Etapas De Ley Legislativo
Enviado por wylliams7 • 22 de Enero de 2014 • 864 Palabras (4 Páginas) • 410 Visitas
ETAPAS DE LA FORMACION DE LA LEY: -PROCESO LEGISLATIVO-
Artículos 174 y 181 de la CPRG.
Iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicidad y vigencia.
INICIATIVA: Consiste en el acto por el cual determinados órganos del Estado someten a consideración del Congreso de la República un proyecto de ley. Art. 174 de la Constitución Política.
QUIENES TIENEN INICIATIVA:
Diputados, Organismo Ejecutivo, Corte Suprema de Justicia, Universidad de San Carlos y Tribunal Supremo Electoral.
DISCUSION: Deliberación por el pleno del congreso en tres sesiones en distintos días.
APROBACION: Lo hace la Junta Directiva del Congreso, con un plazo de 10 días para enviarlo al Ejecutivo para su sanción.
SANCION: Aceptación por el Ejecutivo. Se da luego de la aprobación. Plazo 15 días previo acuerdo de consejo de ministros y este puede devolverlo al Congreso con observaciones. esta facultad no es absoluta cuando se da el desacuerdo de dos ministros.
PUBLICACION: Dar a conocer la ley a quienes deban cumplirla.
VIGENCIA: Ocho días después de su publicación en el diario oficial a menos que la ley restrinja el plazo.
En Guatemala, el proceso o procedimiento legislativo tiene su base legal en los artículos del 174 al 181 de la Constitución Política de la República y la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Legislativo 63-94 y su reglamento respectivo. Este proceso es de la siguiente forma:3
Iniciativa de Ley: Consiste en el acto por el cual determinados órganos del Estado someten a consideración del Congreso de la República un proyecto de ley. El artículo 174 de la Constitución establece a los siguientes órganos facultados para hacerlo:
• Los Diputados del Congreso de la República.
• El Organismo Ejecutivo.
• La Corte Suprema de Justicia.
• La Universidad de San Carlos de Guatemala.
• El Tribunal Supremo Electoral.
El artículo 176 de la Constitución establece la presentación.
Los pasos que incluye esta etapa son:
• 1.Presentación de la iniciativa o proyecto de ley (Art. 109 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo).
• 1.1. Redactado en forma de decreto separando la parte considerativa de la dispositiva.
• 1.2. Acompañado de estudios técnicos y documentos.
• 1.3. Por escrito y en forma digital.
• 1.4. Se presenta a la Dirección Legislativa.
• 2. La Dirección Legislativa le da lectura a la exposición de motivos ante el Pleno Legislativo.
• 3. El Pleno Legislativo remite el proyecto o iniciativa de ley a la Comisión de Trabajo respectiva.
• 4. La Comisión de Trabajo estudia el proyecto o iniciativa de ley.
• 4.1. La comisión puede proponer enmiendas.
• 4.2. La comisión da su dictamen que puede ser favorable o desfavorable.
• 5. La comisión retorna el proyecto con dictamen y enmienda a la Dirección
...