Fuentes Del Derecho
Enviado por zhivagosan • 20 de Octubre de 2014 • 1.089 Palabras (5 Páginas) • 147 Visitas
Fuentes del Derecho aeronáutico
Derecho Internacional
Como cualquier otra disciplina jurídica, el Derecho Aeronáutico tiene unas formas o modos de manifestarse que, según la enumeración clásica son la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina, todas ellas inspiradas en los principios generales del Derecho.
Habida cuenta de que la doctrina no es fuente directa en la creación del Derecho, nos detenemos en la exposición de las otras fuentes y muy especialmente en la ley (Tratado o Convenio) internacional, en razón a la importancia que ha tenido y sigue teniendo esta fuente para la formación del Derecho Aeronáutico. Debe advertirse, no obstante, que la aportación doctrinal ha sido extraordinaria como fuente inspiradora de este Derecho, bien por medio de monografías, o trabajos publicados en revistas o de cursos, congresos o simposios organizados por universidades o institutos especializados, en algunos casos con anticipación y en otros cooperando con el legislador a resolver las cuestiones planteadas por el hecho aviatorio.
I. La Ley o los Convenios Internacionales.
Dado que las aeronaves están llamadas a rebasar ordinariamente las fronteras, los Estados hubieron de establecer pronto acuerdos entre sí para resolver los nuevos problemas -algunos particularmente complejos- que este hecho comporta, y así, aunque se reservaron sus derechos de soberanía para legislar sobre determinadas cuestiones que se suscitan dentro de su territorio o espacio de soberanía (v. gr., las penales o de orden público) convinieron en una normativa sobre la aeronave y el tráfico aéreo lo más homogénea posible y concederse mutuamente derechos de explotación comercial, en particular en relación con el transporte regular, lo que dio lugar a Tratados o Convenios multilaterales, Acuerdos regionales o Convenios Bilaterales.
Omitimos la exposición de los Convenios Bilaterales, por tratar ordinariamente de la organización y explotación de los servicios de transporte aéreo entre los países signatarios, ya que estos convenios son lógicamente numerosísimos; no obstante, conviene hacer notar que, como norma general, responden a unos modelos o «familias» y regulan -también por lo general- la utilización entre los Estados firmantes de la tercera y cuarta libertad del aire.
En relación con los tratados multilaterales distinguimos:
1. Tratados multilaterales generales.
- El Convenio de Chicago de 7 de diciembre de 1944 que contiene dos grandes categorías de disposiciones: las reglas que dieron lugar a la O.A.C.I. (Organización de Aviación Civil Internacional) y las disposiciones dirigidas a reglamentar la navegación y ciertos aspectos del transporte aéreo.
2. Convenios multilaterales sobre determinadas materias.
- Convenio de Varsovia de 12 de octubre de 1929 para la unificación de determinadas reglas relativas al transporte aéreo internacional, modificado por los protocolos firmados en La Haya el 28 de septiembre de 1955 y en la ciudad de Guatemala el 8 de marzo 1971.
- Convenio de Roma sobre embargo preventivo de aeronaves de 29 de mayo de 1933.
- Convenio de Bruselas de 1938 sobre Asistencia y Salvamento (no tuvo vigencia).
- Convenio de Ginebra de 19 de junio de 1948 sobre reconocimiento internacional de derechos sobre aeronaves.
- Convenio de Roma de 7 de octubre de 1952 relativo a la unificación de ciertas reglas referentes a los daños causados por la aeronave a terceros en superficie.
- Convenio de Guadalajara de 18 de septiembre de 1961, para la unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional realizado por quien no sea el transportista contractual.
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