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Elementos del contrato


Enviado por   •  5 de Abril de 2022  •  Informe  •  2.644 Palabras (11 Páginas)  •  103 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

VICERRECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

SAN JOAQUÍN DE TURMERO – ESTADO ARAGUA

ELEMENTOS DEL CONTRATO

AUTORA: María Pérez

SAN JOAQUÍN DE TURMERO, ENERO, 2022

Introducción

     “Un contrato es la representación jurídica de una disposición natural del hombre a conservar con su igual distintos pactos que representan beneficios mutuos” Susana Gil (2016). Esta es, básicamente, la forma más acertada e idónea para definir técnicamente esta institución fundamental para el Derecho Civil. A su vez, se sabe qué; actualmente, los contratos son un instrumento jurídico de gran importancia, encargados de regir todos aquellos convenios fundamentados en acuerdos voluntarios entre dos partes, llamadas acreedor y deudor, partes; que pueden ser físicas o jurídicas, constituidas por dos  más personas capacitadas para ello.

     Actualmente, se llevan a cabo un sinfín de contratos, destinados principalmente a generar derechos o transferir obligaciones. Estos, generalmente, se manifiestan en forma de un documento en el que los integrantes se comprometen a respetar los términos, que, en el mismo contexto, se encuentran sometidos a las leyes de cada país que reglan su conformación.

     Naturalmente, la esencia del contrato es casi siempre la misma, sin embargo, en cada país o región se encuentran distintos requisitos para su elaboración que hay que tener en cuenta. Es por ello, que en el presente informe escrito, se abordará la temática de los elementos para la constitución de un contrato teniendo en cuenta todas las disposiciones necesarias establecidas en el Código Civil venezolano, para que este sea válido. Con el objetivo de que cada lector se instruya sobre aquellas condiciones que se necesitan para elaborar y llevar a cabo correctamente esta importante herramienta y, por supuesto, para conocer aquellos fundamentos jurídicos que justifican su obligatoriedad, pues, es en razón de ello; que el ordenamiento jurídico le otorga protección.


¿Qué es el contrato? Fundamento jurídico

     Es un negocio jurídico, generalmente escrito, fundamentado en un acuerdo de voluntades entre dos o más partes, donde se expone y exige el cumplimiento de una determinada obligación, manifestándose a través de un documento de carácter obligatorio y jurídico (amparado por las instituciones jurídicas de cada Estado). En Venezuela, el contrato, se encuentra definido en el Código Civil, en su Artículo 1.133, el cual, plantea lo siguiente: “El contrato es una convención de dos o más personas para constituir, reglar, trasmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico”. En la mayoría de las definiciones y autores investigados, se coincide con esta definición.[pic 1][pic 2]

Función de los contratos

     Lo más acertado que puede decirse del documento en cuestión, es que, es un instrumento económico unilateral o bilateral, productor de obligaciones, que tiene por objeto la creación de un vínculo jurídico, destinado para cumplir con el interés común, regir un acuerdo de voluntades legalmente y satisfacer necesidades, además, de que, tiene el apoyo y respaldo de las normas jurídicas. Con respecto a su estructuración y llevada a cabo, los contratos como fuentes de obligaciones, deberán ser ejecutados de buena fe, pueden realizarse de manera pura y simple, dependiendo a la modalidad que esté sometido, siempre regido por lo dispuesto en las disposiciones legales establecidas en cada ordenamiento jurídico, correspondiente a cada país, en este caso, Venezuela. Actualmente, los mismos son de gran variedad y se adaptan a los hechos específicos de las distintas situaciones que puedan presentarse, por ende, es posible encontrar que se clasifican de acuerdo al tipo de obligación, siempre que está sea de carácter técnico - jurídico.

Elementos del contrato

     Básicamente, los elementos de un contrato son algunos parámetros fundamentales e imprescindibles que deberán estar presentes, para que los mismos existan adecuadamente. Pues, tomando en cuenta que pueden estar estructurados de muchas formas, obligatoriamente debe cuidarse que cumpla con los elementos esenciales para que así, se cuente con la validez de los acuerdos pactados, ante la ley (Códigos Civiles de cada país, que dictaminen o regulen a detalle cuáles son esos elementos requeridos). Y, aunque puedan existir diferencias menores, generalmente, puede encontrarse que muchas jurisdicciones establecen los mismos 6 elementos (sujetos, forma, capacidad, consentimiento, objeto y causa), ya que, conceptualmente hablando, tienen la misma raíz jurídica. Por ejemplo, los elementos con los que debe contar un contrato en Venezuela, son los siguientes:

     Elementos personales del contrato:

  • Sujetos: para que haya un contrato, es necesario que, al menos dos partes concuerden en lo que van a negociar. Los sujetos, son de los elementos más importantes del contrato, por el simple hecho de que, si no hay partes (generalmente, acreedor y deudor) no hay vínculo, ni negocio jurídico. Estos sujetos, pueden ser personas físicas o jurídicas, con capacidad de actuar, lo que quiere decir, que cuentan con la facultad necesaria para ejercer derechos y asumir obligaciones.

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  • Capacidad: la capacidad contractual hace referencia a la posibilidad de que un sujeto pueda celebrar un contrato, la realidad es hay algunas personas que no pueden contratar, solo lo harán aquellas a quienes la ley estime con aptitud para hacerlo, por lo tanto, la capacidad es un elemento indispensable, debido a que; al carecer de ella, afectaría la validez del documento. Pero, ¿Quiénes son aquellos a los que la ley estima como “incapaces” para contratar? Pues bien, según el Código Civil, son las siguientes: [pic 4][pic 5]

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  • Forma: hace referencia a la modalidad en la que se manifiesta la voluntad de las partes y, por ende, como se perfecciona el contrato. Es decir, los contratos pueden ser verbales o escritos; se le llaman verbales, cuando el contenido del mismo simplemente se conserva y mantiene en la memoria de los participantes, o escritos; si su contenido se refleja e interpreta sobre un texto gramatical plasmado o grabado en un soporte permanente y duradero.

      Elementos esenciales del contrato para su existencia y validez, según el Artículo 1.141 del Código Civil:

  • Consentimiento de las partes: entre los elementos fundamentales del contrato se tiene el consentimiento, el cual, no es más que una manifestación libre, voluntaria y consiente en la que los titulares expresan de forma indiscutible su aceptación para con las condiciones establecidas en el acuerdo y su voluntad para celebrar el contrato. No obstante, es posible que el consentimiento quede anulado por las siguientes razones:

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     Ejemplos de los vicios del consentimiento    

     Ejemplo de error en el contrato: si una persona quiere rentar su casa y se le hace firmar un contrato de compraventa, esta persona se encontraría en un error, ya que el que tendría que firmar es uno de arrendamiento, en consecuencia, el contrato carecería de validez. [pic 25]

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