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Formato asamblea constitutiva


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2016  •  Práctica o problema  •  8.427 Palabras (34 Páginas)  •  307 Visitas

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En México, Distrito Federal, siendo las ______ horas con ____ minutos del día ______ de ____________ del año _____, se encuentran presentes y reunidos, plenamente identificados, los señores ___________, ____________ y las señoritas ____________ y ____________, con el objeto de celebrar una Asamblea General Constitutiva de Sociedad Anónima de Capital Variable ______________, obligándose recíprocamente a acudir ante el fedatario público ________ para otorgar y firmar el instrumento público con el cual se formalice la presente acta de asamblea.--------------------------------------------------Los comparecientes de forma unánime convinieron en otorgan las siguientes----------------------------------------------------------------------------- RESOLUCIONES -----------------------

1.- SUSCRIPCIÓN DEL CAPITAL.----------------------------------

Los accionistas suscriben el capital mínimo, equivalente a la cantidad de $_____(CINCUENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) en la siguiente forma:------------------------------

--- A) El SEÑOR ________________suscribe ________ ACCIONES con un valor total de $______ (___________________ PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL).--------------------------------------- B) El SEÑOR ________________suscribe ________ ACCIONES con un valor total de $______ (___________________ PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL).--------------------------------------- C) La SEÑORITA ________________suscribe ________ ACCIONES con un valor total de $______ (___________________ PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL).--------------------------------------- D) La SEÑORITA ________________suscribe ________ ACCIONES con un valor total de $______ (___________________ PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL).--------------------------------------- Los accionistas han pagado importe de las acciones suscritas con anterioridad a este acto y recibirán a más tardar en el plazo de un año contados a partir de esta fecha, los títulos que amparan sus respectivas acciones y en tanto eso sucede, se les entregarán los certificados provisionales dentro de los próximos 30 treinta días hábiles.---------------2.- PRIVILEGIOS DE LOS FUNDADORES.---------------------------Previa una profunda deliberación los presentes convienen en no reservar participación especial alguna a favor de los socios fundadores; --------------------------------------------------3.- DESIGNACIÓN DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN.---------------En los términos de la CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA de los Estatutos Sociales, la administración y representación de la sociedad estará a cargo de un ADMINISTRADOR ÚNICO, cargo que ocupará el SEÑOR _____________________ hasta en tanto la asamblea correspondiente no decida otra cosa y quien con fundamento en la CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA de los Estatutos Sociales, para el desempeño de su encargo gozará en forma amplia y sin restricciones de la firma social todas las facultades que en dicha cláusula se señalan y que a continuación se transcriben:-----------------

I.- PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS.- Poder general para pleitos y cobranzas, en la forma y términos previstos por el primer párrafo del artículo 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil Federal y su correlativo del lugar donde se ejercite, con todas las facultades generales y las especiales, aún aquéllas que de acuerdo con la Ley, esto es, con cualquier ordenamiento legal, requieran poder o cláusula especial, pues se otorga sin limitación alguna. En consecuencia, se confiere con las facultades enumeradas en los artículos 2582 dos mil quinientos ochenta y dos y 2587 dos mil quinientos ochenta y siete del ordenamiento civil citado y de sus correlativos en el lugar donde se ejercite, que se tienen aquí por íntegramente transcritas. Por lo tanto y sin que ello implique una limitación sino una enumeración: para comparecer y ejercitar el poder que se confiere ante toda clase de personas, Autoridades Judiciales y Administrativas, Civiles, Penales y del Trabajo, Federales y Locales, en juicio y fuera de él, con la mayor amplitud posible, pudiendo realizar lo siguiente: ---------------------

--- a).- Desistirse de toda clase de demandas, procedimientos, recursos y juicios, aún del juicio de amparo. ----------------

--- b).- Transigir. ------------------------------------------

--- c).- Comprometer en árbitros. ----------------------------

--- d).- Absolver y articular posiciones. --------------------

--- e).- Recusar. --------------------------------------------

--- f).- Recibir pagos. --------------------------------------

--- g).- Presentar quejas, querellas, denuncias y constituirse en tercero coadyuvante del Ministerio Público, Otorgar perdón,

