Generalidades Del Isr
Enviado por 4427331 • 25 de Abril de 2015 • 3.081 Palabras (13 Páginas) • 427 Visitas
UNIDAD 1 DISPOSICIONES GENERALES DE LA LEY DEL ISR
1.1 SUJETOS DE LOS IMPUESTOS
El primer elemento que interviene en una relación tributaria es el sujeto. El sujeto es de dos clases, un sujeto activo y uno pasivo.
Dentro de la organización del Estado Mexicano;
1. Los sujetos activos son: la Federación, las Entidades locales y los Municipios. Son sujetos activos porque tiene el derecho de exigir el pago de tributos; pero no tienen todos la misma amplitud; la Federación y las Entidades, salvo aquellas limitaciones constitucionales que analizaremos en su oportunidad, pueden establecer los impuestos que consideren necesarios para cubrir sus presupuestos; en cambio, el Municipio sólo tiene la facultad de recaudarlos.
Teniendo en cuenta la diferencia explicada podemos decir que la Federación y las Entidades locales tienen soberanía tributaria plena. Los Municipios tienen soberanía tributaria subordinada.
2. Sujeto pasivo: es la persona que legalmente tiene la obligación de pagar el impuesto
Artículo 1. Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:
I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.
II. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.
III. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.
Por su parte la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS en su artículo 31 fracción IV nos señala que:
Son obligaciones de los mexicanos: contribuir para los gastos públicos, así de la federación, como del distrito federal o del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
1.2 ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
Se considera establecimiento permanente un lugar fijo de negocio ubicado en el país, a través del cual una empresa extranjera o una empresa natural sin residencia, desarrolla toda o parte de su actividad. Este concepto comprende, las sucursales, agencias, oficinas, talleres, minas, canteras, pozos de petróleo y gas o cualquier otro lugar de extracción o explotación de recursos naturales.
También se entenderá como establecimiento permanente en el país, cuando una persona, distinta de un agente independiente, actué por cuenta de una empresa extranjera y posea o ejerza poderes que la faculten para concluir actos o contratos que sean vinculantes para la empresa.
Sin embargo, no se considerará como establecimiento permanente, las actividades desarrolladas a través de corredores de bolsa o cualquier otro tipo de agente independiente, siempre y cuando estas personas actúen dentro del giro ordinario de su actividad, y las actividades que sean auxiliares o preparatorias.
En el ámbito de la tributación de las rentas empresariales de personas jurídicas y físicas no residentes, se establece el derecho de un Estado a gravar determinadas rentas empresariales que se obtienen en ese Estado por un no residente, a través de un establecimiento permanente, entendiéndose un establecimiento permanente como aquel lugar fijo de negocios mediante el cual una empresa realiza todo o parte de su actividad.
Un establecimiento permanente se diferencia de una entidad filial de una empresa extranjera ya que carece de personalidad jurídica distinta de la propia de la matriz de la empresa que opera desde el extranjero, aunque al establecimiento se le atribuye una cierta personificación fiscal, en la medida en que recibe un tratamiento autónomo, como si fuera una empresa distinta de aquella de la que forma parte.
Los requisitos que han de darse para considerar la existencia de un establecimiento permanente son: la existencia de un «lugar de negocios», este lugar de negocios debe ser «fijo» y por último a través de este lugar de negocios deben «llevarse a cabo las actividades de la empresa». Constituyen supuestos de establecimiento permanente según el modelo de Convenio de doble imposición de la OCDE, los lugares o actividades tales como sedes de dirección, sucursales, oficinas, fábricas, talleres, minas, pozos de petróleo o gas, canteras así como las obras de construcción, instalación y montaje, si su duración es superior a 12 meses.
Una persona física o moral extranjera será obligada a pagar impuesto sobre la renta a México si mantiene un establecimiento permanente. Un establecimiento permanente le permite a México cobrar impuesto sobre la renta a personas que no son residentes, pero solamente sobre ingresos de fuente de riqueza Mexicana.
El Artículo 2° de la LISR. Para los efectos de esta Ley, se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes. Se entenderá como establecimiento permanente, entre otros, las sucursales, agencias, oficinas, fábricas, talleres, instalaciones, minas, canteras o cualquier lugar de exploración, extracción o explotación de recursos naturales.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando un residente en el extranjero actúe en el país a través de una persona física o moral, distinta de un agente independiente, se considerará que el residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, en relación con todas las actividades que dicha persona física o moral realice para el residente en el extranjero, aun cuando no tenga en territorio nacional un lugar de negocios o para la prestación de servicios, si dicha persona ejerce poderes para celebrar contratos a nombre o por cuenta del residente en el extranjero tendientes a la realización de las actividades de éste en el país, que no sean de las mencionadas en el artículo 3 de esta Ley.
En caso de que un residente en el extranjero realice actividades empresariales en el país, a través de un fideicomiso, se considerará como lugar de negocios de dicho residente, el lugar en que el fiduciario realice tales actividades y cumpla por cuenta del residente en el extranjero con las obligaciones fiscales derivadas de estas actividades.
Artículo 10. .- Se considera domicilio fiscal:
I. Tratándose de personas físicas:
1. Cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios.
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