FACULTAD DE: DERECHO POLITICA Y DESARROLLO
Enviado por ISAAC MIJAIL MUÑOZ CARRILLO • 28 de Septiembre de 2016 • Ensayo • 2.752 Palabras (12 Páginas) • 218 Visitas
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FACULTAD DE: DERECHO POLITICA Y DESARROLLO
SERVIDUMBRES.
NOMBRE DEL ESTUDIANTE:
ISAAC MUÑOZ CARRILLO
NOMBRE DEL PROFESOR:
ROBERT FRIEND
SAMBORONDÓN, JUNIO, 2016
INDICE
1. INTRODUCCION
SERVIDUMBRES
3. SERVIDUMBRES PASIVAS
5. CONCEPTO DE SERVIDUMBRE NATURAL, LEGAL, VOLUNTARIA
5.1. NATURAL:
5.2. LEGAL:
5.3.VOLUNTARIA:
6.NORMATIVA QUE LAS REGULA, TRANSCRIBA LOS ARTÍCULOS EN EL CÓDIGO CIVIL QUE TRATAN ESTOS TIPOS DE SERVIDUMBRE (NATURAL, LEGAL Y VOLUNTARIA)
7. ESTABLEZCA DOS EJEMPLOS DIFERENTES DE SERVIDUMBRES NATURAL, LEGAL, VOLUNTARIA
8. JURISPRUDENCIA
1. INTRODUCCION
SERVIDUMBRES
Etimológicamente la palabra servitus se refiere al servicio prestado por lo que la servidumbre constituye una relación en la cual se tiene presente un estado de servicio y dependencia entre dos personas propietarios ya sea de fundos o bienes inmuebles, la identidad del sujeto pasivo y activo dentro de las servidumbres puede ser dinámica por lo que la relación directa con la persona que sea el propietario puede variar.
Realizando un recorrido atarvez de la historia podemos observar como esta figura de las servidumbres fue evolucionando, la historia de las servidumbres comienza en la antigua Roma, todas los derechos reales que recaían sobre una cosa ajena eran conocido como servidumbres pues no existían una distinción entre los tipos de derechos reales, entonces se consideraba servidumbres de índole personal si favorecían a una persona y servidumbres prediales si se constituían a favor de un fundo. (Mainar, 2006)
como es característico de la construcciones en esta época de roma las casas eran construidas de una altura extraordinaria lo que causaba ciertas molestias hacia los vecinos y provocaban una condición de insalubridad en la ciudad pues no se podía respirar un aire tan puro y libre.
Augusto prohibió este tipo de exceso y limito la altura a cien pies pero poco después la limito aún más dejándola en una altura de setenta pies, con este precedente nace la servidumbre allias tollendi que consistía según la postura de algunos autores trataba en una especie de facultad de conceder al otro vecino para que este pudiese construir una azotea.
Como ya pudimos analizar se le fue dando forma a la figura de la servidumbre mediante la historia, a diferencia de la antigua Roma las servidumbres se establecen entre bienes inmuebles es decir entre predios, este derecho de servidumbre nunca recae sobre un mismo predio por lo que constituye un requisito esencial la existencia de dos predios y que estos sean de distinto dueño, una servidumbre generalmente se constituye bajo la razón que reporta un uso y utilidad por lo que para el predio dominante puede reportar un beneficio económico.
2. SERVIDUMBRES ACTIVAS
La servidumbre activa o también llamada predio dominante es aquella que tiene el derecho de poder acceder y servirse del predio sirviente por lo que es es la que reporta utilidad, es decir el inmueble al cual se le ha constituido el derecho de servidumbre se denomina predio dominante o servidumbre activa, cabe destacar que no debemos entrar en la confusión de asimilar al predio dominante como titular de un derecho mientras que al predio sirviente como titular de alguna obligación. (Ochoa, 2008)
El derecho de servidumbre es un derecho real es un derecho real que no puede recaer sobre una cosa propio por lo que su característica fundamental es que recae sobre una cosa ajena , dentro de las obligaciones de la servidumbre activa o predio dominante esta la potestad de prohibir al predio sirviente , es decir al propietario de la servidumbre pasiva que realiza alguna actividad que ponga o manifieste algún impedimento para el ejercicio del derecho de servidumbre, así mismo el predio dominante o servidumbre activa tiene derecho a la acción confesorio.
Esta acción confesorio se da en el caso de algún conflicto entre los predios, mediante esta acción se puede en el caso de que no se hay reconocido hacerla reconocer, en el caso que se hay perdido recupérala y en el caso que tenga animo de perderse mantenerla, así como el título del derecho de servidumbre posee derechos como la acción confesorio también posee obligaciones, dentro de estas obligaciones se encuentran la de conservar las instalaciones que se hayan levantado dentro del predio sirviente.
La servidumbre como derecho tiene la característica de ser:
- Derecho real sobre cosa ajena.
- Siempre es ejercido sobre un bien inmueble.
- Se encuentra vinculado de manera jurídica al predio por lo que es un derecho accesorio.
- El titular puede realizar las obras que sean necesarias para ejercer el derecho de .servidumbres y estas correrán por cuenta de este.
- Unilateral
- Es un derecho indivisible
- Pueden constituirse a titulo gratuito pero generalmente son a titulo oneroso.
3. SERVIDUMBRES PASIVAS
Las servidumbre pasiva también son denominadas como predio sirviente es aquella a la que se le impone el gravamen según la definición del artículo 860 del código civil ecuatoriano, al ser un derecho real que limita la propiedad el predio dominante tiene el derecho de impedir que el predio sirviente o servidumbre activa ejerza actos que son propios de su dominio.
Dentro de los derechos y obligaciones del predio o fundo sirviente se encuentran, en el caso que se constituya una servidumbre negativa el predio sirviente deberá de abstenerse de los actos que determine la disposición, en el caso de constituirse una servidumbre positiva la obligaciones serán las de HACER es decir solo se podrá realizar los actos que la servidumbre autorice a realizar.
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