieron entre una fecha y la otra.2) Prevenir al quejoso para que cumpla con la obligación de exhibir las copias necesarias para entregarlas a las partes, así como la correspondiente a la integración del expediente y apercibirlo que de no cumplir con dicha prevención se le tendrá por no interpuesta la demanda, salvo en materia penal y agraria en las cuales el tribunal debe expedirlas de oficio.
• 8. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE AMPARO DIRECTO3) La autoridad responsable debe enviar al Tribunal Colegiado, dentro del término máximo de tres días, la demanda de amparo y sus anexos, so pena de imposición de multa. Art. 169 de la Ley de Amparo.4) En esta clase de Amparo el Tribunal Colegiado solo debe valorar el expediente que consta ante la responsable, por lo que no existe etapa probatoria, salvo el caso de que se pretenda acreditar una causa de improcedencia, en cuyo caso, pueden ofrecerse pruebas hasta antes del auto que se dicte sentencia, véase Tesis Jurisprudencial 1ª/J. 40/2002.5) Debe emplazar a las partes según lo dispuesto por el artículo 167 de la Ley de la materia.6) Decidir sobre el otorgamiento o no de la suspensión del acto reclamado, tal como lo dispone el artículo 170 de la propia Ley.
• 9. • HECHO LO ANTERIOR DEBE REMITIR LA DEMANDA Y SUS ANEXOS AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO QUE SE ESTIMA COMPETENTE POR CUESTIÓN DE TURNO, TERRITORIO, Y MATERIA EN SU CASO.• El secretario de acuerdos del Tribunal Colegiado en turno debe analizar la demanda y, en su caso, dictar auto que admite, se desecha por notoriamente improcedente o se ordena la aclaración de la misma, o bien declara la incompetencia del Tribunal.• Este auto no causa estado y contra el mismo procede recurso de reclamación.• En caso de la admisión de la demanda el presidente del Tribunal Colegiado da vista al Ministerio Público por diez días para que formule pedimento y transcurrido el mismo se turna el expediente a uno de los magistrados ponentes para que formule proyecto de resolución.
• 10. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE AMPARO DIRECTOB) Resolutiva. Formulado el proyecto por el magistrado ponente, sediscute en sesión privada, se vota y resuelve por los tres magistradosque integran el Tribunal, dictando sentencia que ampare o niegue laprotección constitucional, ya sea por unanimidad o mayoría de votos.En caso de que el Magistrado disidente lo considere conveniente,formulará voto minoritario, el cual se insertará al final de la sentencia.
• 11. Contra lo resuelto por el Tribunal Colegiado, no procede recursoalguno, salvo que se haya planteado:a) La inconstitucionalidad de una Ley y el Tribunal se haya pronunciado sobre el particular o hubiese omitido su estudio;b) La interpretación directa de un precepto constitucional;c) La fijación de un criterio de importancia trascendental; y,d) Cuestiones propiamente constitucionales, conforme lo dispuesto por la fracción IX del artículo 107 Constitucional.En estos casos, resulta procedente el recurso de revisión quecorresponde conocer a la Suprema Corte de Justicia de la Nación,conforme a lo dispuesto por la diversa fracción V del artículo 83 de laLey de Amparo.
• 12. ESQUEMA DEL PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO Art. 166 L.A. Desecha la 2. Presentación ante 1. Demanda de 4. Conoce 3. Procedencia demanda porautoridad responsable amparo Tribunal notoriamente Colegiado improcedente Apertura de Violaciones Manda aclarar cuadernillo de 5. En el primer
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