Filosofía Analítica - Metodología Jurídica
verenisdiell5 de Diciembre de 2012
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Introducción
El derecho no es una disciplina pura, ya que todo proceso relacionado con la producción de normas, su aplicación a casos reales y concretos, con la manera de enseñarlos y el desemboque en la investigación jurídica tienen una profunda carga ideológica. Cada Jurista, en una amalgama de experiencias, convicciones y posiciones epistemológicas permite entrever las diversas actividades del ámbito jurídico con una percepción particular del derecho.
Por lo mismo del punto de vista particular de cada jurista no podemos dejar de lado que no por ser su opinión tiene completa validez para la doctrina, sino que se deben mantener las posiciones epistemológicas de cada operador, cultivadas y percibidas a través de las pautas metodológicas apuntaladas a cada postura.
METODOLOGÍA JURÍDICA Y ÁMBITOS DE APLICACIÓN DEL DERECHO
La metodología jurídica no es sino la construcción racional y descripción de los procedimientos relacionados con el discurso jurídico. Como se sabe, cada aspecto cotidiano donde es aplicado el derecho tiene una metodología particular, y por ello consideremos como ámbitos jurídicos los siguientes:
La producción de normas (legislativo), en sus fases pre legislativo o político y legislativo o técnica.
La aplicación de normas administrativas sean estas con tendencia general (administrativo) o particular (funciones materialmente jurisdiccionales en la esfera del Ejecutivo)
La aplicación de normas a conflictos concretos (judicial)
la docencia del derecho
La investigación jurídica.
Y en base a estos aspectos definiremos las ideologías a partir del Jusmarxismo, la filosofía analítica, la semiótica y el Jus sociologísmo.
Jusmarxismo
El término marxismo es definido como la doctrina de Carlos Marx y sus seguidores, que se funda en la interpretación materialista de la dialéctica de Hegel aplicada al proceso histórico y económico de la humanidad, y como la base teórica del socialismo y del comunismo contemporáneo. El marxismo es el movimiento político y social que en nombre de esa doctrina pretende imponer en el mundo la dictadura proletaria. El tema marxismo y derecho se puede entender desde dos enfoques distintos. Por un lado, el pensamiento de Marx respecto al Derecho, y por el otro, agrupar en una posición a los pensadores modernos.
Esto último se basa desde luego en el pensamiento de los seguidores de Marx y sus postulados, que los sostiene la base epistemológica materialista dialéctica. La dificultad consiste en que el propio Marx elaboró un sistema filosófico en que la economía y la historia presentan el papel central. En realidad Marx no se ocupó de manera específica del Derecho, pero de acuerdo a sus seguidores, con sus conceptos y teorías que aplicó a varios campos de las ciencias sociales, se pude construir una teoría del Derecho.
El materialismo dialéctico es la concepción marxista del mundo, mientras que el materialismo histórico es la investigación de la vida social conforme a los criterios del materialismo dialéctico.
Dentro de este materialismo son fundamentales los conceptos de base o estructura y superestructura.
Se afirma que en la estructura se encuentran los factores impulsores o condicionantes, en principio, de la vida social, que se encuentra constituida por el sistema económico de la producción material.
En la superestructura, en cambio, se ubican los factores impulsados o condicionados en principio por la primera; estos factores son la moral, la política, el derecho entre otros, que en conjunto reciben el nombre de ideología.
El derecho es la expresión autoritaria de los intereses sociales que han triunfado. Cada clase dominante crea su propio derecho, al elaborar sus propias condiciones de dominación sobre el resto de la sociedad.
La estructura clasista de la sociedad, impide que derecho tenga un fundamento de ética y justicia; sólo permite un derecho parcial y derivado de intereses.
Para la concepción materialista de la historia, el derecho es un fenómeno social secundario; no es una racionalidad que se oponga a las circunstancias, una sistematización de las relaciones sociales concretas.
Después de la revolución de 1917, el jusmarxismo fue el credo oficial de la Rusia soviética, y al menos en las dos décadas siguientes, los juristas rusos siguieron hasta su conclusión, la doctrina de que el derecho es un mero reflejo de condiciones e instrumento de convivencias económicas, sin tratar de construir un sistema de conceptos, ni desarrollar una ciencia del derecho, de la que rechazan el supuesto de su independencia.
