Esquemas Del Derecho Penal
Enviado por rhodol • 3 de Agosto de 2013 • 1.890 Palabras (8 Páginas) • 355 Visitas
ESQUEMAS DE DERECHO PENAL (PARTE GENERAL)
PRIMERA PARTE
FUNDAMENTOS DEL DERECHO PENAL
TEMA 1.-
EL DERECHO PENAL OBJETIVO
1.- DERECHO PENAL Y CONTROL SOCIAL
Hablar de D.P. supone hablar de VIOLENCIA toda vez que el D.P. supone una respuesta violenta a los ataques violentos que se producen contra las normas de comportamiento.
La violencia se debe entender desde un punto de vista social y debe considerarse atendiendo a un determinado contexto social, político o económico.
Rasgos definitorios del D.P. como forma violenta de Control Social:
- La violencia es consustancial a todo sistema de control social y por ello de toda institución social creada para la defensa y protección de intereses, legítimos o ilegítimos.
- La violencia ejercida por el D.P. se encuentra formalizada mediante la elaboración de normas codificadas.
- Las normas que regulan el D.P. tienen un carácter previo a las conductas sobre las que ejerce la violencia.
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2.- INSTRUMENTOS DEL CONTROL SOCIAL JURÍDICO-PENAL: DERECHO PENAL MATERIAL Y DERECHO PROCESAL PENAL.
En toda forma de control social la respuesta a toda INFRACCIÓN es una SANCIÓN que se impone a través de un PROCEDIMIENTO.
Diferenciar:
- D.P. MATERIAL: estudio de normas, conductas infractoras y las sanciones aplicables. (Dentro del mismo se diferencia a su vez en Parte General y Parte Especial para la realización de un estudio sistemático).
- D.P. PROCESAL: forma en la que se constata la comisión de una infracción de la norma penal en un supuesto de hecho y sanciones aplicables al mismo.
Ambas disciplinas tienen una fuerte interdependencia.
3.- LA NORMA JURÍDICA PENAL
Definición de Norma: “Regulación de conductas humanas en relación con la convivencia”.
Norma como elemento necesario de la regulación de conductas atendiendo a que la persona no puede vivir aislada.
La convivencia social requiere, por tanto, que se establezcan normas vinculantes que sean respetadas por la totalidad de la comunidad.
Orden Jurídico: “Conjunto de normas jurídicas “ cuyo titular es el Estado, surge como respuesta a la insuficiencia del orden social para garantizar la convivencia.
El D.P. sólo se ocupa de aquellas normas que forman parte del ordenamiento jurídico que suponen los ataques más graves a la convivencia humana. La respuesta exclusiva del ordenamiento penal a dichas conductas es LA PENA.
A modo de conclusión, si estructuralmente la estructura de la Norma Penal no difiere de otras sociales o jurídicas, sí lo hace su contenido, ya que la vulneración de la misma supone un DELITO, y la sanción es la PENA Y/O MEDIDA DE SEGURIDAD.
3.1.- ESTRUCTURA DE LA NORMA PENAL.
NORMA PENAL COMPLETA: Supuesto de hecho (DELITO) >>>>Consecuencia Jurídica (PENA Y/O MEDIDA DE SEGURIDAD). (Ej. Art. 138 C.P.)
NORMA PENAL INCOMPLETA: “Aquellos preceptos que sólo tienen sentido como complemento o aclaración del supuesto de hecho o la consecuencia jurídica de una norma penal completa”. (Ej. Art. 20 ,55, 36 C.P.)
Su fundamento se encuentra en razones de técnica y economía legislativa.
Se consideran fragmentos de normas por que no contienen los dos elementos fundamentales de la estructura de una norma penal completa.
Diferenciar claramente de las normas de REMISIÓN: Son normas en las que a un determinado supuesto de hecho el legislador se remite a la pena fijada para un supuesto distinto. Estas son normas penales COMPLETAS. (Ej. Art. 252 C.P.)
NORMA PENAL EN BLANCO: “aquella cuyo supuesto de hecho se configura por remisión a una norma de carácter no penal” (Ej. 325 C.P.)
Excluir el concepto amplio de norma penal en blanco, esto es, no considerar a aquellas normas penales completas en las que supuesto de hecho y consecuencia jurídica vienen consignadas en distintos artículos del C.P.
Elemento diferenciador de las N.P.B: “la conducta que constituye el supuesto de hecho de la norma penal en blanco está estrechamente relacionada con otras ramas del Ordenamiento jurídico de finalidades y alcance diferentes a los de la norma penal”.
Fundamento: La rápida evolución en la actividad legislativa de determinados sectores (sanidad, medio ambiente, orden socioeconómico, etc.) haría que incluir los supuestos de hecho en la norma penal supusiera un deterioro para la misma.
Validez de N.P.B.: Plenamente válida en nuestro ordenamiento ya que una vez completada surte plenos efectos. En cuanto a los problemas que se pueden plantear en relación con el Principio de Legalidad se debe ver lo estudiado en dicho Tema.
3.2.- ELEMENTOS DE LA NORMA PENAL
3.2.1.- DELITO
Para el estudio del delito se pueden realizar acercamientos desde: -filosofía
-sociología - jurídico
Nos interesa el punto de vista jurídico que tiene su base en la existencia del delito porque así lo dispone una norma positiva, (Ley Penal) que tiene que ser anterior por imperativo del Principio de Legalidad.
Conceptos de Delito:
- Formal: Delito es toda conducta sancionada con una pena. (Art. 1 C.P.)
- Material: Acción (Conducta humana),Típica (Adaptada a hipótesis legal previa), Antijurídica (contraria a derecho), Culpable (merecedora de reproche personal) y Punible (susceptible de pena, tb. De medida de seguridad).
La infracción de la norma penal, y por ello, la comisión de actividades tipificadas como delito (según las definiciones vistas) supone defraudar un conjunto de expectativas. Esto es, la sociedad espera la no realización de las conductas tipificadas como delitos, si estos se producen aparece un incumplimiento y por ello un juicio de REPROCHE o DESVALOR:
- INJUSTO o ANTIJURICIDAD >> Desvalor sobre el hecho o acción realizada.
- CULPABILIDAD >> Desvalor sobre el autor de los hechos. Se atribuye al autor l acto previamente desaprobado y se le hace responsable del mismo.
(NOTA: La diferenciación anterior, sobre la que se ha ocupado sobre todo la dogmática alemana, tiene relevancia sistemática como veremos al estudiar la Teoría General del Delito. Es relevante conocer la dualidad existente:
-Casualistas>> la voluntad siempre se encuentra en la culpabilidad.
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