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Extincion De La Hipoteca


Enviado por   •  8 de Febrero de 2014  •  386 Palabras (2 Páginas)  •  1.462 Visitas

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LA EXTINCIÓN DE LA HIPOTECA

Se extingue:

Por vía de consecuencia: por ser un derecho agregado, se extingue al liquidar la obligación principal que ella garantiza. Es decir se extingue por las siguientes causas:

• Por el pago: el pago total de la obligación principal extingue la hipoteca.

• Por novación: la modificación de la obligación principal en principio extingue la hipoteca que garantiza; salvo que se haya hecho reserva expresa de ellos para que sigan garantizando el nuevo crédito. (Arts. 1.320 y 1.321 CCV)

• La compensación: extingue la hipoteca cuando el deudor opone compensación al acreedor hipotecario.

• La confusión de la deuda: en caso que se confundan la persona del acreedor hipotecario y el deudor.

• La dación en pago: la entrega en pago del inmueble hipotecado extingue la hipoteca, pero la anulación de la dación en pago la hace renacer y atrasar sus efectos.

Por vía principal: la hipoteca también puede extinguirse independientemente de la pérdida de la obligación principal; y puede ser por las siguientes circunstancias: (Art. 1.907 CCV)

• Por la pérdida de la cosa debida.

• La renuncia del acreedor: bien sea total o parcial, de forma expresa o tácita, siempre y cuando el acreedor sea capaz de transferir su crédito.

• Por el pago del precio de la cosa hipotecada: efectuado al acreedor, en cumplimiento de la obligación extingue la hipoteca.

• Por la extinción del término a que las haya limitado: ocurre cuando el acreedor deja transcurrir el término estipulado sin atacar al deudor y sin reclamar el pago de lo que le debe.

• Por el cumplimiento de la condición resolutoria que se haya puesto en ellas: cuando la existencia depende de una condición resolutoria.

• Por la prescripción de la hipoteca a favor del tercer poseedor: puede darse de dos formas:

o Cuando los bienes hipotecados se encuentran en posesión del mismo deudor.

o Cuando los bienes hipotecados se encuentran en poder de terceros.

• Por coincidencia de una misma persona.

• Por la anulación del título que le dio origen: Al ser anulado el contrato mediante l cual se constituyó la hipoteca también queda cancelada la misma.

Artículo 1.320.- Los privilegios e hipotecas del crédito anterior no pasan al que lo sustituye, si el acreedor no ha hecho de ellos reserva expresa.

Artículo 1.321.- Cuando la novación se efectúa por la sustitución de un nuevo deudor, los privilegios e hipotecas primitivos del crédito no se transfieren a los bienes del nuevo deudor.

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