--- h).- Ejercitar las acciones para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en ejecución del presente poder, a favor de la sociedad. ----------------------------------------II.- PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN.- Poder general para actos de administración en la forma y términos previstos por el 2° segundo párrafo del artículo 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil Federal, y su correlativo en el lugar donde se ejercite, por lo que se confiere para realizar todo género de actos de administración; y por lo tanto para otorgar y suscribir toda clase de convenios y contratos, actos, documentos públicos y privados, manifestaciones, renuncias, protestas, etcétera, de naturaleza civil, mercantil o cualquier otra, en especial aquéllas a las que se refiere el artículo 27 veintisiete constitucional y Leyes Reglamentarias del mismo, que sean consecuencia exclusiva de las funciones administrativas que se confieren. –El Administrador Único gozará de las facultades antes descritas, para que en nombre y representación de la Sociedad pueda tramitar y gestionar ante cualquier tipo de dependencia o entidad del Gobierno Federal o de los Estados de la República Mexicana y del Distrito Federal, especialmente ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público o cualquier autoridad hacendaría o aduanal, el cumplimiento de cualquier obligación fiscal que fijen las Leyes aplicables, por cuenta de la Sociedad, y en particular las contenidas en el Título 2° Segundo del Código Fiscal de la Federación confiriéndoseles también facultades para comparecer ante dichas dependencias o entidades, a fin de recibir y oír notificaciones, reunir y ofrecer pruebas, presentar promociones en representación de la Sociedad, recibir cualquier información o documento, formular, presentar y firmar declaraciones, atender requerimientos, solicitar constancias de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, formular todo tipo de avisos firmar solicitudes de devolución de impuestos, así como recibir cualesquiera pagos relacionados con dichas devoluciones de impuestos ante las autoridades correspondientes, realizar cualquier trámite fiscal o administrativo necesario de conformidad con las Leyes fiscales aplicables, y en general, la realización de cualquier acto tendiente a seguir por sus cauces todo tipo de procedimientos de la índole que fueren, referentes a la defensa de los intereses de la Sociedad, pudiendo desde luego firmar toda clase de documentos públicos o privados que sean necesarios. El Administrador Único nombrado podrá sustituir o delegar total o parcialmente las facultades conferidas. ---------------------------------------III.- PODER GENERAL PARA ACTOS DE DOMINIO.- Con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley en los términos del tercer párrafo del artículo 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil Federal y sus concordantes con los demás estados de la República, quedando en consecuencia autorizados para otorgar toda clase de actos de dominio tales como: comprar, vender, gravar e hipotecar en relación con los bienes muebles e inmuebles de la sociedad. ----------------------------------IV.- SUSCRIBIR, AVALAR TÍTULOS DE CRÉDITO Y CONTRATAR OBLIGACIONES A CARGO DE LA SOCIEDAD.- En los términos de los artículos 9° noveno, fracción I uno, y 85 ochenta y cinco de la Ley General del Títulos y Operaciones de Crédito, con facultades para otorgar, suscribir, emitir, endosar, aceptar y avalar toda clase de títulos de crédito, obligaciones con o sin garantía específica, así como para abrir, operar y cerrar cuentas bancarias de depósito, de inversiones o de cualquier otra naturaleza, hacer depósitos, librar cheques en contra de las mismas y designar a la persona o personas para que hagan depósitos y giren en contra de las mismas, determinando el número de firmas que se requerirán para la validez de los cheques así como revocar dichas designaciones ----------------V.- SUSTITUIR EN TODO O EN PARTE ESTE PODER Y OTORGAR PODERES GENERALES Y ESPECIALES.- Podrá sustituir en todo o en parte el poder que se le confiere, con reserva de su ejercicio, otorgar poderes generales o especiales y revocar unos y otros.-------- VI.- FACULTADES LABORALES.- Gozará de facultades laborales, para comparecer en conflictos individuales; en general para todos los asuntos obrero-patronales y para ejercitarse ante cualquiera de las autoridades del trabajo y servicios sociales a que se refiere  el artículo  quinientos veintitrés  y de los artículos del seiscientos noventa y dos al seiscientos noventa y siete de la Ley Federal del Trabajo y demás relativos y aplicables, así mismo podrá asimismo comparecer ante las juntas de Conciliación y Arbitraje ya sean locales o federales, con facultades para articular y absolver  posiciones y desahogar la prueba confesional en todas sus partes, podrá señalar domicilios convencionales para recibir notificaciones en los términos del artículo ochocientos setenta y seis, podrán  comparecer con toda la representación legal bastante y suficiente para acudir a la audiencia a que se refiere el artículo ochocientos setenta y tres fases de Conciliación de Demanda y excepciones y de Ofrecimientos y Admisión de Pruebas, en los términos del artículo  ochocientos setenta y cinco, ochocientos setenta y seis fracción primera   y cuarta, ochocientos setenta y siete, ochocientos ochenta y ocho, ochocientos setenta y ochocientos ochenta, también podrá acudir a la Audiencia de Desahogo de Pruebas en términos del artículo ochocientos setenta, y ochocientos setenta y cuatro, asimismo se confieren facultades para proponer arreglos conciliatorios, celebrar transacciones, tomar toda clase de  decisiones, negociar y suscribir convenios laborales;  facultad para toda clase de juicios o procedimientos de trabajo que se tramiten ante cualquier autoridad o autoridades de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, ya sea en jurisdicción voluntaria, contenciosa o mixta y se trate de autoridades civiles, judiciales, administrativas o bien del trabajo, sean éstas Juntas de Conciliación o Tribunales de Arbitraje, Locales o Federales; contestar demandas, oponer excepciones y reconvenciones; someterse a cualquier jurisdicción; articular y absolver posiciones; recusar magistrados, jueces, secretarios, peritos y demás personas recusables en Derecho; desistirse de lo principal, de sus incidentes, de cualquier recurso, incluyendo el de Amparo, el que podrá promover cuantas veces lo estime conveniente; rendir toda clase de pruebas; reconocer firmas y documentos, objetar éstos y redargüirlos de falsos; asistir a juntas, diligencias y almonedas; hacer posturas, pujas y mejoras y obtener para la Sociedad mandante adjudicación de toda clase de bienes y, por cualquier título, hacer cesión de derechos; formular acusaciones, denuncias y querellas; otorgar el perdón y constituirse en parte en causas criminales o coadyuvante del Ministerio Público, causas en las cuales podrá ejercitar las más amplias facultades que el caso requiera.----El Administrador Único designado en este acto, acepta su encargo y lo cauciona en términos de lo dispuesto por la CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA de los Estatutos Sociales. -----------4.- DESIGNACIÓN DE COMISARIO.---------------------------------Los accionistas designan COMISARIO a la CONTADORA PÚBLICA ________________, quien cauciona su cargo en términos de lo previsto en la CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA de los Estatutos Sociales. ----------------------------------------------------5.- EJERCICIOS SOCIALES.--------------------------------------Por una excepción, el primer Ejercicio Social, se contará de la fecha de firma de la escritura que protocolice la presente acta al 31 treinta y uno de Diciembre próximo. Los demás ejercicios sociales correrán del 1º primero de Enero al 31 treinta y uno de Diciembre de cada año. ----------------------6.- Los accionistas otorgan los siguientes: ----------------------------------------- ESTATUTOS SOCIALES -------------------

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