Filosofía y Lógica Jurídica
Enviado por lauritalop • 6 de Diciembre de 2022 • Apuntes • 8.366 Palabras (34 Páginas) • 84 Visitas
Filosofía y Lógica Jurídica
Módulo I:Qué es el Derecho?
Austin (positivismo c lásico) y c rítica de Hart: Tres preguntas recurrentes:
1) R ela c ión entre el dere c ho y las órden es res palda das por amena zas (orpa )
Ambos requieren del individuo una conducta y se refuerza esa orden con el anuncio de un “
mal”. Es distin to “tener una obligac ión” (obedecer normas) que “sen tirse obligad o o
verse forzado” (no tengo que hacerlo, pero si no lo hago me disparan). Las reglas jurídicas
emanan de una au toridad que consideramos legítima. En ambos casos reconocemosau toridad,
pero sólo al legislador reconocemos como institución y cierto valor a sus órdenes. Las diferencias
en tre ambos son: Las normas jurídicas se dirigen a un público general, e indican una clase general
de conductas. Las o.r.p.a. se dirigen a la víc tima e indican una conducta en particular. Las orpa
requieren que la víc tima se en tere, las normas jurídicas se dan por conocidas. Las normas jurídicas
son perdurables y habitualmen te obedecidas, las orpa son volátiles, son obedecidas mien trashaya
amenaza. Las normas jurídicas emanan de un órgano supremo,independien te.
2) En qué se diferencia el derecho de la moral?
El derecho trata de afianzar la seguridad jurídica.Si el derecho estuviera sobordinado a la moral, el
Estado podría cambiar las normas argumen tando que son inmorales.
3) Qué son las reglas?
La regla es una guía de conducta, es considerada correcta y por eso se obedece.Hay normas que
pre tenden desalen tar conductas. O tras, que de terminan qué procedimien to seguir para ob tener
un resultado. Las normas penales imponen deberes. Las normas po testativas son fórmulas para la
creación de deberes.
Módulo II: Normas, mandatos, órdenes y amenazas.
Tan to las órdenes respaldadas por amenazas como las normas jurídicas exigen del individuo una
conducta y refuerzan esa orden con el anuncio de un mal. Difieren en su con tenido:
-la norma penal se refiere a una clase general de individuos y prescribe una clase general de
conductas ( doble generalidad).
-la norma jurídica se hace conocer en forma general. La orden respaldada por amenazas se hace
conocer por la víc tima.
-la relación de superioridad de la au toridad es permanen te en la norma jurídica (es habitualmen te
obedecida), y efímera en la orden respaldada por amenazas.
Tipos de normas jurídicas : (crítica de Hart a Austin)
a) según su contenido:
a. sanc iona torias : hecho o acción que debe ser omitido o realizado, bajo pena de
sanción (norma coercitiva). Normas penales,ex tracontrac tuales.
b. po tes ta tivas: condicionesbajo las cuales se pueden crear o modificar derechos.
Normas con trac tuales, procesales, matrimoniales, testamen tarias. No son fragmen tos de
normas comple tas enlazadas a una regla sancionatoria*, sino que definen las condiciones
bajo las cuales los ac tos tendrán el efecto buscado. No pre tenden desalen tar conductas.
b) según su origen:
a. legis lador
b. cos tumbre: discusiones:
-no toda costumbre es derecho,sólo aquella reconocida como tal.
-significado de que la costumbre sea reconocida jurídicamen te: es así porque el soberano
lo ordena? (similar a legislación) Ob jeciones:
-en un sistema jurídico,la costumbre puede ser ley aunque no sea reconocida
jurídicamen te.
-no hay por qué asumir la idea de orden tácita, cuando el soberano no in terfiere an te una
costumbre.
c) según su ámbito de aplicac ión: a veces, se aplica al legislador su propia norma
(au to-obligación). Esto se explica bajo dos teorías:
a. D ob le person alidad del legis lador: privada y pública.
b. S imilitud con la prome sa: la persona que emite la orden (promesa) queda
vinculada por la misma (el con tenido de la promesa).
*Teorías reducc ionistas:
a) En definitiva, todas las normas jurídicas presc riben una sanc ión, o se enlazan con otra que
impone una sanc ión: esto no es así, ya que hay normas que no buscan desalen tar conductas, sino
que definen las condicionespara lograr de terminado ob je tivo.
b) Las normas potestativas como fragmentos de normas jurídicas: Con este argumen to se
pre tende unificar las normas jurídicas sosteniendo que todas se dirigen en definitiva a los
funcionariosexigiéndolesque las apliquen. Esto es falso, ya que el derecho dirige ciertas
pre tensiones generalesa una clase de individuos,y sólo si éstos fallan in tervendrá un funcionario.
(pre tensiones generalesde con trol social: es la principal función del derecho)
c ) el contrato se analiza sólo desde el punto de vista de los deberes que surgen para los
contratantes: debe ser analizado desde el ciudadano como “legislador privado” (Hart). Las
ac tividades no son guiadas por el cumplimiento de un deber sino por el propósito del con trato.
Defic ienc ias en la noc ión de hábito de obedienc ia en la explicac ión de la continuidad del poder
soberano y de la per sistencia del derecho a través de una sucesión de diferentes legisladores
soberanos (Hart):
a) Los sistemas jurídicosde ten tan normas y au toridades jurídicas que se resisten a
ser reconstruidas bajo la idea de habitualidad.
b) los individuosdesarrollan de terminadas ac titudes in ternashacia las reglas dic tadas
por el soberano, que no desarrollan hacia o tro tipo de conductas convergen teso hábitos
c) el supremo no tiene poder de decisión ilimitado (art 19 CN)
d) Tenemos reglas que prescriben conductas correctas, o tras que de terminan
procedimien tos a seguir para dic tar una norma, quién y cómo.
Modelos analizados:
a) Austin (positivismo c lásico): Existe un soberano supremo, obedecido habitualmen te, e
independien te porque no obedece órdenes de nadie más. El resultado es una teoría reduccionista,
que iden tifica el derecho con la relación de dominación carac terística de todo Estado que de ten ta
el monopolio de la fuerza coercitiva: el derecho está formado por un con jun to de órdenes
coercitivas generales dic tadas por el soberano a sus súbditos.
b) Hart: Critica la analogía en tre norma jurídica y orden coercitiva general, ya que difieren por
con tenido,ámbito de aplicación y origen. Argumen tos a favor de la carac terización de las reglas
como órdenes
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