Formas O Medios De Hacer Notificaciones
Enviado por mary_27 • 23 de Enero de 2015 • 630 Palabras (3 Páginas) • 1.421 Visitas
TEORIA GENERAL DEL PROCESO
FORMAS O MEDIOS DE HACER LAS NOTIFICACIONES
La notificación no solo se comunica de manera formal se puede explicar que el acto de notificación se debe desarrollar con las máximas garantías y con todas las formalidades previstas por la ley.
Por otra parte una notificación judicial, es un acto de comunicación de un juzgado o tribunal. Este documento debe ser entregado a la persona o ser publicado a través de un edicto para que el destinatario conozca el lugar, la fecha y la hora en que debe presentarse a prestar declaración o intervenir por una causa judicial. Las formas de notificación según el código de procedimiento civil son:
• Personal
• Por aviso
• Por estados
• Mixtas
• Por edicto
• Por audiencia o diligencia
• Por conducta concluyente
• Por radio y teevision
LA NOTIFICACION PERSONAL es aquella que consiste en entregar a la persona a quien se debe notificar, en forma personal, copia íntegra de la resolución y de la solicitud en que haya recaído cuando sea escrita.
NOTIFICACION POR AVISO cuando no se pueda hacer la notificación personal al demandado del auto admisorio de la demandado del mandamiento de pago, o de la del auto que ordena citar a un tercero, o de la de cualquiera otra providencia que se deba realizar personalmente, se ara por medio de aviso que deberá expresar su fecha y la de la providencia que se notifica.
NOTIFICACION POR ESTADO la notificación de los autos que no deba hacerse personalmente, se cumplirá por medio de anotación en estados que elabora el secretario. Es una forma de notificación en la cual la comunicación en que ella consiste se realiza únicamente por la publicación o inclusión en una lista (estado), fijada en la secretaria del tribunal, del número de resoluciones que deben ser notificadas.
NOTIFICACION MIXTA cuando una providencia haya de notificarse personalmente a una parte y por estado a otr, la notificación personal se hará en primer término, salvo la del auto admisorio de la demanda y la del mandamiento ejecutivo
NOTIFICACION POR EDICTO es aquel acto jurídico procesal que lo dispone el juez y lo ejecuta la parte interesada empleando los diarios (periódicos) de circulación oficial a nivel nacional y el de mayor circulación de la zona donde se tramita el proceso, para notificar a una determinada persona ordenada por el juez contener:
1. La palabra edicto en su parte superior.
2. La determinación del proceso de que se trata y del demandante y el demandado, la fecha de la sentencia y la firma del secretario. El edicto se fijara en lugar visible de la secretaria por tres días, y en el anotara el secretario las fechas y horas de su fijación y desfijación.
NOTIFICACION EN AUDIENCIA Y DILIGENCIA las providencias que se dicten en el curso de las audiencias y diligencias,
...