Los rasgos de la concepción marxista del derecho son:
el materialismo histórico ve en el derecho uno de los factores integrantes de la capa ideológica, la superestructura; en ésta, el derecho y los demás elementos superestructurales, solo se entienden como proyección y reflejo de la estructura.
el sistema económico concreto o la producción material de los bienes; en esta producción, la clase económica gobernante tiene el papel preponderante y el derecho es su instrumento.
el materialismo histórico admite que, en algunos aspectos, la superestructura provoca efectos en la estructura, e incluye en esto al derecho, pero subrayando siempre la prioridad ineludible del factor económico.
con lo que la incidencia de lo jurídico en lo económico una es extraeconómica; así, el derecho carece de autonomía, tanto ideal como empírico-histórica, y siempre está implicado en un proceso económico de manera dialéctica; en concepción practica, el derecho es siempre una categoría burguesa, y esto conduce dialécticamente, a la negación del derecho que, junto con la negación del Estado, son los rasgos que el marxismo reserva para la ultima etapa del comunismo
Filosofía Analítica
Filosofía analítica es un término genérico para un estilo de filosofía que comenzó a dominar a los países de lengua inglesa en el siglo XX. En los Estados Unidos, el Reino Unido, Canadá, Escandinavia, Australia y Nueva Zelanda, la gran mayoría de los departamentos de filosofía de las universidades se identifican a sí mismos como departamentos “analíticos”.1
El término “filosofía analítica” puede referirse a:
(a) Una tradición de hacer filosofía2 3 caracterizada por un énfasis en la claridad y la argumentación, comúnmente alcanzadas a través de la lógica formal y el análisis del lenguaje, y por un gran respeto por las ciencias naturales.4 5
(b) Algunos desarrollos en la filosofía de inicios del siglo XX, tales como el trabajo de Bertrand Russell y Gottlob Frege, y el positivismo lógico. En este sentido, la filosofía analítica tiene compromisos filosóficos específicos (algunos rechazados por filósofos analíticos contemporáneos), en concreto:6
La visión del positivista que considera que no hay verdades específicamente filosóficas y que el objeto de la filosofía es la clarificación lógica de los pensamientos. (Esto se puede contrastar con el fundacionismo tradicional, derivado de Aristóteles, que mira a la filosofía como un tipo especial de ciencia, la más alta, que investiga las razones fundamentales y los principios de todo.7 Como resultado, muchos filósofos analíticos han considerado a sus investigaciones como continuas con, o subordinadas a, las de las ciencias naturales.8
La visión de que la aclaración lógica de los pensamientos sólo puede ser alcanzada a través del análisis de la forma lógica de proposiciones filosóficas.9 La forma lógica de una proposición es una forma de representarla (normalmente usando la gramática formal y el simbolismo de un sistema lógico) para mostrar su similaridad con todas las otras proposiciones del mismo tipo. Sin embargo, los filósofos analíticos disienten ampliamente sobre cuál es la forma lógica correcta del lenguaje ordinario.10
El rechazo de sistemas filosóficos omniabarcantes en favor de la atención a los detalles,11 el sentido común y el lenguaje ordinario.
Historia
En un sentido estrecho, “filosofía analítica” se usa para referirse a un programa filosófico específico que usualmente se fecha entre 1900 aproximadamente y 1960.
El programa analítico en filosofía se fecha ordinariamente con el trabajo de los filósofos ingleses Bertrand Russell y G.E. Moore a principios del siglo XX. Se alejaron de las entonces formas dominantes de hegelianismo (objetando en particular su idealismo y su oscuridad)13 14 y comenzaron a desarrollar un nuevo tipo de análisis conceptual, basado en los nuevos desarrollos en lógica.
Los orígenes: Frege
Al inicio de su carrera, Russell y su colaborador Alfred North Whitehead, estuvo fuertemente influenciado por Gottlob Frege, quien desarrolló el cálculo de predicados. Esto permitió que se pudiera analizar la forma lógica de un gran rango de oraciones, muchas más de las que permitía la lógica aristotélica. Frege fue una figura clave también para la filosofía de las matemáticas. En contraste con la “Filosofía de la Aritmética” de Husserl, que intentaba mostrar que el concepto de número cardinal se deriva de actos mentales de agrupar objetos y contarlos, Frege buscó mostrar que las matemáticas y la lógica tenían una validez propia, independiente de los juicios o estados mentales de matemáticos y lógicos individuales (justo lo que proponía el psicologismode Husserl). En su obra cumbre, la ‘Conceptografía’, Frege construye la lógica moderna a través de un
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