Evidencia modulo 1 - cuadro comparativo
Enviado por dnpalaciog • 16 de Abril de 2020 • Tarea • 887 Palabras (4 Páginas) • 473 Visitas
Estudiante, para esta actividad debe tener en cuenta las normas 1755, 1621, 1581 y los decretos 1070 y 2149 que se encuentran en la carpeta de material de apoyo del presente módulo.
el objetivo, es realizar un cuadro comparativo sobre el tema: protección de datos.
R/:
LEY 1581 | LEY 1621 | LEY 1755 |
Establece el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se Allan recogido sobre ellas en bases de datos u archivos. La protección de datos de esta ley no aplica a bases de datos que contengan información sobre seguridad y defensa nacional, mucho menos a las bases de datos que contengan información de inteligencia y contrainteligencia. Sin embargo, las bases de datos exceptuadas en la presente ley deben aplicar los principios sobre la protección de datos. | En el capítulo 5, articulo 28 estipula que todos los organismos que llevan acabo actividades de inteligencia y contrainteligencia deberán tener un centro de protección de datos (CPD), que garantice la recolección, almacenamiento, producción y difusión de la información de inteligencia y contrainteligencia, teniendo siempre presente la constitución política y la presente ley. En el artículo 31 dice que cada organismo de inteligencia creara un comité de actualización, corrección y retiro de archivos de las bases de inteligencia y contrainteligencia que no cumplan con los límites y fines establecidos en la presente ley. El articulo 33 dice que la información, documentos y material técnico de inteligencia y contrainteligencia están amparados en todo momento por la reserva legal, en un periodo máximo de 30 años, y que el señor presidente de la republica puede extender la reserva por 15 años más. El articulo 34 dice que la reserva de los documentos de inteligencia y contrainteligencia no será oponible a las autoridades judiciales, disciplinarias y fiscales que lo soliciten para el debido ejercicio de sus funciones. Siempre y cuando no se ponga en riesgo la seguridad y defensa nacional, integridad de la ciudadanos y agentes de inteligencia o fuentes. Otro punto importante es que la ley señala que los informes de inteligencia no tendrán valor probatorio dentro de una investigación judicial o disciplinaria, si no que servirán como criterio orientador de las mismas. | En el capítulo 2, articulo 24 nos dice que los documentos e información que tendrán carácter reservado para el tramite de un derecho de petición son aquellos que estén sometidos a la reserva de acuerdo a la constitución política y las leyes vigentes. De acuerdo a lo anterior la ley 1621 protege y dota de reserva legal a la información, documentos y material técnico de los organismos de inteligencia y contrainteligencia. La información de defensa y seguridad nacional también queda exceptuada, y es de aclarar que dentro de esa información se encuentran datos aportados por los organismos de inteligencia y contrainteligencia que también ayudan a la protección, defensa y seguridad nacional. |
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